Critica las trabas del Ayuntamiento

El TSJC anula la decisión de Tías de rechazar una estación de telefonía en Puerto del Carmen

Avenida de Puerto del Carmen.
M.R. 0 COMENTARIOS 10/01/2014 - 06:02

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia en la que admite el recurso contencioso administrativo interpuesto por la compañía Vodafone contra la decisión del Ayuntamiento de Tías de negarle la instalación de una antena de telefonía móvil en la avenida de las Playas de Puerto del Carmen.

La decisión municipal la adoptó el anterior alcalde, José Juan Cruz (PSOE), en febrero de 2009, al rechazar la instalación de una estación base de telefonía móvil en los apartamentos Los Cocoteros.

El Juzgado de lo contencioso número 6 de Las Palmas avaló el decreto del Ayuntamiento en abril de 2012, pero ahora el Tribunal Superior de Justicia ha dado la razón a Vodafone y ha criticado con dureza la forma de proceder del Consistorio.

En la sentencia, el TSJC relata el largo recorrido administrativo que tuvo la solicitud para instalar la estación de telefonía, que se presentó en octubre de 2006.

La junta de gobierno local, en octubre de 2007, denegó la licencia de obras argumentando que supera “la altura máxima permitida” sobre el techo, que era de más de tres metros y que precisaba de la autorización de la comunidad de propietarios.

En mayo de 2008, Vodafone pretende “la subsanación de los errores” y presenta un proyecto técnico y contrato con la propiedad, entre otra documentación.

El Ayuntamiento le volvió a requerir más documentación, como un “programa de implantación” o un “estudio del uso compartido” de la estación “con otros operadores, además de licencia de apertura. Vodafone presentó nuevos documentos, pero tampoco consiguió el permiso.

El TSJC critica que “los distintos trámites” exigidos por el Ayuntamiento “son lo más contrario a la necesaria coherencia y congruencia exigible a las administraciones públicas”, llegando al extremo de “terminar denegando la licencia solicitada […] porque carece de la licencia que solicita”.

En la sentencia también se recuerda, por el tribunal, que parte de la ordenanza municipal de telefonía fue anulada por extralimitarse “en las competencias municipales”.

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