TRIBUNALES

El Juzgado da la razón a la plantilla de Canal Gestión, que recupera la jornada de 35 horas

Los trabajadores que ya estaban en Inalsa conservaban en una carta de garantías esta jornada que fue eliminada en 2012 y que reclamaron el año pasado después de la aprobación de los PGE

Foto de archivo de una protesta de trabajadores de Canal Gestión.
Saúl García 0 COMENTARIOS 04/07/2019 - 06:21

El Juzgado de lo Social número 1 de Arrecife ha desestimado la demanda de conflicto colectivo de la empresa Canal Gestión Lanzarote y ha dado la razón al comité de empresa que había solicitado a la empresa de aguas recuperar la jornada semanal de 35 horas que tenían reconocida y que habían perdido en el año 2012, instaurándose de nuevo la jornada de 37,5 horas semanales para los trabajadores subrogados de Inalsa y de 40 horas para aquellos que entraran a trabajar en la empresa madrileña de forma directa, tras lograr la concesión del ciclo integral del agua en Lanzarote.

La empresa puede recurrir ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. En febrero de 2014 la empresa se adaptó al convenio colectivo estatal y quedaron extinguidos los convenios de Inalsa de 2010 y de Aguas Filtradas de 2007.

No obstante, el personal que procedía de Inalsa podía seguir disfrutando de sus cartas de garantías con unas condiciones ad personam que establecían, en cuanto a la jornada, un cómputo anual de 1.575 con jornada semanal de 35 porque Canal Gestión forma parte del sector público.

Sin embargo, mientras estuviese vigente la disposición septuagésima de la Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado, la jornada sería de 37,5 horas y un cómputo anual de 1.664. El resto del personal tendría una jornada de 40 horas semanal con un cómputo de 1.752.

En julio de 2018 se publicaron los nuevos presupuestos para ese año y se fijó la jornada para las empresas púbicas en 37 horas y media.

Ante esta nueva situación, el comité de empresa solicitó que se volviera a las 35 horas que establecían las cartas de garantías. Después de una reunión en agosto del año pasado, la empresa decidió empezar a aplicar las 37,5 horas para los que carecían de la carta de garantías, manteniendo la misma jornada para el personal que sí las tiene.

Canal Gestión Lanzarote alegaba que el Gobierno establecía nuevas reglas para la distribución de jornada y que se dejaba sin efecto la cláusula que permitía bajar de 37,5 horas semanales porque la bajada estaba sujeta a condiciones.

La empresa alegaba que son del sector público pero no son una administración pública y que no podrían rebajar la jornada, en cualquier caso, porque no cumplen con los requisitos de estabilidad presupuestaria y porque precisarían, en última instancia, de la autorización de la Comunidad de Madrid.

El comité de empresa, por su parte, entendía que debía restituirse el derecho que en su momento fue suprimido porque para Canal Gestión no se pueden aplicar los conceptos de deuda pública, regla de gasto y estabilidad presupuestaria.

La jueza titular del Juzgado de lo social número 1 considera que es incontrovertido que los trabajadores subrogados de la empresa pública Inalsa tenían esa jornada reconocida en su carta de garantías, cuya eficacia después quedó suspendida y que, a su vez, la disposición que la suspendía quedó derogada por los presupuestos generales de 2018, lo que supone que, de forma automática, se levante esa suspensión y cobre vigencia de nuevo la jornada de 35 horas para aquellos que ya la tenían reconocida.

La sentencia hace mención a otra similar que daba la razón a la plantilla del Ayuntamiento de Gáldar y dice que sus argumentos “son plenamente extrapolables a este caso” porque no se trata de que la ley conceda la posibilidad de establecer jornadas especiales, sino de restablecer la que ya había, por lo que considera que no es necesaria una nueva negociación para fijar una jornada inferior a 37,5 horas porque ya lo estaba aunque estuviera suspendida.

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