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Un limbo legal eterno para el derribo del Hotel Papagayo Arena

Han pasado ya 10 años desde que el Ayuntamiento de Yaiza calificara el hotel como ilegalizable, pero se sigue sin tomar una decisión para ejecutar la sentencia que anula las licencias

Saúl García 0 COMENTARIOS 14/09/2026 - 06:53

Hay hasta 13 hoteles en Playa Blanca que, dos décadas después de ver cómo los tribunales les anulaban la licencia de construcción, no han conseguido regularizarse. Todos están en la misma situación, pero no todos tienen los mismos problemas. El caso del Hotel Papagayo Arena, o Sandos Papagayo, es paradigmático. No es una, sino que son dos las sentencias anuladas: una del año 2007 que anuló el proyecto básico y el de construcción, del año 1998, más la licencia de construcción del año 2000, y otra del año 2011 que anula la agrupación de dos parcelas, la 1 y 2 del Plan Parcial Las Coloradas, además del proyecto modificado del hotel y el proyecto sobre el estado final de las obras.

También hay, al menos, dos incidentes de ejecución de las sentencias aún abiertos para determinar cómo se deben llevar a efecto. La cuestión principal empieza a ser no tanto si se puede legalizar o no, sino si se puede eternizar un incidente de ejecución si las soluciones que proponen las partes afectadas, la propiedad del hotel y el Ayuntamiento de Yaiza, no son posibles. ¿Pueden los tribunales alargar indefinidamente esos incidentes sin que haya una solución?

La primera sentencia era clara. El hotel quedaba sin licencia y debía presentar un nuevo proyecto para comprobar si encajaba con el también nuevo planeamiento que se había aprobado, el Plan General de Yaiza de 2014. El proyecto que se presentó tampoco encajaba. En el año 2016 el Ayuntamiento determinó que el hotel era ilegalizable. Han pasado 10 años y la situación no ha cambiado. Se ha instalado una parálisis y el Ayuntamiento no toma ninguna decisión.

En el decreto de abril de 2016 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Yaiza, como el proyecto no se ajustaba a las determinaciones del Plan, ordenaba a la propiedad, en primer lugar, la adecuación y acomodación de la edificación a la ordenación urbanística en el plazo de dos meses, y que presentara en el plazo de un mes un proyecto que incluyera “la demolición parcial, si fuera necesaria”.

Una década después, ni el hotel ha cumplido lo que se le encomendó ni el Ayuntamiento ha ejecutado de forma subsidiaria esas medidas impuestas por ellos mismos. Yaiza sigue dando oportunidades a un incumplidor.

En el primer incidente de ejecución, Yaiza tiene que comprobar si la edificación es compatible con la normativa. Ese procedimiento de comprobación no tiene plazo, pero no puede ser eterno y debe terminar de una de estas tres formas: que la edificación sea legalizable, como ya ha ocurrido con algunos hoteles en Playa Blanca; que haya que eliminar o modificar los elementos incompatibles para que sea legalizable, como también ha ocurrido con otros establecimientos; o que no sea compatible y haya que derribarlo total o parcialmente.

El otro incidente de ejecución es aún menos favorable para el hotel. La licencia permitió unir dos parcelas atravesadas por un vial público de acceso a la playa. Si las parcelas quedan separadas, como dice la sentencia, el hotel no puede permanecer tal y como está construido, quedaría separado por una franja abierta de cinco metros. La propiedad del hotel intenta sortear esta sentencia realizando otro acceso distinto a la playa por un lateral, con una autorización que le dio la Dirección General de Costas. Pero son dos cosas distintas.

Ejecución

En los procesos de ejecución están personadas la Fundación César Manrique, Transparencia Urbanística y el Cabildo de Lanzarote, aunque este último se ha apartado, desde hace años, de la participación activa. Las partes contrarias son la propiedad del hotel y el Ayuntamiento de Yaiza, que fue quien concedió la licencia. A pesar de esta circunstancia, hubo un intento por parte del Consistorio y de la propiedad, que ha quedado frustrado, para ejecutar la sentencia mediante un acuerdo o mediación entre ambos, al margen de quien insta la ejecución.

Por otra parte, en sus últimas alegaciones al incidente de ejecución, del pasado mes de julio, la Fundación solicita al tribunal que haga cumplir las sentencias y que el Ayuntamiento concluya un procedimiento que lleva años paralizado.

“El alcance de la ejecución quedó delimitado por la sentencia de la misma Sala de 14 de diciembre de 2023 que revocó el auto de 22 de enero de 2022, dictado en las presentes actuaciones, precisando que lo que procede para que la sentencia pueda ser ejecutada es que el Ayuntamiento de Yaiza resuelva de una vez el expediente de legalización (...) y, en caso de que dicha licencia no pueda ser obtenida, la edificación estará huérfana de licencia y por tanto, abocada a su demolición”, señalan esas alegaciones.

