Primera sentencia del caso Stratvs

El TSJC anula la licencia de actividad de Stratvs: su concesión era “imposible”

Diario de Lanzarote 6 COMENTARIOS 26/01/2018 - 21:47

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la licencia de actividad de la bodega Stratvs que otorgó el Ayuntamiento de Yaiza y destaca en su sentencia que su concesión era “imposible” a la vista del planeamiento territorial y urbanístico.

El TSJC subraya que lo “adecuado” habría sido que el Ayuntamiento hubiese rechazado incluso el inicio de los trámites de la licencia de apertura y, en todo caso, “la denegación expresa” de la autorización por incumplir tanto el Plan General de Yaiza como el Plan Insular de Ordenación.

En el primer juicio del caso Stratvs tan sólo se ha analizado una parte de la causa, la relacionada con la participación de la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, al encontrarse aforada por su condición de diputada autonómica, dentro del grupo de Nueva Canarias.

En la pieza principal, pendiente de juicio en la Audiencia Provincial, se evaluará la licencia de obras concedida por la Dirección General de Urbanismo del Gobierno de Canarias en marzo de 1999, y el posterior permiso municipal para restaurar una vivienda de 243 metros cuadrados y un almacén y bodega de 900 metros cuadrados totalmente subterráneos. 

Aunque no se dictamina sobre esos permisos de obra, en la sentencia del TSJC, que se refiere a la licencia de actividad de las instalaciones, se tienen en cuenta las irregularidades urbanísticas para determinar que el permiso de apertura no se tenía que haber tramitado ni concedido y para concluir que se infringió tanto el planeamiento insular como el municipal.

La sentencia cita el informe de una técnico del Cabildo, Amada Fontes, que tres años antes de la concesión de la licencia de actividad concluye que, de acuerdo con el Plan Insular, el emplazamiento no era apto y que el uso de bodega en la zona en la que se construyó “no está permitido”. También recoge que la Oficina del Plan Insular del Cabildo advirtió en otro informe lo mismo.

En concreto, la sentencia explica que el suelo donde se asienta Stratvs tiene la consideración en el Plan Insular de suelo rústico protegido por su valor paisajístico singular. En ese suelo sólo es compatible el “uso recreativo”. También recalca que el Plan General no permitía “la instalación de industrias de ningún tipo, ni aunque sean vitivinícolas”, y precisa que en los proyectos presentados en el Ayuntamiento por el promotor “se diseñaban instalaciones propias de una industria vitivinícola”, no autorizada en el planeamiento municipal.

En contra del Plan Insular y del Plan General

El TSJC resalta que el entonces secretario del Ayuntamiento, Vicente Bartolomé Fuentes, a quien condena como cooperador necesario de un delito de prevaricación y por un delito contra la ordenación del territorio a 14 años de inhabilitación, debió haber advertido de la “exigencia” de solicitar al Cabildo “el informe de compatibilidad de la actividad solicitada con el Plan Insular de Ordenación”, algo que no hizo.

El tribunal también culpa al exalcalde José Francisco Reyes de ser “conocedor de la naturaleza de suelo rústico de protección especial” que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Yaiza establecía en la zona del Barranco del Obispo, en el paraje protegido de La Geria, y que tenía que haber decretado “la denegación expresa de la licencia” de actividad de Stratvs cuando fue solicitada en su etapa en la alcaldía.

El TSJC insiste en que otro condenado, el técnico municipal Andrés Morales, era “conocedor” de que el proyecto de la bodega “no se adecuaba al PGOU de Yaiza ni a la normativa del Plan Insular” ni a las “previsiones” de esos instrumentos de ordenación. Con respecto al informe de compatibilidad de Stratvs con el planeamiento insular, el tribunal destaca que era un “trámite fundamental y obligatorio” y que se obvió por completo porque hubiera resultado desfavorable.


José Antonio Rodríguez, Gladys Acuña y Juan Francisco Rosa.

No se tomaron medidas para cerrar Stratvs

En la sentencia del TSJC se recalca que “a pesar de las advertencias” recogidas en los informes que solicitó la alcaldesa de Yaiza una vez que ya estaba en marcha la investigación penal, ni Acuña ni el entonces concejal de Urbanismo, José Antonio Rodríguez, “adoptaron medida alguna” para que se ejecutara, “al menos provisionalmente, el cese de las actividades” que había acordado el Ayuntamiento.

El tribunal apunta a que la alcaldesa y el exconcejal de Urbanismo conocían que en el emplazamiento “de las instalaciones del complejo Stratvs” no se podía autorizar el uso concedido de bodega ni otras actividades que se desarrollaban sin haber pedido ni siquiera licencia de obras, como sucedió con el restaurante El Aljibe.

Gladys Acuña ha sido condenada a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación por omisión para el ejercicio de cargo público “de carácter municipal”, además de otros siete años de inhabilitación, también para cargos municipales, por un delito contra la ordenación del territorio por la concesión de la licencia de actividad. Rodríguez fue condenado a siete años de inhabilitación para el cargo de concejal por prevaricación por omisión.

Comentarios

Vaya fichaje el de Nueva Canarias!!! Ahora Vieja Canarias le pedirá también su dimisión como parlamentarían?.?
Madre mía. A ver si nos aclaramos porque los del Lamelot dicen justo lo contrario y se supone que es la misma noticia.....interpretada por ellos, claro. Jeje
A cumplir por el jefe, que prestarse a servir sus copas es lo que tiene. Y ahora, Hotel Fariones, que el proyecto y el resultado se parecen como un huevo a una gallina.
Que gusto da ver como la justicia empieza a abofetear a los responsables corruptos que se gobernaban pensando que esto era el patio de su casa. Deseando que llegue la siguiente condena y que tiren abajo ese despropósito.
Y ahora pasará lo de siempre. Los políticos no pisarán la carcel. Rosa hará otra tropelía en cualquier lugar. Stratvs no será derribado y estará abandonado los próximos treinta años. Y toda la culpa será de la gente que viene de fuera.
Se puede saber quien redacta esta noticia.

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