El TSJC falla a favor del Ayuntamiento

Arrecife se libra de pagar 120.000 euros por no cerrar el vertedero de Argana

Escombrera de Argana / Foto: Felipe de la Cruz.
Saúl García 0 COMENTARIOS 07/03/2016 - 06:52

El Ayuntamiento de Arrecife no tendrá que hacer frente a una sanción de 120.000 euros por el funcionamiento del vertedero de Vega Yágabo en Argana. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha fallado a su favor y reduce la sanción a 6.000 euros, la mínima que se puede aplicar.

Arrecife había perdido el pleito en primera instancia, en el Juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Las Palmas. La sanción es del mes de abril de 2011, pero las denuncias sobre el descontrol en el vertedero comenzaron ya en el año 2006, así como las quejas de los vecinos.

La Agencia de protección del medio urbano y natural (Apmun) impuso esa sanción por dos motivos porque el Ayuntamiento no estaba autorizado a ejercer como gestor para la eliminación de residuos y porque el vertedero estaba considerado como ilegal.

El Jefe del Servicio de Residuos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial había realizado un informe en el que señalaba que “el vertedero de Vega Yábago no es una instalación autorizada ni cuenta con autorización administrativa o título habilitante”. Además figuraba en el inventario de vertederos ilegales que se había enviado al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

La sentencia concluía que “debe considerarse cometida la infracción que se imputa a la recurrente no encontrándose la actividad por ella desarrollada amparada por los necesarios títulos habilitantes”.

El Ayuntamiento recurrió ante el TSJC, aunque en lugar de solicitar que se anulase la sanción, pidió que se rebajase a 6.000 euros. La defensa legal del ayuntamiento logra, no obstante, desmontar los dos argumentos para que se aplicara la sanción. Por una parte, apunta que la Ley de residuos de Canarias reconoce que los ayuntamientos no requieren de autorización.

“Toda actividad de gestión de residuos queda sometida a previa autorización de la comunidad autónoma de Canarias a través de la Consejería competente en materia de medio ambiente. A estos efectos, no se considera gestión la recogida y tratamiento de los residuos urbanos realizados por las entidades locales, que se adaptará a la planificación autonómica e insular”, señala la Ley.

El otro argumento para la sanción de la Apmun fue que el propio vertedero no estaba legalizado, pero en este sentido, el TSJC destaca que si bien desde julio de 2009, los vertederos que no cumplieran con los requisitos legales no podían continuar operando, como era el caso del vertedero de Argana, la competencia en materia de medio ambiente es de la consejería correspondiente del Gobierno de Canarias.

El Tribunal Superior de Justicia señala que la competencia para clausurar el vertedero era del Gobierno de Canarias

“Es forzoso, con lo hasta aquí expuesto que la sanción de que se trata esta defectuosamente tipificada – señala el Tribunal en su sentencia. Por un lado por cuanto el Ayuntamiento de Arrecife no precisa de autorización para la gestión de residuos. Por otro por cuanto la responsabilidad de que el vertedero señalado no haya sido clausurado, corresponde a la propia Administración autonómica”.

En febrero de 2010, el Ayuntamiento de Arrecife decretó el cierre del vertedero e inició los trámites para rescindir el contrato adjudicado en el año 2003 a la empresa Transportes y Excavaciones Nazaret para que gestionara este lugar de depósito de residuos sólidos inertes.

El entonces alcalde, Cándido Reguera, llegó a reconocer, en declaraciones a La Voz de Lanzarote, que “hasta ahora en este vertedero no existía ningún tipo de control, se desconocía quién vertía escombros, el tipo de material que se depositaba, su peso y si eran o no altamente contaminantes. En definitiva, una actividad absolutamente incontrolada y perjudicial para la población”.

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