Tribunales

Juicio contra un hombre por el envío de ropa impregnada en medio kilo de cocaína

La Fiscalía solicita una pena de cuatro años y seis meses de prisión para el acusado que se encontraba en busca y captura

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 17/05/2019 - 09:32

La Audiencia Provincial de Las Palmas juzga a R.I.H.J. por un delito de tráfico de drogas. La Fiscalía solicita una pena de cuatro años y seis meses de prisión y una multa de 75.000 euros por su implicación en el envío de un paquete a Arrecife que contenía casi un kilo y medio de ropa impregnada en 491 gramos de cocaína destinados a la venta, sustancias que poseían tanto el acusado como otros dos individuos, J.S.F. y M.J.N.R, encargados de recoger el envío a la oficina de Correos de la capital lanzaroteña y que ya han sido enjuiciados y condenados por este mismo caso.

El escrito de Fiscalía señala que, el 23 de enero de 2010, J.S.F. y M.J.N.R. recogieron un paquete con un peso de 1.445 gramos en la oficina de Correos de la calle Marina en Arrecife dirigido a T.R., en paradero desconocido, y al domicilio de J.S.F. “con conocimiento de que las ropas que contenían llevaban impregnadas 491 gramos de cocaína” con un valor en venta cercano a los 37.000 euros, sustancias que poseían JS.F., M.J.N.R. y el acusado R.I.H.J. “para destinar a la venta entre terceras personas y actuando movidos por ánimo de dañar la salud del resto de los ciudadanos”.

Después de la apertura judicial de dicho paquete postal se registró el domicilio de J.S.F. en Arrecife donde se encontraron dos trozos de hachís con 3,27 gramos y 29,74 gramos en el respectivamente, con un valor total en torno a los 140 euros. Mientras que en el domicilio de M.J.N.R. se encontró una pieza de 38,10 gramos de hachís que tendría un precio en el mercado ilícito de 178 euros.

El juicio se celebra en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial el próximo 23 de mayo donde se juzga únicamente a R.I.H.J., que se encontraba en busca y captura. Los otros dos implicados fueron enjuiciados y condenados en virtud de la sentencia de 29 de noviembre de 2013.

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