TRIBUNALES

El Juzgado prohíbe a San Ginés disponer de su vivienda

El expresidente del Cabildo de Lanzarote aseguró que había adquirido el inmueble que fue registrado por la UCO y que sigue registrado a nombre de la empresa de Camero

Saúl García 17 COMENTARIOS 06/04/2022 - 11:29

En la declaración de bienes y actividades de Pedro San Ginés, presentada como el resto de los consejeros del Cabildo de Lanzarote cuando tomó posesión de su cargo en junio de 2019, no aparece la vivienda donde reside y que aseguró que había comprado, tal y como manifestó en la rueda de prensa que ofreció un día después de que la Unidad Central Operativa (UCO) registrara esa misma vivienda en el marco de una operación judicial que aún permanece en secreto de sumario.

Fue el propio San Ginés el que reveló que la UCO le investiga por el alquiler o la adquisición de esa vivienda, en una urbanización frente al Castillo de San José, que figura como propiedad de la sociedad Adelfas 24, vinculada a la familia del exsecretario de Arrecife y abogado, Felipe Fernández Camero, que a su vez es el suegro del abogado Ignacio Calatayud, amigo personal de San Ginés y por cuya contratación en el proceso concursal de la empresa pública Inalsa se inició esta investigación judicial.

San Ginés aseguró que el “escaso patrimonio” que tiene es “legítimo” y de “procedencia legal”, incluida esa vivienda, y que está absolutamente tranquilo ante esta investigación. En esa rueda de prensa, San Ginés no quiso contestar en qué año la adquirió, pero sí aseguró que comenzó a vivir en ella en 2007 en régimen de alquiler con opción a compra, primero a nombre de la que era su pareja y después a su nombre desde 2011.

En el Registro de la Propiedad de Arrecife, el titular de la vivienda sigue siendo la mercantil Adelfas 24, la sociedad relacionada con Fernández Camero, que es titular de ese inmueble desde octubre de 2002 y que tiene como carga una hipoteca del Banco Santander que venció en septiembre de 2018 por una cantidad principal de 164.000 euros.

El Juzgado de Instrucción número dos de Arrecife ordenó el pasado 28 de marzo al Registro de la Propiedad, en el marco de la investigación a San Ginés (las diligencias previas 1944/2021), que llevara a cabo una anotación sobre esa finca.

El mandamiento del Juzgado, del que es titular el magistrado Jerónimo Alonso, dispone la prohibición de disponer de la vivienda, es decir, de su compraventa y de posibles anotaciones registrales a partir de ahora.

En su declaración de bienes, el expresidente del Cabildo solo aparece como propietario al cien por cien de un bien inmueble, de naturaleza rústica, ubicado en el municipio de San Bartolomé y adquirido en 1997. Además de varios vehículos y dinero en dos cuentas corrientes, San Ginés declara que es titular de un crédito hipotecario también del Banco Santander por importe de 273.000 euros, del que cuando presentó la citada relación de bienes le quedaban pendientes de abonar algo más de 200.000.

El juez bloqueó la libre disposición de la casa desde que se conoció la investigación

Diario de Lanzarote se ha puesto en contacto con Pedro San Ginés para que aclare algunas de estas cuestiones, como el motivo por el que no declaró esa vivienda o por qué no aparece él como titular, así como cuándo compró la casa y formalizó la hipoteca y si la hipoteca que aparece en su declaración, del Banco Santander por 270.000 euros, corresponde a esta vivienda o a otro inmueble. El actual consejero de CC en la oposición alegó que tenía que consultarlo con su abogado y, al cierre de esta edición, no había contestado.

El alquiler con opción a compra está conformado por dos clases de contratos: el de arrendamiento y el de la opción de compra. En el momento de la firma hay que fijar el precio de compraventa, mientras que el plazo para adquirir la vivienda no puede ser superior al plazo de vigencia del contrato de alquiler que fija la Ley de Arrendamientos Urbanos, que actualmente es de cinco años. En este caso, de no haberse materializado la compra y, siguiendo la cronología expuesta por el propio San Ginés, se habría rebasado ese plazo legal sin hacer efectiva la compra.

Investigación

El Juzgado investiga a San Ginés en el marco de una operación que se inició tras una denuncia en Fiscalía de Podemos en junio de 2021, que derivó en una causa por presuntas irregularidades en el cobro de alrededor de un millón de euros por parte del abogado Ignacio Calatayud, del Consorcio del Agua y de su empresa pública Inalsa.

Este abogado habría percibido de forma directa las costas de procedimientos judiciales relacionados con el concurso de acreedores de Inalsa, que depende del Consorcio. En el informe encargado por el Consorcio, que fue entregado por Podemos en la Fiscalía, se hacía hincapié en que Calatayud, bajo la presidencia de San Ginés, supuestamente cobró estas costas sin que constara “autorización expresa”, cuando le correspondía haberlo hecho a Inalsa o al Consorcio.

