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Cinco municipios de Lanzarote aún no tienen aprobado su plan municipal de emergencias

Los PEMUS se intentaron homologar hace seis años, condicionados a su aprobación posterior en pleno, pero la mayoría de los ayuntamientos no lo ha hecho 

Saúl García 2 COMENTARIOS 13/06/2025 - 05:52

Bajo el paraguas de la Ley 17/2015 del sistema nacional de protección civil se recogen varios planes de emergencias, que se integran unos dentro de otros, en escala de menor a mayor ámbito geográfico. En Canarias está el PLATECA, que es el plan autonómico, el Plan de Emergencias Insular (PEIN) del Cabildo, y también los PEMUS, que son los planes municipales. En un escalafón más bajo están los planes de autoprotección, que se hacen de forma específica para actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

En Lanzarote, los dos mayores, el autonómico y el insular, están operativos y en vigor. El PEIN se aprobó y homologó en el año 2003 y el PLATECA se aprobó primero en 1997 y después se actualizó en 2005, 2015 y 2022. Los de autoprotección se elaboran para diferentes eventos, pero los municipales se llevan la peor parte. En marzo de 2022 se aprobó en pleno el de San Bartolomé y hace unos meses, en diciembre, el de Arrecife. El resto no están aprobados ni están en vigor, en la práctica.

El PEMU se debe aprobar de forma inicial por parte del pleno, después se abre un periodo de alegaciones y se aprueba de forma definitiva, tras resolver las alegaciones, también en sesión plenaria. Luego se traslada el documento al Gobierno de Canarias que debe emitir un informe y homologarlo.

Los municipios con una población superior a 20.000 habitantes tienen obligación de tener aprobados los planes de emergencias municipales (PEMUS), pero también aquellos municipios que puedan llegar a tener esta población “por ser municipios turísticos” o también los que sean considerados de riesgo especial por su situación geográfica o actividad industrial, según la Comisión Autonómica de Protección Civil y Atención de Emergencias de Canarias. Estos municipios “deben prestar el servicio de protección civil a través de la aprobación y la efectiva implantación del respectivo Plan de Emergencia Municipal”.

En esta categoría entrarían al menos cinco de los siete municipios de la Isla, tres de ellos por población, ya que superan los 20.000 habitantes (Arrecife, Tías y Teguise), San Bartolomé que no llega a esa cantidad solo por un par de cientos de habitantes, y Yaiza, que supera los 17.000, pero sobrepasa los 20.000 si se contabilizan los turistas. Haría y Tinajo no estarían obligados, aunque la ley canaria señala que “el Gobierno de Canarias deberá promover la elaboración de planes en los municipios que no tienen obligación de realizarlos” y la “Dirección General de Seguridad y Emergencias, en el marco de sus competencias, facilitará asistencia y asesoramiento técnico para la elaboración de estos planes”.

En el caso de Lanzarote solo se han aprobado en pleno el de San Bartolomé y de Arrecife, que se aprobó de forma definitiva el 4 de diciembre pasado. Hubo un intento de aprobar todos los planes, hace seis años, en octubre de 2019, durante una sesión de la Comisión autonómica de Protección Civil y Emergencia en la que se homologaron doce planes municipales y tres insulares.

El acta de esa sesión señala respecto a los planes de los municipios de Lanzarote que se llevaron a homologar que no constaba que hubieran sido informados por los ayuntamientos. En su intervención, el representante del Cabildo en esa comisión alegó que contaba con una certificación que entregaría de inmediato sobre Haría y Yaiza, mientras que para el resto de municipios, dichos planes estaban pendientes de elevarse a pleno “de inmediato”.

Al final se homologaron cinco planes, de todos los municipios menos de Haría y Yaiza, pero condicionados a su homologación por los órganos colegiados de cada municipio. Pasados cinco años y medio, solo se han llevado a pleno dos.

La comisión informó favorablemente de forma condicionada a esas subsanaciones que, sin embargo, no se hicieron posteriormente. El PEMU de Arrecife fue aprobado inicialmente en pleno a finales de noviembre de 2019 y el Consorcio presentó alegaciones, que no fueron contestadas hasta diciembre de 2024.

En esas alegaciones, el Consorcio señalaba imprecisiones y falta de contenido esencial “ya que, dentro de la planificación de Protección Civil, juega un papel de máxima relevancia la planificación de la intervención en casos de emergencia”.

Las alegaciones hablaban de “definir de forma previa una estructura organizativa y funcional, como elemento esencial para una rápida movilización de los medios y recursos necesarios y para que éstos puedan actuar coordinadamente, bajo la dirección de un mando único con las adecuadas garantías de eficacia”.

“Esta parte -señalaba el Consorcio- no ha sido definida en su totalidad, por lo que se carece de estructura operativa, aparte de la falta de infraestructuras físicas (CECOPAL) y medios específicos reales para poder activar y gestionar con garantías el PEMU, frente a una emergencia, catástrofe o calamidad pública”.

