TRIBUNALES

Club Lanzarote renunció al pleito para que se revisara la contratación del ciclo integral del agua

En el convenio entre la empresa y el Consorcio del Agua, la promotora de Montaña Roja desistió del recurso sobre el que ha dictado sentencia el TSJC

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 16/05/2018 - 09:19

La empresa Club Lanzarote, promotora de la urbanización Montaña Roja en Playa Blanca (Yaiza), acordó con el Consorcio del Agua, compuesto por el Cabildo y los ayuntamientos, desistir del pleito por la revisión de oficio de la contratación del abastecimiento, saneamiento y reutilización del agua en la Isla, que se adjudicó a Canal de Isabel II en abril de 2013.

Así se refleja en el convenio entre el Consorcio del Agua y la citada empresa, que ha sido homologado por los tribunales, y cuya finalidad principal era que ambas partes desistieran de los numerosos procedimientos judiciales interpuestos a raíz de la incautación de la planta desaladora de Montaña Roja, ejecutada en septiembre de 2014.

En el convenio se especifica que, además de renunciar a unos siete procedimientos judiciales en curso, "por su parte Club Lanzarote SA desistirá del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 26 de octubre de 2016", que es en el que se ha dictado sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en el sentido de ordenar al Consorcio a revisar de oficio el procedimiento de contratación del ciclo integral del agua.

Se da la circunstancia de que el convenio entre el Consorcio del Agua fue homologado mediante sentencia del Juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Las Palmas el 7 de noviembre del año pasado. La citada sentencia del TSJC sobre la revisión de oficio de la contratación que se llevó Canal de Isabel II se dictó el día 21 del mismo mes.

De esta manera, se abre el siguiente escenario: por un lado, Club Lanzarote acordó con el Consorcio del Agua renunciar a que se revisara el procedimiento de contratación del abastecimiento de agua en la Isla, a cambio de que se le permitiera seguir desalando agua en Montaña Roja, y por otra parte el TSJC ha dictado una sentencia en la que le da la razón a la empresa en su anterior reclamación de que se revisara el proceso que derivó en la contratación de Canal de Isabel II.

Además de renunciar a los recursos judiciales por la incautación de la planta, la autorización para desalar agua o la revisión de oficio del citado procedimiento de contratación del agua en la Isla, la empresa Club Lanzarote también desistió de pleitear por una indemnización "por los posibles daños ocasionados por la incautación" de las instalaciones hidráulicas de la urbanización Montaña Roja.

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