El contrato que les beneficia no es “cosa juzgada”

El juez rechaza dar carpetazo al pleito de los ancianos de Argana para no ser desahuciados

M.R. 3 COMENTARIOS 28/05/2015 - 06:28

El Juzgado de primera instancia número 3 de Arrecife ha rechazado que sea “cosa juzgada” el contrato entre Antonio Rivera SL y la Diócesis de Canarias en la que se estipulaba que los ancianos Sinforiano Lemes y Pilar Callero podían permanecer en una de las viviendas de Argana que la parroquia vendió a la empresa.

El procedimiento judicial se ha abierto por la demanda interpuesta por el matrimonio, que quiere hacer valer las cláusulas del contrato entre la empresa y la Diócesis, que habían permanecido ocultas hasta poco antes de la fecha en que los ancianos iban a ser desahuciados.

El contrato salió a la luz cuando ya el matrimonio había perdido el pleito en la Audiencia Provincial, una instancia en que fuentes próximas a los ancianos sostienen que no fueron defendidos adecuadamente. Prácticamente a última hora, el Juzgado paralizó el desahucio, que estaba previsto para julio del año pasado.

En el contrato se dejaba claro que los ancianos podían “seguir usando las viviendas hasta su fallecimiento” y que, en todo caso, se les podría realojar en otra vivienda de igual calidad y superficie pero igualmente hasta su fallecimiento.

En el nuevo procedimiento judicial, iniciado por Sinforiano Lemes y su esposa, la empresa argumentó que se estaba ante una “excepción procesal”, en el sentido de que las condiciones del contrato de compraventa se tendrían que haber alegado en el caso del desahucio y que se estaba ante una “cosa juzgada”.

El juez niega que el contrato en el que se les permite quedarse en la casa mientras vivan sea “cosa juzgada”

En cambio, el titular del Juzgado número 3 de Arrecife ha acordado “no haber lugar a la apreciación de cosa juzgada en el presente procedimiento respecto del juicio por desahucio por precario” que se inició en 2011 en el Juzgado número 4.

De este modo, fuentes del entorno del matrimonio destacan que el procedimiento judicial para hacer prevalecer las cláusulas del contrato sigue adelante evitando el desalojo de los ancianos de la que ha sido su vivienda desde los años cincuenta del pasado siglo.

Las viviendas que fueron vendidas por la Diócesis de Canarias a la citada empresa en 2006 fueron construidas por una asociación religiosa, los Cursillistas de la Cristiandad, sobre un solar cedido por un particular, Leopoldo Díaz, y destinadas a familias con escasos recursos. A la parroquia de San Ginés se le encomendó que decidiera sobre las familias que debían ocuparlas en base a su situación económica.

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