La Cotmac exige aclarar posibles indemnizaciones

Batería de correcciones para el PGOU: desde integrar las salinas a corredores para el jable

M.R. 0 COMENTARIOS 14/03/2014 - 09:16

La aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Arrecife lleva meses de retraso. El último anuncio del concejal de Urbanismo, José Montelongo, apunta a “finales de abril”. Para aquel entonces, el equipo redactor tendrá que haber introducido una batería de correcciones que le ha exigido la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac).

El listado es amplio e incluye desde cuestiones de fondo relacionadas con la ordenación de la capital de la Isla a aspectos en teoría básicos en la tramitación de cualquier expediente: ni siquiera las sugerencias presentadas en la fase de avance del Plan General por ciudadanos, colectivos, partidos políticos o empresas se había incorporado a la documentación.

Entre los puntos relevantes que deben estar claros antes de la aprobación inicial del Plan General se encuentra la justificación de “la ausencia de valores” en determinadas bolsas de suelo rústico, cuya protección se pretende rebajar en el nuevo planeamiento municipal, “especialmente los situados en los extremos oriental y occidental” de Arrecife.

Con respecto al suelo rústico se produjo una discusión en el seno de la Cotmac por cuanto había técnicos que defendían que el Plan General de Arrecife no podía introducir cambios sobre este tipo de terrenos sin que antes se aprobara el Plan Insular del Cabildo.

Al final, prosperó la tesis de utilizar los criterios del nuevo planeamiento insular, aunque no esté en vigor. Esto afectará previsiblemente a ciertas bolsas de suelo en las afueras de la capital, que tenían la consideración de suelo rústico protegido por paso de jable cuyo nivel de protección se degradará.

En otras zonas, no obstante, se mantendrán “corredores” de “espacios libres” para “el tránsito de las arenas” por suelos urbanizables como el de la Playa del Cable y La Bufona. Para establecer estos corredores, la Cotmac tomará como base una tesis doctoral de la Universidad de Las Palmas de hace cuatro años.

Además, entre la batería de cuestiones a corregir en el nuevo Plan General de Arrecife se encuentra la situación de la escombrera y sus alrededores. “Si se pretende mantener el uso extractivo en torno del vertedero de la Vega del Yágamo se debería replantear la categorización de suelo”, señala el acuerdo de la Cotmac, que se ha dado a conocer en detalle este viernes.

Salinas en Mármoles, Naos y Bufona

Entre las exigencias para el Plan General se encuentra “la valoración precisa de los efectos, que realice la evaluación ambiental en la siguiente fase de tramitación” sobre “la presencia de un área de interés faunístico” en el suelo industrial de Los Mármoles, “así como la presencia de las salinas de Punta Chica”.

La conservación de las salinas es otro de los aspectos que reclama precisar la Cotmac. Así, la ordenación pormenorizada del suelo urbanizable en Puerto Naos “deberá integrar los valores etnográficos presentes”, en relación a las “salinas de Naos”. “Además se deberán dar criterios en el mismo sentido para la ordenación” del suelo urbanizble de La Bufona “y las salinas homónimas”.

Efectos de las sentencias judiciales

Antes de la aprobación inicial del Plan General “se debe incorporar” un apartado “que analice las sentencias recaídas” en los recursos judiciales de propietarios de suelo interpuestos contra el Ayuntamiento de Arrecife. La Cotmac exige que “se sitúen en un plano las parcelas afectadas, y se justifique cómo se da cumplimiento” a las resoluciones judiciales.

“En este sentido, se advierte que si por sentencia judicial se ha determinado el derecho de los propietarios del suelo de sistemas generales a ser expropiados, por ser el suelo urbano, este debe calificarse como consolidado”, recalca la Cotmac.

Derechos e indemnizaciones

El documento de planeamiento que se someta a aprobación inicial “debe contener un análisis completo sobre todas las determinaciones vigentes, o sobre la imposición de nuevas limitaciones singulares, que impidan o limiten posibles derechos adquiridos a urbanizar o edificar”.

“En uno u otro caso, se incorporará el reconocimiento de la expresa asunción de responsabilidad de la Administración que formula el Plan en orden a la atribución del pago de posibles indemnizaciones derivadas de las determinaciones urbanísticas propuestas”, añade la Cotmac.

“Salvo que la Administración que formula” el planeamiento, advierte la Cotmac, “detecte que una determinación susceptible de generar indemnizaciones resulte impuesta por el carácter vinculante y prevalente de una determinación legal o de planeamiento de rango superior, en cuyo caso se hará constar expresamente a qué Administración corresponde la posible responsabilidad patrimonial”.

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