Pretendió la “nulidad” de “forma encubierta”

El TSJC vuelve a expulsar del caso Stratvs al colectivo que denunció al resto de bodegas

M. Riveiro 4 COMENTARIOS 11/07/2016 - 08:55

Por segunda vez, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha vuelto a rechazar la personación en el caso Stratvs de la desconocida asociación ecologista Jacón, con domicilio en Gran Canaria, que ha denunciado e instado por vía judicial el cierre del resto de bodegas de la Isla.

El Tribunal Superior de Justicia, que juzgará una parte del caso Stratvs, relacionada con el permiso de apertura de las instalaciones y acuerdos del Ayuntamientos de Yaiza, al estar la aforada como diputada autonómica la alcaldesa, Gladys Acuña, ha dictado un auto en el que no permite la personación de Jacón como acusación popular.

El TSJC ya había rechazado la personación del citado colectivo en mayo pasado, por haber pretendido formar parte del procedimiento cuando ya había finalizado la investigación y dictado el auto de apertura de juicio oral, en junio del año pasado.

El propio Juzgado número 5 de Arrecife rechazó la personación de Jacón al mes siguiente. La jueza Silvia Muñoz destacó que tras esta solicitud se escondía un “fraude procesal” y señaló que se usaba la figura de la acusación popular de modo torticero, “desdibujando los límites para los que fue concebida”.

Buena parte del recurso de Jacón ante el TSJC se centró en los “problemas” sufridos por la asociación ecologista Agonane, de Fuerteventura, que se personó en el caso Stratvs y luego renunció por sentirse engañada por su abogado, Juan David García Pazos, que luego ha representado a Jacón en su intento de formar parte del proceso.

Intento de nulidad “de forma encubierta”

El Tribunal Superior de Justicia recuerda que Agonane salió del proceso “por propia voluntad” y niega, como sostiene Jacón, que como consecuencia de un “error en el cómputo de los plazos”, se produjera la “imposibilidad” de la asociación Jacón “de personarse” en el caso Stratvs.

Además, el TSJC rechaza el intento de Jacón, “de forma encubierta”, de que se acordase la “nulidad de actuaciones” en el caso Stratvs desde el auto de apertura de juicio oral. El tribunal destaca que el colectivo ya formuló recursos de nulidad en septiembre del año pasado, que no fue admitido por el TSJC, y ante el Juzgado número 5 de Arrecife, que lo rechazó en febrero. “No cabe, por tanto, formular una nueva nulidad de actuaciones por los mismos motivos que ya han sido rechazados tanto ante esta Sala como ante el Juzgado de Arrecife”, destaca la magistrada Carla Bellini, instructora de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia.

“Los autos dictados son correctos”

En su recurso, la asociación Jacón sostenía que el TSJC debería haber asumido el caso Stratvs por el aforamiento de Gladys Acuña desde el momento en el que la alcaldesa de Yaiza tomó posesión del acta de diputada regional, el 23 de junio de 2015.

Sin embargo, el tribunal destaca que desde la toma de posesión de Acuña y el 17 de noviembre, cuando asume el caso, el Juzgado de Arrecife “continúa siendo competente para realizar todas las actuaciones necesarias”, salvo para la toma de declaración de la “aforada”, lo que no sucedió, “entre otros motivos, porque ya la instrucción había finalizado”.

Por tanto, concluye el TSJC, “no pueden ser atacados los autos que el Juzgado de Arrecife dictó en su momento”, que “son correctos”, en referencia al inicio del procedimiento abreviado una vez concluida la fase de instrucción, y a la posterior apertura de juicio oral.

Más detalles

PERSONACIÓN. La asociación Jacón formuló un último intento de que se le diese entrada en Stratvs con el argumento de que a las acusaciones particulares se les permite la personación hasta prácticamente la conclusión del proceso. Así, pretendió “una equiparación entre las figuras de la acusación particular y la acción popular”.

ACUSACIÓN. Sin embargo, destaca el TSJC, eso “no es cierto, puesto que no es lo mismo, desde una óptica jurídica, acusación particular que acusación popular. No se puede asimilar el concepto de víctima al de acusación popular, porque sus intereses y sus fines son diferentes”, por lo que “no procede” la personación en el caso.

Comentarios

los tiempos están cambiando y los caciques de toda la vida empiezan a verle las orejas al lobo
Jacón es otra de las "marcas blancas" de quien ya sabemos.
A ver si con suerte inhabilitan al juez Alba antes de que presida ese juicio...
la jacon debería ser juzgada, para conocer su verdadera cara y ver rodar su cabeza.....la que todos intuimos...

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