“Sostener, como hace la representación procesal de la Administración ejecutada, que la sentencia está cumplida y ejecutada es sencillamente incompatible con esa realidad: ni se ha legalizado la edificación ni se ha restablecido la legalidad urbanística infringida, que son las dos únicas formas posibles de dar cumplimiento al fallo”, añade, e insiste: “La legalización es material y legalmente imposible: la demolición es la única forma de ejecutar el fallo”, sostiene subrayando que no se trata de una hipótesis de la FCM, sino de “la conclusión que imponen los propios actos municipales y las resoluciones judiciales firmes recaídas sobre este ámbito”.

El vial

El hotel debe sortear esas dos sentencias para ser legalizable. La del vial es complicada. El Plan Parcial Las Coloradas contemplaba ese vial público peatonal de cinco metros de anchura y los retranqueos precisamente para evitar la pantalla arquitectónica que forma el hotel desfigurando el frente de playa. A esto se suma el nuevo deslinde de dominio público marítimo-terrestre aprobado en julio de 2024, que sigue en vigor y que sitúa la mayor parte de la edificación en la zona de servidumbre de protección.

Una sentencia firme no puede quedar supeditada a promover incidentes

Frente a esta situación, la única salida que el Ayuntamiento explora es aprobar otro Plan General, en cuyo encargo se incluye el borrador de convenio de planeamiento presentado por Papagayo Arena SL, la empresa propietaria del hotel, para la reordenación del área de Las Coloradas, con el riesgo de que se anule todo el Plan si se determina que hay alguna decisión que tiene como único fin eludir el cumplimiento de una sentencia.

En sus últimas alegaciones, la FCM destaca que “las enormes dilaciones acumuladas en la ejecución de la sentencia hacen inaplazable la resolución del incidente” y citan jurisprudencia del Tribunal Supremo que avala que la ejecución de una sentencia firme no puede quedar supeditada indefinidamente a la promoción sucesiva de incidentes. Por eso solicita que sea el alcalde de Yaiza quien contrate los servicios profesionales precisos para la redacción del proyecto y la dirección de las obras de demolición, con un plazo de dos meses desde la contratación hasta la presentación del proyecto.

La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ordenó resolver este expediente “de una vez” en diciembre de 2023, recordando que el plazo legal de cumplimiento voluntario de las sentencias, de dos meses, está superado con creces.

Laberinto

La ejecución de las sentencias, en lugar de un camino marcado con un objetivo final, se está convirtiendo en un laberinto del que van naciendo nuevos caminos cada vez que hay una resolución que lleva a un callejón sin salida, o a la demolición como única salida. En febrero de 2021, esa misma Sala declaró que la sentencia no podía considerarse ejecutada y que si no pudiera obtenerse una nueva licencia, la edificación quedaría “huérfana de licencia y, por tanto, abocada a su demolición”.

Pero ese auto se acabó combatiendo con otro nuevo procedimiento que, por otra parte, está, o estaba suspendido hasta que se resolviera el recurso que puso el hotel contra la anulación del Plan General de 2014. Hay que recordar que en mitad del proceso de ejecución, que se hacía en base a ese Plan, la Justicia lo anuló, por lo que ahora el proyecto que presente el hotel se debe comparar con el Plan Parcial Las Coloradas. Para no alargar demasiado la incertidumbre: si había pocas posibilidades de que el proyecto fuera legalizable con el último Plan, hay menos aún con el plan parcial y el Plan General de 1973.

Para llegar hasta el decreto municipal de 2016, el Ayuntamiento emitió un informe técnico que no avalaba que el hotel fuera compatible con el Plan de 2014. La arquitecta municipal afirmaba que el proyecto de legalización no resolvía la ocupación de los viales peatonales de acceso a la costa y que la recuperación de esos viales podía suponer una modificación sustancial del conjunto del establecimiento y alterar todos los parámetros del proyecto.

La propiedad está planteando, y ejecutando, ese nuevo acceso al mar, pero eso no soluciona el hecho de que no se puedan unir las dos parcelas o de que se siga ocupando el vial previsto en el planeamiento. Las dos parcelas se unieron como si el vial no existiera, pero con la licencia de agrupación anulada, quedan dos parcelas separadas. El incidente de ejecución de sentencia no debe determinar si se hace otro paso, un hecho ajeno a dicho incidente, sino cuál es la parte del hotel que invade el vial y ordenar su derribo. En la práctica, eso supone la desaparición del actual edificio. 

La nueva autorización de Costas para el acceso al mar no sustituiría ni a la licencia urbanística, ni a la ordenación aprobada para esa parcela, ni la recuperación del dominio público afectado ni el control judicial de la ejecución de las sentencias. Son ámbitos distintos.

