SENTENCIA

El TSJC anula el decreto que echó a Lifeblood de la hemodiálisis en Lanzarote

El Supremo anuló el octubre del año pasado el fallo que validaba la postura del Gobierno de Canarias y ordenó dictar un nuevo fallo, el que ahora avala a la empresa

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 10/04/2018 - 12:07

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la orden de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias que el 9 de marzo de 2011 declaró la renuncia de la empresa Lifeblood a la hemodiálisis en Lanzarote.

En concreto, el procedimiento estaba relacionado con la contratación del procedimiento de adjudicación y celebración de contrato de gestión del servicio público en la modalidad de concesión para la prestación de los servicios de hemodiálisis en el Hospital Universitario de Gran Canaria Doctor Negrín y en el Hospital Doctor José Molina Orosa de Lanzarote.

El TSJC ha dictado ahora sentencia, de sentido contrario a otro anterior emitido el 12 de enero de 2015, por orden del Tribunal Supremo, que en el pasado octubre estimó un recurso de Lifeblood, anuló la resolución del Tribunal Superior de Justicia que le daba razón a la Consejería de Sanidad y ordenó a la Sala canaria dictar un nuevo fallo, el que ahora se conoce.

La orden de la Consejería de Sanidad que apartó a Lifeblood del concurso para la prestación de los servicios de hemodiálisis supuso de facto que la anterior adjudicataria del servicio, Baxter, se mantuvo provisionalmente en prorroga de adjudicación suministrando éste en los dos hospitales, hasta que en el concurso de 2015 el Gobierno adjudicó el servicio a una tercera empresa, Avericum.

Con la actual sentencia en la mano, contra la que cabe recurso, el Gobierno de Canarias tiene que anular la orden que apartó a Lifeblood del procedimiento y, o bien volver a convocar el procedimiento de contratación y resolverlo “en los términos que procedan con arreglo a derecho”, o bien declarar que la sentencia es de imposible cumplimiento y optar por la vía de la indemnización para restablecer a Lifeblood en sus derechos.

La cuantía del proceso está fijada en 31,4 millones de euros, aunque eso no significa que sea ésta la cifra que podría alcanzar la indemnización, aclararon fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. La sentencia es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.

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