La función principal de los planes de emergencia es la prevención

También se decía que es fundamental establecer una partida presupuestaria en los presupuestos del Ayuntamiento para los recursos movilizables propios “ya que habrá personas que van a asumir nuevas funciones y responsabilidades, así como para el mantenimiento de los medios materiales existentes o adquisiciones futuras” y además un calendario de implantación.

En diciembre, Arrecife aprobó de forma definitiva el PEMU y estimó parcialmente las alegaciones del Consorcio en base a un informe técnico del oficial de la Policía Local de Arrecife y coordinador de Protección Civil en el que, por otra parte, no se concreta qué alegaciones se estiman y cuáles no.

En su informe señalaba que las alegaciones “son realizadas para el constructo del PEMU de Arrecife como instrumento orgánico y funcional de la Administración Local para dar respuesta a las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública” pero que no deben ser óbice dichas alegaciones para su aprobación porque el Ayuntamiento “tiene una gran capacidad para la respuesta ante eventualidades y un gran equipo para la consecución de objetivos a corto, medio y largo plazo”, además de que el Plan “se revisará cada año”.

Prevención

La Ley española pone el énfasis, en su preámbulo, en la función de los planes de seguridad y emergencias, sin especificar cuáles, en la prevención. También habla de la inmediatez y de la coordinación de los recursos humanos como elementos esenciales para que funcione el sistema. Esta Ley obliga al desarrollo de los planes territoriales, tanto de ámbito municipal como insular, en el caso de Canarias, o autonómico.

Obliga a establecer recursos, tanto humanos como materiales, para mitigar los riesgos. Debería servir para dejar claro a quién se debe activar en cada caso. Fuentes de Protección Civil señalan que no se trata de que haya muchos recursos o muchas dotaciones, sino de que el plan establezca cuáles son esos recursos y cuál debe ser la coordinación, es decir, a quién se puede recurrir y quién debe tomar el mando en cada situación.

El PLATECA señala, sobre los planes de emergencias municipales, que “contemplarán los riesgos que inciden sobre un determinado municipio y la forma de combatir los accidentes derivados de ellos, para lo cual, conjugarán los recursos materiales y humanos municipales y los aplicarán a las consecuencias del siniestro, estableciendo el organigrama de mando en caso de emergencia, y los procedimientos operativos”.

Debe establecer el Catálogo de medios y recursos movilizables, el inventario de riesgos, las directrices de funcionamiento, los criterios de movilización y la estructura operativa de los distintos servicios que hayan de intervenir en cada emergencia.

Una de las figuras clave en los Pemus es el director técnico, que debe ser personal técnico de cada municipio. Por otro lado, la Ley de Protección Civil faculta a los alcaldes a solicitar o declarar la activación de los Pemus “en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública”.

El PEMU determina la estructura jerárquica y los recursos y medios

El PEMU se define en la ley canaria como “el mecanismo que determina la estructura jerárquica y funcional de las autoridades y organismos llamados a intervenir, y establece el sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto públicos como privados ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública” y su objetivo es el de dar una respuesta “minimizando el daño a las personas, el medio ambiente y las riquezas o bienes de todo tipo que puedan ponerse en peligro”.

La estructura organizativa del PEMU se apoya en cuatro tipos de órganos que agrupan a todos los participantes contemplados en el Plan: órganos de dirección, de apoyo, de coordinación operativa y de intervención operativa.

En este caso, el Cabildo no cuenta ahora con un órgano de coordinación operativa (CECOPIN) que debe tener tres salas: el centro de coordinación o planificación operativa, el centro de transmisiones y el de información. Tampoco cuenta con un Puesto de Mando Avanzado (PMA), que se puede activar en medio de una emergencia. Ese Puesto es el centro de mando de carácter técnico que se constituye próximo al lugar del siniestro, y desde el que se dirigen y coordinan las actuaciones de los grupos de acción, de acuerdo con las órdenes emanadas del director del Plan.

Por su parte, el Consorcio de emergencias asegura que los Pemus sí están aprobados en todos los ayuntamientos “pero no están actualizados” a la nueva normativa. Señalan que hay que esperar al final de año a que el PLATECA se renueve con unas actualizaciones que van a cambiar el sistema de alertas, y que después habrá que renovar también el PEIN. Respecto al Cecopin, señala el Consorcio que sí existe con un servicio de 24 horas “que se va a perfeccionar con el futuro retén de Tías, actualizando el sistema a la última generación”. Asegura también el Consorcio que sí hay Puesto de Mando Avanzado “operativo al completo”.

Comentarios

tercermundista
Los políticos no velan por nuestra seguridad. La carencia de los PEMUS es otra muestra de su desidia hacia la seguridad de sus vecinos. Sigamos votando a mediocres, y un día lo pagaremos caro.

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