El banco fue condenado por “mala fe

La pesadilla del Siglo XXI: El Santander fue condenado a restituir 52 millones

Edificio Siglo XXI, en la playa del Reducto de Arrecife. Foto: De la Cruz.
Saúl García 7 COMENTARIOS 10/02/2017 - 06:44

Es el edificio de viviendas más grande del frente marítimo de Arrecife. Sufrió muchos retrasos, tuvo problemas laborales y administrativos, impagos, deudas, embargos y multitud de pleitos… En su construcción fallecieron dos trabajadores. Después de tres subastas pasó a ser propiedad del Banco Santander (que había absorbido a Banesto), que fue quien financió el crédito hipotecario a la promotora Masar Canarias. Es el edificio Siglo XXI y tiene un valor de 52,2 millones de euros.

Así lo dictaminó hace un año el Juzgado de lo mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, y esa es la cantidad que la entidad bancaria, cuya actuación fue declarada “de mala fe” por el Juzgado, ha tenido que restituir. La sentencia, dictada dentro del procedimiento concursal de la promotora, está pendiente de recurso, y si se confirma será el principio del fin de las pesadillas de varias decenas de ahorradores, inversores o compradores de las 144 casas, que adelantaron gran parte de sus ahorros y, más de diez años después, ni han recuperado el dinero ni tienen la casa. Tan sólo tienen, de momento, una deuda reconocida con una sociedad mercantil que no tiene ningún bien con el que hacer frente a sus deudas.

La historia comienza en marzo de 2003. Manuel López Sar, administrador de Masar Canarias, solicita un crédito de siete millones de euros a Banesto para comprar la finca, en la Avenida Fred Olsen, junto a las naves de Los Betancores. Para comenzar las obras, con la constructora Marlape, amplía el crédito hasta los 31 millones y empieza a comercializar las casas sobre plano en la Inmobiliaria Siglo XXI. Las obras tenían que finalizar en el primer semestre de 2006 pero la cédula de habitabilidad (de las viviendas pero no de los garajes) no se consiguió hasta el 25 de mayo de 2011, tres días después de las elecciones locales, en un periodo de interinidad del gobierno municipal.

El banco achaca el retraso a las deficiencias en el estudio geológico del terreno. Para hacer bien la cimentación se tuvo que adaptar el proyecto y se produjo un retraso de dos años.  A esto hay que sumar los problemas económicos de la constructora y como consecuencia de estos retrasos, el aumento del coste de las obras y de su financiación.

El banco y la promotora actualizaban el crédito prácticamente cada año, renovando las condiciones. Mucho antes de que las casas se terminaran, los compradores ya no las quieren: no tienen las calidades prometidas, el mercado inmobiliario se ha derrumbado en España y la  crisis ha golpeado a los ahorradores. Las viviendas ya no tienen el precio de mercado del año 2003, así que los compradores comienzan a exigir la devolución de su dinero.

El Banco Santander, que se quedó en una subasta con el Edificio Siglo XXI en El Reducto, fue condenado por “mala fe” a restituir 52 millones de euros para que los compradores de las casas puedan cobrar 

Masar no devuelve el dinero y los compradores (más de veinte en un principio) van a los tribunales, ganan y piden el embargo del edificio. Masar está en quiebra. En la carrera de acreedores quien saca mayor provecho es el banco. Lo que dice la sentencia es que la entidad bancaria actuó en connivencia con la promotora para que el principal bien (el único) de la sociedad, es decir, el edificio, no viajara con Masar al proceso concursal. Banesto, o Santander, logra adjudicarse todo el edificio, sus 144 casas, los garajes y los locales comerciales, en una subasta extrajudicial por 35,2 millones.

¿Cuáles son las consecuencias de esa subasta? Que Masar entra en concurso de acreedores sin nada que repartir entre sus acreedores, con la hipoteca zanjada en una especie de dación de pago y con la responsabilidad patrimonial de los avalistas (el administrador de Masar y su esposa) salvada. Y que el banco obtiene el edificio terminado por el precio de la deuda que le quedaba por cobrar de la promotora. Así que lo traspasa a su inmobiliaria Altamira y lo vende casa por casa. Muchas de ellas se dedican actualmente al alquiler vacacional.

El juez dice, en una sentencia de 57 páginas, que hay mala fe porque “se saldaron cuentas con tres acreedores en perjuicio del resto”. El banco es uno de estos acreedores. Los otros dos son una empresa que compró cinco apartamentos y solicitó el embargo preventivo de los bienes del promotor y una señora que solicitó el concurso de acreedores en abril de 2011, con 28 embargos ya en marcha, y después, en mayo de 2012, desiste del concurso cuando cobró lo que le debían. El resto no recibió nada.

