TRIBUNALES

San Ginés afirma que todas las causas judiciales sobre la adjudicación del agua a Canal "están cerradas"

"Ni Loly Corujo, ni Gladys Acuña, ni Pedro San Ginés, ni nadie de la Comisión Negociadora, alteró el pliego de condiciones", añade

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 16/05/2018 - 14:47

El presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, destacó este miércoles, tras conocerse la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ordena revisar de oficio el procedimiento de contratación del ciclo integral del agua, que la empresa Club Lanzarote, que interpuso la demanda, acordó desistir "mediante convenio validado por los tribunales, mucho antes de que se produjese esta sentencia, por lo que este procedimiento está cerrado".

No obstante, afirma que "ni Loly Corujo, ni Gladys Acuña ni yo mismo, que fuimos los participantes en el proceso negociado, alteramos ningún pliego de condiciones". También añade que la Asamblea del Consorcio acordó abrir procedimiento negociado con publicidad "al que pudo presentarse cualquier empresa del mundo".

El presidente del Cabildo indicó que el Consorcio designó como titulares de la Comisión Negociadora, nombrada en la asamblea de 28 de enero de 2013, a María Dolores Corujo (San Bartolomé); José Francisco Hernández (Tías); Gladys Acuña (Yaiza). "Por lo tanto, todo el proceso se realizó con absoluta transparencia sin que en absoluto se alterase los pliegos en beneficio de Canal Isabel II", recalcó.

San Ginés defendió que "la única variante del pliego de condiciones" entre el concurso público que quedó desierto y el procedimiento negociado con publicidad "fue la posibilidad de diferir el pago único de 50 millones de euros a varias anualidades". Así, considera que no se trató de una "alteración sustancial del mismo, en la medida en que no sólo fue fiscalizada de conformidad por la intervención del Consorcio, sino que fue aprobada por unanimidad de la Asamblea del Consorcio y publicada en el boletín junto al resto de aspectos de negociación".

El presidente del Cabildo afirmó este miércoles que "el resultado de la negociación fue una oferta muy por encima de las condiciones mínimas exigidas en el pliego, que triplicó en términos económicos la segunda de las ofertas en cuanto a la inversión mínima de 15 millones de euros que ofrecieron el resto de las empresas, frente a los 54 millones de euros de inversión que ofreció Canal".

En cuanto al pago único de la deuda, objeto de controversia por su aplazamiento a cinco años, "como hemos dicho está avalado por el acuerdo de la asamblea del Consorcio publicada en el boletín oficial", señaló San Ginés, quien añadió que "Canal ofreció abonarla en cinco años frente a los seis años del segundo licitador, razones ambas por las que resultó obviamente adjudicataria mediante acuerdo igualmente unánime y colegiado de la asamblea general del Consorcio". Ninguna de las empresas que participaron en el procedimiento negociado, aparte de Canal, recurrieron.

"Intrascendente sentencia"

Con respecto a la sentencia del TSJC tras la demanda de Club Lanzarote al rechazarse su petición de que se revisara de oficio el proceso de contratación del ciclo integral del agua, "este procedimiento ya está terminado por desistimiento del demandante".

"Aunque cabe recordar", dice San Ginés, "que los tribunales dieron la razón al Consorcio en primera instancia, y además esta intrascendente sentencia del Tribunal Superior de Justicia está recurrida ante el Tribunal Supremo, sin que en cualquier caso el resultado del recurso pueda tener ya consecuencias, razón por la que no se consideró informar de un procedimiento cerrado a efectos prácticos".

El presidente del Cabildo también hace hincapié en que el TSJC no aceptó la pretensión inicial de Club Lanzarote de que se anulase la adjudicación del ciclo integral del agua a Canal. Se estimó eso sí la revisión de oficio del procedimiento de contratación, una "petición que ha quedado sin efecto al desistir de manera expresa el demandante".

 

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