TRIBUNALES

El TSJC da la razón a Yaiza y rebaja la cantidad que deberá devolver a Lleó por la licencia ilegal de Costa Roja

Pretendía construir más de mil viviendas en una parcela a la entrada de Playa Blanca, pero el permiso fue anulado

Saúl García 1 COMENTARIOS 08/11/2019 - 06:46

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón de forma parcial al Ayuntamiento de Yaiza respecto a la reclamación por parte de una sociedad de Luis Lleó, Hoya de la Yegua, por la devolución del dinero que pagó en concepto de licencia urbanística y de tasa por la urbanización Costa Roja.

El Juzgado dio la razón en primera instancia a Lleó, obligando a Yaiza a devolver el dinero que ingresó el empresario por la licencia, que ascendía a más de dos millones de euros, y a pagar, además, los intereses devengados desde que se concedió dicha licencia en el año 2006.

Las licencias relacionadas con ese proyecto, con el que se pretendía construir mil viviendas en Playa Blanca, fueron anuladas por los tribunales ya que no había informes jurídicos ni técnicos para poder conseguir esa licencia. Lleó recurrió pero después renunció a los recursos cuando firmó un convenio para el desarrollo de esta parcela, dentro del Plan General de Yaiza de 2014.

El Ayuntamiento alegaba que no devolvía el dinero por las irregularidades en la concesión de esa licencia. El proyecto nunca se ejecutó, y precisamente las irregularidades son los argumentos de peso para devolver el dinero a Lleó, ya que el Juzgado consideró que se debe devolver el dinero porque el Ayuntamiento cobró por unos informes que no se hicieron, es decir, por unos servicios que no se prestaron, y no estima si la licencia fue irregular o fue objeto de intento de soborno por parte de Lleó, para desbloquear esta situación, como así ocurrió y fue el origen del caso Unión.

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El TSJC confirma que Yaiza debe devolver el dinero de la licencia pero no los intereses, que se habían calculado en más de 750.000 euros, ya que se contabilizaba desde la concesión de la licencia en 2006. El TSJC señala que se deben calcular de nuevo los intereses porque la licencia no fue siempre un ingreso indebido por parte del Ayuntamiento sino que fue un ingreso debido mientras se mantuvo la validez de la licencia  y hasta que dejó de ser válida cuando se firmó el convenio y el empresario renunció a los recursos en los tribunales.

Comentarios

O sea que le tiene que devolver 2 millones de euros y los intereses recalculados pero que tiene que abonar si o si. Vaya manera de titular una noticia para que parezca lo contrario.

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