Plan

Por otra parte, la anulación del Plan de 2014 parece, y quizá lo sea, una buena noticia para el hotel porque da la impresión de que se debe empezar de nuevo todo el procedimiento, comparando ahora el proyecto con el plan parcial Las Coloradas, y ganando tiempo. Sin embargo, ya hay informes que lo comparan y el hotel no sale bien parado. Es el caso del estudio Lanzarote: legalidad urbanística, del Cabildo de Lanzarote, que determina que el hotel incumplía tanto el Plan Parcial como la autorización turística previa, el Plan Insular de 1991 y la Moratoria del año 2000.

El problema del hotel no se reduce al vial de acceso aunque sea un elemento determinante. Hay muchos incumplimientos: exceso de altura y número de plantas, exceso de edificabilidad, incumplimiento de retranqueos o la ejecución de una superficie edificada superior a la autorizada por el planeamiento y las licencias anuladas.

Mediación

La supuesta mediación tampoco dio su fruto. El propio TSJC la anuló en 2021 porque ni el Cabildo ni la FCM habían sido emplazados al procedimiento. La mediación pretendía reconsiderar el acuerdo municipal de 2016 y adaptar el planeamiento a una solución propuesta por ellos mismos. El hotel, de más de 700 plazas, impugnó el rechazo al proyecto de legalización por parte de Yaiza en un Juzgado de lo Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria, y además solicitó al Juzgado que nombrara a un mediador intrajudicial para resolver el conflicto. Yaiza no se opuso a esa mediación y el mediador realizó una propuesta para que el hotel pudiera ser legalizado llevando a cabo pequeñas obras que no supondrían el derribo y que se adaptarían a las determinaciones del plan parcial y del Plan General.

Que la propiedad reciba una indemnización está en el aire. No es un hecho cierto

En otro orden de cosas, que la Ley reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativo no fije un único plazo para ejecutar todas las sentencias no significa que la Administración pueda decidir el ritmo de cumplimiento. Es decir: la ejecución no puede quedar sometida indefinidamente a la voluntad de la Administración. Han pasado 20 años de la firmeza de una sentencia y 13 de la otra, 10 años desde el acuerdo municipal de abril de 2016 y varios años desde que los tribunales declararon que las sentencias continuaban inejecutadas. Fijar un plazo ahora para ejecutar la sentencia no parece tan descabellado. 

En las alegaciones, la FCM no reclama ninguna cantidad al Ayuntamiento, sino la ejecución de dos sentencias firmes. Es el alcalde, Óscar Noda, quien menciona la cantidad de 45 millones de euros como indemnización en una entrevista, pero la posibilidad de que la propiedad reciba una indemnización está en el aire. No es un hecho cierto. Hasta ahora, los tribunales no le han reconocido esa posibilidad en caso de que el hotel sea derribado. El hotel tendría que demostrar muchas circunstancias, como que ha existido un daño antijurídico y que el Ayuntamiento es el responsable, que se cuantifique esa indemnización, los beneficios que han obtenido, que esté en plazo de poder hacerlo ya que puede que la acción esté prescrita, además de la relación entre la promotora originaria y la actual titular, las operaciones de transmisión del establecimiento, etc..

Es más, la sentencia del caso Yate determina que la licencia, como otras, sería el fruto de un soborno y este hecho puede excluir o limitar decisivamente una eventual indemnización. La licencia de agrupación fue anulada también en la vía penal y la sentencia relaciona su otorgamiento con delitos de prevaricación, cohecho, malversación y fraude, haciendo referencia a manifestaciones del entonces alcalde, José Francisco Reyes, sobre una ayuda económica recibida de un representante de la promotora en agradecimiento por los trámites realizados, tal y como destacaba Transparencia Urbanística. Este hecho, en cualquier caso, puede no ser determinante, pero la relación automática entre derribo e indemnización tampoco lo es.

El Ayuntamiento podría, ante el evidente incumplimiento de la sentencia, presentar un proyecto, valorar la ejecución subsidiaria de las medidas que planteó el propio Ayuntamiento en 2016, ejecutar el derribo y pasar la factura a la propiedad, que es la misma medida que ya planteó la FCM en el año 2021.

Autorización

El Cabildo de Lanzarote, a pesar de que era parte interesada, porque interpuso los recursos contra las licencias, se retiró de la ejecución de las sentencias, pero lo que sí hizo hace dos años fue otorgar, por medio del Consejo de Gobierno, la autorización turística del Hotel Papagayo Arena. El consejero de Política Territorial, Jesús Machín, llegó a declarar que el Cabildo “no tiene competencias urbanísticas ni de legalización de obras”, por lo que su papel en los trámites de regularización se reducían a comprobar si el proyecto “cumple con la legislación turística”.

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