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Carlos Espino declarará como testigo de la acusación y Ástrid Pérez de la defensa en el juicio contra Pedro San Ginés en el Supremo

La actual presidenta del Parlamento de Canarias acordó en los Centros Turísticos cuando era consejera presentar una querella contra su antecesor y varios empresarios

Carlos Espino y Ástrid Pérez.
Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 04/02/2026 - 09:12

El Tribunal Supremo ha admitido la práctica de todas las pruebas propuestas por las partes en el juicio contra el senador autonómico y expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés (Coalición Canaria), que será juzgado el próximo 12 de marzo un presunto delito de falso testimonio o denuncia falsa, en relación con la empresa Climafrical.

Entre los testigos que deberán comparecer ante la Sala de lo Penal, bajo la obligación legal de decir verdad, figuran Carlos Espino, que fue consejero de los Centros de Arte, Cultura y Turismo, a petición de la acusación particular, y Ástrid Pérez, actual presidenta del Parlamento de Canarias y presidenta insular del PP, que como consejera delegada de los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT), presentó en 2010 una querella contra Espino, su antecesor en el cargo, y varios empresarios. La defensa de San Ginés solicitó su declaración, que ha sido aceptada por el tribunal.

La acusación particular está ejercida por Alexandra González Viera, hija del fallecido Antonio González, dueño de la empresa Climafrical, quien reclama tres años de prisión para San Ginés, además de una multa de 5.400 euros, al considerar que concurre la agravante de prevalerse del ejercicio de un cargo público. Por su parte, el Ministerio Fiscal solicita una condena de un año y medio de prisión, multa de 4.050 euros y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

En el auto dictado por la Sala el pasado 29 de enero, el tribunal acuerda la práctica de todas las pruebas solicitadas tanto por la Fiscalía como por la acusación particular y la defensa. Entre ellas figura la declaración del propio acusado, así como la lectura en juicio de un amplio número de documentos, entre ellos la denuncia inicial presentada en comisaría en noviembre de 2009, la querella interpuesta en mayo de 2010 por los CACT, varios autos judiciales, informes del Cabildo de Lanzarote sobre los cargos desempeñados por San Ginés y certificados relacionados con la empresa Climafrical.

Además, la acusación particular aporta como prueba adicional un informe del administrador concursal de Climafrical, notas simples registrales sobre propiedades vinculadas a avalistas de créditos y una demanda de ejecución sobre dichos bienes.

En cuanto a los testigos, además de Carlos Espino y Ástrid Pérez, también han sido admitidas las declaraciones de Salvador Fernández Cabrera, Alfredo Villalba Barreto, Roberto González Viera, funcionarios de la Guardia Civil y el exgerente de los CACT, José Juan Lorenzo Rodríguez.

La causa tiene su origen en una declaración prestada por San Ginés en 2009 ante la Guardia Civil, poco después de acceder a la presidencia del Cabildo, por presuntas irregularidades en la contratación de servicios en el seno del CACT.

En 2010, con Ástrid Pérez al frente de los Centros Turísticos, el ente público interpuso una querella, que se tramitó en el Juzgado de Instrucción número tres de Arrecife hasta que el magistrado José Luis Ruiz acordó el archivo en el año 2019.

Con anterioridad, el juez Rafael Lis había apuntado a “poderosos elementos indiciarios” de presuntos delitos de prevaricación, falsedad o malversación de fondos públicos y llegó a exigir una fianza de 1,5 millones de euros a Espino.

Sin embargo, el último instructor de la causa no apreció indicio alguno de delito y criticó abiertamente el procedimiento de investigación en el auto de archivo de la causa, llegando a referirse a una especie de “inquisición general” basada en afirmaciones “peregrinas”.

La acusación particular solicita tres años de prisión para San Ginés, frente al año y medio que reclama la Fiscalía

Tras el archivo de la causa, la familia del citado empresario emprendió acciones contra San Ginés. Cuando el juicio iba a celebrarse en Arrecife, fue elevado al Tribunal Supremo tras adquirir San Ginés la condición de aforado al ser designado senador autonómico por el Parlamento de Canarias en 2023.

Una vez en el Supremo, en abril de 2024, el instructor Vicente Magro decidió archivarlo, pero un año después la Sala de lo Penal anuló esta decisión al estimar los recursos de la Fiscalía y la acusación, y un mes después el magistrado ordenó su procesamiento.

El pasado septiembre, San Ginés dijo que encarará el juicio con "total tranquilidad" porque cree que quedará de manifiesto que el origen del caso es un "error" de la Fiscalía.

San Ginés, en el Senado.

“Las mismas verdades”

En un comunicado del año pasado, el senador insistió en que no fue él “quien presentó la denuncia”, sino Ástrid Pérez “ejecutando un acuerdo colegiado del Consejo de Administración de los CACT”.

San Ginés aseguró el año pasado que reiterará lo que “le dijeron y certificaron” desde el ente público sobre las contrataciones con Climafrical

Ya el año pasado advirtió que repetirá en la vista oral “las mismas verdades” que declaró “como testigo”, primero ante la UCO cuando estaba investigando la Operación Unión y luego en el procedimiento por la querella de los CACT.

San Ginés insistió en que trasladó lo que “le dijeron y certificaron” desde el ente público: “Que de las tres empresas del padre de la denunciante -que facturaron entre 2007 y 2009 más de un millón de euros a los CACT- dos facturaron más de 300.000 euros sin ningún tipo de contrato (más de 150.000 euros cada una) y que la única que tenía un contrato de 224.000 euros facturó con cargo al mismo más de 733.000 euros, saltándose la Ley de Contratos y las instrucciones de contratación de la empresa”.

Además, “que el sobreprecio que facturaron las tres empresas, y que se pudo comprobar, fue de al menos 176.000 euros sobre el precio de mercado, según un peritaje judicial encargado por uno de los jueces instructores que tuvo el caso”.

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