TRIBUNALES

La Audiencia Nacional condena a una empresa de Rosa a pagar 300.000 euros

La elusión fiscal está relacionada con la sociedad que firmó con el exalcalde José Francisco Reyes la ocupación ilegal de zonas verdes públicas como el Kikoland

Saúl García 6 COMENTARIOS 06/11/2020 - 11:32

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia por la que desestima el recurso presentado por la sociedad Hotel Princesa Yaiza contra el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Central, un ente del Ministerio de Hacienda, que le obligaba a pagar más de 300.000 euros relativos al Impuesto de Sociedades del ejercicio 2006.

Esa elusión fiscal nace de la absorción por parte de Hotel Princesa Yaiza de la sociedad Getsu No Denwa, de la que ya mantenía el cien por cien de las participaciones. Getsu no Denwa es la sociedad que firmó un convenio con el Ayuntamiento de Yaiza en 2004 por el que se cedía a esa mercantil, de forma gratuita y por 50 años, el derecho de uso de tres parcelas municipales situadas en el plan parcial Costa Papagayo de Playa Blanca, entre ellas la del Kikoland.

Cuando se fusionaron, esa sociedad tenía un terreno de 177 hectáreas en Yaiza. Se aplicó un régimen fiscal especial para esa operación, pero en realidad se disfrazó de absorción la transmisión de ese terreno sin que conste que se habían pagado las plusvalías correspondientes.

La fusión entre ambas sociedades no genera tributación por acogerse a un régimen especial, que es más favorable que el que corresponde a la transmisión de inmueble, por lo que existe elusión fiscal. La absorción se produjo en 2005 y la inspección se inició en 2010.

Según señala la sentencia, “se persigue la transmisión de un activo a través de una operación de reestructuración empresarial, con la mera intención de minorar el coste fiscal que tendría que soportarse con la venta directa del activo”.

La Audiencia Nacional considera que “la transmisión de un inmueble no es motivo válido para aplicar el Régimen Fiscal Especial de fusiones, porque no va acompañado de una reestructuración fiscal”.

Así, destaca que no se trataba de una reestructuración empresarial ya que una sociedad no realizaba actividad económica y la otra no vio alterada su actividad por la absorción.

Comentarios

A ver a quien se lo quita para no perder él.
Ahí va, a paso de Johnny Walker, de nuevo a los jzgados. Pero no lo encierran ni lo encerrarán jamás.
Ahí va, a paso de Johnny Walker, de nuevo a los juzgados. Pero no lo encierran ni lo encerrarán jamás.
Y yo me pregunto.., no era delito fiscal?
En el fondo es un okupa. Millonetis, pero un okupa.
El queria ser famoso.

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