Se puede “posponer a una fecha posterior”

La Junta Electoral suspendió la feria porque no era un “servicio público imprescindible”

M.R. 0 COMENTARIOS 22/05/2014 - 06:30

La decisión de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas de suspender una nueva edición de la feria de la tapa, que el Ayuntamiento de Arrecife había organizado para este sábado, se basa en que “el citado evento no tiene una fecha concreta de celebración a lo largo del año”.

La resolución de la Junta Electoral Provincial cambia el criterio de la Junta Electoral de Lanzarote, que había dado el visto bueno a que se celebrase el evento, que se iba a desarrollar desde las doce de la mañana hasta las doce de la noche, con tapas a un euro y la actuación de numerosos grupos, con Los Gofiones como cabeza de cartel.

La Junta Electoral Provincial destaca que la feria de la tapa estaba convocada por el Ayuntamiento y por tanto se iba a organizar “con financiación pública”,  coincidiendo “con la jornada de reflexión” de las elecciones europeas que se celebran el domingo.

La resolución, notificada este miércoles, cuando ya se había presentado el evento por el Ayuntamiento, subraya que la feria de la tapa no se trata “de una obra o servicio público imprescindible”

Por ello, añade, “se entiende que no es aplicable la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 15 de noviembre de 2010, pues en el supuesto de la jurisprudencia citada por la Junta Electoral de Zona se trata de una autorización de una manifestación convocada por asociaciones de mujeres por el día de la mujer trabajadora, que se celebra el 8 de marzo de cada año”.

Ahora, la Junta Electoral Provincial entiende que es de “aplicación” la Ley Orgánica del Régimen Electoral y pone como antecedente un supuesto similar resuelto en mayo de 2011, cuando se suspendió un acto al poderse “posponer a una fecha posterior”.

La Junta considera que el evento se puede “posponer a una fecha posterior”

En su resolución, la Junta toma como base una disposición de la Ley Electoral en el que se especifica: “Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

Añadir nuevo comentario