La denuncia reflejaba que Calatayud y el procurador contratado “suscribieron y presentaron” ante el Juzgado “en nombre y representación” de las entidades públicas “acuerdos transaccionales” para “el cobro directo de dichas cantidades”.

Unos acuerdos, añade el informe, que fueron presuntamente ocultados. Se apuntaba a la presunta comisión de “apropiación indebida y deslealtad profesional” en el caso del asesor jurídico y también que pudo cometerse “prevaricación administrativa y tráfico de influencias” si los hechos “fueron consentidos” por los responsables del Consorcio del Agua y de su empresa pública.

Comentarios

AYYYY madreeee, que al final este va presooo. Y yo pensando que todo era un circo político.
UYY uy vaya pelotazooo descarado pego el Calatayud este... Vaya pájaro para gastárselo en Marisco y Caviar... Vaya malandrines estos de poca monta... Juzgados deberían estar... estos cara duras.. encima con dinero publico...
Si no enseña la escritura del chalé de Camero en el que vive es porque algo tiene que ocultar!!! Nunca se había visto tanto misterio en la compra de una casa
cALIENTE caliente sR juez jerónimo LE FELICITO
Vaya vaya vaya tela marinera
Vaya vaya vaya tela marinera
Y la casa que le compró a la novia en calle fajardo? Miren en el registro por dios!! jijiji
Apuesto una mariscada de que esto acaba archivado.
En el momento de la firma hay que fijar el precio de compraventa, mientras que el plazo para adquirir la vivienda no puede ser superior al plazo de vigencia del contrato de alquiler que fija la Ley de Arrendamientos Urbanos, que actualmente es de cinco años. ¿en que ley está establecido que esto es así? porque ni el código civil ni la LAU dicen nada al respecto de ningún plazo máximo para un arrendamiento de opción de compra, lo que dice es lo contrario plazo mínimo de duración de los contratos pero máximo , no siempre que no sea indefinido.
De donde salió el dinero que cobró calatajud?.Del cabildo?.Cuanto dinero hemos pagado en abogados contra hoteles en playa blanca que siguen ahí y seguiran?
Si tanto presume de inocente y después no es capaz de presentar un papel que demuestre como la compro y como se pago,apesta mucho todo
está claro que a San Ginés lo han pillado … si no, habría entregado copia de la escritura del chalé en el que vive a todo el mundo!!! Huele muy mal.
Venga Alejandro. Aceptó la apuesta. Si queda en nada te pago la mariscada. Ahora ya te digo… vete preparando la cartera… que aquí hay mojo con morenas
La prohibición de disponer es una anotación que él Juzgado ordena al Registro de la Propiedad en estos procedimientos para que la vivienda no se pueda transmitir, donar, hipotecar…Eso no quiere decir que no pueda hacer uso de ella y residir en la misma. El titular da lugar a confusión. Por otra parte, el que una propiedad no esté inscrita a nombre de ese propietario no quiere decir que no sea suya. Inscribir una propiedad en el Registro es muy aconsejable, pero es un acto absolutamente voluntario.
"En la declaración de bienes y actividades de Pedro San Ginés, presentada como el resto de los consejeros del Cabildo de Lanzarote cuando tomó posesión de su cargo en junio de 2019, no aparece la vivienda donde reside..." Muy bien, pero ¿vamos a olvidar a todos los demás? El 'portal de trasparencia' del Cabildo es una farsa. Cada declaración aparece tres veces pero tendrán que descargarla tres veces para descubrir que todas son iguales. Dolores Corrujo no tiene casa, objetos de valor, ni siquiera tiene coche: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/?x=oup9J6ecZisp2ANltuBMTtglgBrBHijIwRIoSbHCE7RGkqRxumHn578QgEQfaxBlnk9Gq-vbnzzO01hCxg0mRw-vdyRm1tjawDeMSxI7sNK8YlC0REcTbg Migdalia Machín no tiene casa y ni siquiera tiene un céntimo en una cuenta bancaria pero por lo menos tiene coche. Quizá vive dentro: https://cabildodelanzarote.sedelectronica.es/?x=XpIk8xQurPCqR7ticq13yDkJRxrdb7phdiLLieW0crguC7TUn5NzcTpYH4hdUlq4lIbPwuIJSXyZbzaDdU*pwDJQxROn1e5aNE7YxAcLw7Ps*25AQ8RmCg Etcétera. La palabra 'transparencia' es sinónima de 'invisibilidad' aquí: "Esta sección carece de datos."
Que mala baba tiene el titular y cuanto escocido!!!!
Jajajajaja!

Añadir nuevo comentario