El TSJC mantiene cerrado el restaurante de Stratvs, clausurado por el Ayuntamiento de Yaiza
La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) no ha admitido el recurso de apelación de la Bodega Stratvs, que solicitaba que se le permitiera abrir el restaurante hasta que termine el proceso contencioso que ha impuesto contra la orden de cierre que dictó el Ayuntamiento de Yaiza septiembre pasado.
Yaiza decidió cerrar el restaurante 'El Aljibe del obispo' que no cuenta con licencia, después de que la juez imputara a su alcaldesa, Gladys Acuña, en el procedimiento penal abierto por la bodega, que también esta precintada en su totalidad. El propietario de la bodega, Juan Francisco Rosa, recurrió el cierre del restaurante solicitando que se le permitiera abrir como medida cautelar hasta que se falle el contencioso.
El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 6 de Las Palmas no le dio la razón y ahora el TSJC tampoco. Rosa alegaba los perjuicios económicos que le causa el cierre y la pérdida de doce puestos de trabajo y que esa actividad no está sometida a autorización previa ni al régimen de actividades clasificadas.
El Tribunal dice que el restaurante carece de licencia de actividad clasificada de restauración y que ese motivo por sí solo sería suficiente para cerrarlo así como que si permitiera abrir, la situación se equipararía a la obtención de esa licencia. Añade que en caso de que haya sentencia favorable al empresario ya daría lugar al resarcimiento económico, pues se evaluarían los daños.
“Los perjuicios económicos sólo son imputables a quien se ha colocado en una situación de ilegalidad”
Señala el TSJC que, en todo caso, "los perjuicios económicos sólo son imputables a quien voluntariamente se ha colocado en una situación de ilegalidad", ejerciendo una actividad sin las "correspondientes licencias" y con el "peligro" que entraña para los intereses generales de los "vecinos colindantes" con la actividad, así como para los "usuarios" porque no hay un "control previo" en materia de "seguridad y salud".
El TSJC no entra en el fondo del asunto pero asegura que el conocimiento de la actividad por parte de la Administración e incluso su pasividad (el restaurante se abrió en 2008) no son equivalentes a otorgar la autorización, y añade que una actividad ejercida sin licencia es clandestina y como tal se puede clausurar en cualquier momento.
Vista
Por otra parte, este miércoles se celebra una vista en Las Palmas ante la Audiencia provincial que deberá decidir si la Bodega Stratvs continúa cerrada, tal y como dictó el Juzgado de Arrecife como medida cautelar o si puede abrir hasta que se resuelva el contencioso.
Comentarios
1 Flaneur Mar, 29/04/2014 - 19:41
2 Jonás Mar, 29/04/2014 - 21:56
3 Flaneur Mié, 30/04/2014 - 06:24
4 transparencia Mié, 30/04/2014 - 06:49
5 Layenni Mié, 30/04/2014 - 09:27
Añadir nuevo comentario