Tiene que abonarle también 13.800 euros

El Juzgado anula el despido de un trabajador de Canal Gestión y obliga a hacerlo fijo

Protesta de trabajadores de Canal Gestión. Foto: De la Cruz.
Saúl García 5 COMENTARIOS 02/11/2017 - 17:08

El Juzgado de lo social número 3 de Arrecife ha dictado una sentencia por la que obliga a Canal Gestión Lanzarote a readmitir a un trabajador, declarando nulo su despido y obligando a la empresa a que lo reincorpore como indefinido fijo de plantilla. La empresa tendrá que pagar también los salarios de tramitación, que ascienden a 13.800 euros.

Se trata del primer despido que se produjo en Canal Gestión Lanzarote, el pasado mes de julio, después de que la empresa anunciara que no iba a renovar 69 trabajadores, que se encontraban en la misma situación.

La Inspección de Trabajo ha obligado a la empresa a hacer fijos a estos trabajadores, pero la empresa se ha negado y la plantilla se encuentra en huelga actualmente para reclamar que se cumpla esa decisión de la Inspección del Trabajo.

El trabajador había presentado una demanda por despido nulo por vulneración de derechos. Trabajaba en la empresa desde septiembre de 2011 como oficial de segunda con un contrato temporal por circunstancias de la producción. Después de que Inalsa dejara de tener actividad, fue subrogado por Canal Gestión en julio de 2013 con un contrato temporal que no podía superar cuatro años de duración

La sentencia reconoce que Canal Gestión es una empresa pública con forma de sociedad mercantil y que la contratación del trabajador no corresponde a circunstancias excepcionales y no se puede dudar de su carácter permanente, así como que su función no corresponde a un programa puntual sino que su duración es de 30 años, que es el tiempo que dura la concesión del ciclo integral del agua.

El fallo dice que el modelo de contratación "supone someter a ese trabajador y los otros 66 a un régimen de inestabilidad laboral que provoca un uso de contratación temporal".

Comentarios

Como profano en materia laboral, me pregunto. ¿ Si la empresa decide indemnizarlo, no tiene porque hacerlo fijo . Ó no ?
esta es una empresa privada?.puede aplicar la reforma laboral? puede alegar perdidas y hacer un ere parcial empezando por los que mas ganan y los mas revoltosos?entonces.........
Vaya tropa...
Sobre la duda de la indemnización: el despido es nulo, no improcedente. Cuando es improcedente la empresa puede decidir indemnizarlo y no incorporarlo. Cuando es un despido nulo (vulneración de derechos fundamentales) es el trabajador el que decide si es indemnizado o readmitido. En todo caso, la decisión es vinculante.
Es una empresa que puede aplicar la reforma laboral, pero en este caso lo tiene muy difícil ya que existen pruebas, tanto judiciales como desde la Inspección de Trabajo, que indican que no puede alegar ninguna de las causas. Por cierto, para que vean que la unión hace la fuerza: son revoltosos todos y así están defendiendo sus derechos.

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