En el TSJC alegó que era un “tercero de buena fe”

La Caixa pierde un pleito para evitar que la Justicia 'anulase' 42 villas en Playa Blanca

Villas en el plan parcial Playa Blanca.
M. Riveiro 0 COMENTARIOS 30/04/2014 - 10:33

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado un recurso de La Caixa y ha confirmado la nulidad de las licencias de construcción de 42 villas en el plan parcial Playa Blanca (Yaiza).

La entidad bancaria recurrió la sentencia dictada en octubre de 2012 por el Juzgado de lo contencioso número 3 de Las Palmas, que declaró ilegal la licencia de obras otorgada en septiembre de 2005 por el entonces alcalde, José Francisco Reyes.

La licencia anulada autorizaba el proyecto básico de 42 villas unifamiliares en la parcela R-22 del plan parcial Playa Blanca. El Cabildo hizo constar en el procedimiento judicial que había efectuado un requerimiento en junio de 2006 al Ayuntamiento de Yaiza, que no atendió.

La Caixa esgrimió ante el Tribunal Superior de Justicia su “consideración como tercero de buena fe”, así como la “responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento” y, según su criterio, “la subsistencia” de las licencias concedidas “incluso” cuando se anulase el plan parcial.

La sentencia recuerda la “profusa jurisprudencia” que “ha negado que frente a las vulneraciones de la legalidad urbanística en la construcción de viviendas puedan sus adquirentes oponer su condición”.

"No podían concederse licencias urbanísticas a un plan parcial suspendido"

Además, el tribunal subraya que “se declaró la nulidad” de los estatutos y bases de actuación del plan parcial Playa Blanca, aprobados en febrero de 2002, cuando estaba en vigor desde un año antes la ley de medidas urgentes, que impedía el desarrollo de planes parciales total o parcialmente turísticos.

“Por tanto”, recalca, “no podían concederse licencias urbanísticas a un plan parcial que se encontraba suspendido”. La sentencia del tribunal, que condena a pagar las costas del procedimiento a La Caixa, recalca que el informe del secretario municipal no analizaba “la conformidad del concreto proyecto con la normativa urbanística aplicable”.

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