La sentencia habla de connivencia con el banco, entre otras cosas, porque fue el banco quien le prestó el dinero a la promotora para que pagara a esos otros dos acreedores y porque el precio final por el que se quedó el edificio coincide “al céntimo” con la deuda que tenía la promotora más el coste de los pagos a los dos acreedores más el IGIC.

Las fechas también son relevantes. Masar solicita el concurso voluntario de acreedores en junio de 2012, un día antes de la adjudicación del edificio para el banco, cuando, según el juez, estaba en situación de insolvencia (tenía que haber entrado en concurso de acreedores) al menos desde marzo de 2011, y el banco debía conocer esa situación porque era su único financiador. “Ello evidencia que la deudora no estaba sino ganando tiempo para que el bien saliera de su esfera patrimonial antes de la declaración de concurso”, dice la sentencia.

Si la promotora hubiera entrado en concurso de acreedores con el edificio aún en su propiedad, lo más probable es que se hubiera vendido y repartido el beneficio entre todos los acreedores, entre los que estaría el banco, pero como uno más. Lo que hacen el banco y la promotora, según la sentencia, es anular la última novación del crédito, de octubre de 2011, que anula otra de mayo de ese año y reactiva los efectos de dos escrituras anteriores cuyo efecto inmediato era que se acortaban los plazos de exigibilidad de las condiciones del préstamo, que pasó de quedar vencido en agosto a haber vencido seis meses antes.

Es más, cuando se hace esa última renovación, el contrato ya había sido declarado vencido por Banesto cinco días antes. “El acreedor cambia con la connivencia del concursado las reglas del juego”, dice el fallo.

El banco alega un comportamiento “irreprochable”

En la sentencia se recogen los argumentos del banco, que señala que su comportamiento fue “irreprochable”. Asegura que los embargos sobre el edificio pusieron “en jaque” a la promotora e impidieron hacer la división horizontal de la finca, entregar las viviendas, vender las que quedaban y hacer frente, por tanto, al préstamo.

Según el banco, se decidió “posponer la ejecución de la hipoteca para buscar una solución que permitiera a Masar cumplir con sus obligaciones frente a los compradores”. Esa solución pasaba por llegar a un acuerdo con ellos que para levantaran los embargos “previa entrega de todo o parte de las cantidades que reclamaban”.

Lo que dice la sentencia es que la entidad bancaria actuó en connivencia con la promotora para que el principal bien (el único) de la sociedad, es decir, el edificio, no viajara con Masar al proceso concursal

El banco iba a financiar esa nueva operación de crédito, pero el acuerdo no llegó y por eso se repuso la situación a la que había en mayo de 2011. También destacan que se ofreció a los compradores la posibilidad de obtener su vivienda “por el precio convenido en su momento con Masar”, descontando las cantidades ya entregadas. Un precio que el propio banco reconoce que estaba muy por encima del precio de mercado en el año 2011, por lo que los compradores “no tenían ningún aliciente por adquirir las viviendas”.

El banco señala que si sus intenciones hubieran sido las de quedarse con la finca, podían haber declarado vencido el préstamo en mayo de 2011 y ejecutar la hipoteca. También señalan que transmitieron el edificio a su inmobiliaria (Altamira) dentro de un paquete con cientos de inmuebles en toda España, obligados por las disposiciones del Gobierno sobre los activos tóxicos.

Añaden que Altamira tuvo que hacer una serie de obras cuando se quedó con el edificio y que el precio del inmueble, en noviembre de 2013, era de sólo 26,5 millones. El Juzgado, por su parte, señala que las tasaciones presentadas no recogen ni el precio de mercado ni el valor completo. Por último, por todas estas actuaciones se sigue un procedimiento penal en un Juzgado de Arrecife.

Comentarios

Hasta que la sentencia no sea firme, todo es un engaño y dilatar las cosas
Comprar un piso en Lanzarote siempre fue estafa segura. Hasta en las viviendas más modestas hubo líos con constructoras. La calidad, por otra parte, de la construcción en Lanzarote es de las peores que he visto nunca.
Por qué no ponen el nombre del director del Banesto de la calle Real y explican su participación?
El juez no puede tener en cuenta lo esgrimido por el banco sin tener declaración directa de los afectado. Las cosas no son como dice en banco
La sentecia del supremo de diciembre de 2015 lo deja claro, los bancos que tengan conocimiento y no avalen las cantidades a cuenta de los compradores, deben responder por esas cantidades en caso de no entregar la vivienda en el tiempo convenido.
El santander es una cueva de Ladrones
La sentecia del supremo de diciembre de 2015 lo deja claro, los bancos que tengan conocimiento y no avalen las cantidades a cuenta de los compradores, deben responder por esas cantidades en caso de no entregar la vivienda en el tiempo convenido.

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