TRIBUNALES

La juez anula las fianzas a Espino y al resto de investigados en el caso de los Centros

La juez sustituta del Juzgado de instrucción número 3 anula las fianzas que había impuesto el titular, Rafael Lis

Carlos Espino, en una reciente comparecencia en el Senado.
S.G. 1 COMENTARIOS 05/11/2018 - 13:59

La juez Raquel Rivero ha dejado sin efecto las fianzas que había impuesto el juez Rafael Lis a los investigados en el caso de los Centros de arte, cultura y turismo. Lis es el titular del Juzgado y ha cumplido una sanción de seis meses que finalizaba el pasado viernes,tiempo durante el que Rivero ha estado al frente del órgano judicial.

Lis había fijado unos días antes de comenzar a cumplir la sanción una fianza a Carlos Espino, ex consejero de los Centros de arte, cultura y turismo, de 1,5 millones de euros, mientras que a los otros imputados la cantidad fue de entre 65.000 y 95.000 euros. Les impuso la fianza antes de que dictara un auto de procesamiento. Los imputados presentaron un recurso de reforma que la juez ha admitido en un auto firmado el pasado día 31 de octubre.

La juez considera que se han vulnerado en este caso dos de los presupuestos necesarios para fijar estas fianzas: la apariencia de buen derecho y el peligro de mora. Señala que aún no se ha completado la fase de instrucción y por tanto no se han transformado las diligencias en procedimiento abreviado ni se han establecido los posibles hechos delictivos que se pudiera imputar a cada uno de los investigados.

Por otra parte, la juez destaca que para acordar esta medida cautelar de fianza “es necesario que haya pruebas como para condenar, pero no pueden considerarse como válidas o suficientes aquellas sospechas que pueden valer para acceder a una medida de investigación lesiva de un derecho fundamental”.

Destaca, igualmente, que la fase de instrucción está a punto de finalizarse ya que solo quedan pendientes las declaraciones de dos testigos y afirma que para fijar esta medida “es necesario que existan suficientes indicios de criminalidad y un peligro de no satisfacerse las responsabilidades derivadas del delito”. En este sentido, argumenta que “no existen indicios de insolvencia en los investigados que justifiquen de alguna manera la adopción de la fianza impuesta”.

Por tanto, la juez estima los recursos de reforma y anula las fianzas sin perjuicio de que, finalizada la causa y una vez que las partes hayan presentado sus escritos de acusación y defensa se pueda acordar “si fuera procedente” una fianza para los imputados. También ordena el levantamiento de los embargos si se hubieran producido. El auto se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

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Al final le daran in premio por los servicios prestados

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