Fue enviado por la jueza Lucía Barrancos en 2011

Anulada la negativa del CGPJ a entregar a Machín un informe sobre el ‘caos’ en Unión

Antonio Machín, cuando fue detenido en abril de 2010 en el marco de la operación Jable / Foto: De la Cruz.
M.R. 0 COMENTARIOS 20/03/2014 - 08:48

El Tribunal Supremo ha dado la razón a Antonio Machín, ex concejal del PIL en el Ayuntamiento de Arrecife, que fue detenido y llegó ingresar en prisión provisional en el marco del caso Unión, y ha anulado un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, que le negó un informe de la jueza Lucía Barrancos sobre el estado del sumario.

Barrancos, que estuvo al frente de la causa de corrupción tras el primer instructor, César Romero Pamparacuatro, remitió en noviembre de 2011 un escrito al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para delimitar su responsabilidad con respecto a la instrucción llevada a cabo por su antecesor.

La jueza se quejaba en ese escrito, según publicó entonces La Provincia, del “desorden y caos” en la instrucción hasta mayo de 2011, cuando el Consejo General del Poder Judicial denegó a Pamparacuatro la comisión de servicios para continuar instruyéndolo.

El escrito de la jueza Barrancos fue enviado al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial y la comisión disciplinaria del Poder Judicial, el 24 de julio de 2012, decidió el archivo del procedimiento abierto –información previa 382/2012- relativo al Juzgado número 5 de Arrecife, al no encontrar elementos para imponer ningún tipo de sanción.

La jueza Lucía Barrancos quiso delimitar ante el Poder Judicial su responsabilidad en la instrucción del caso

Este archivo fue recurrido ante el Supremo por la defensa de Antonio Machín, que reclamaba que se le entregase el escrito presentado por la jueza Barrancos. La intención del imputado es utilizarlo en su defensa. Se consideró “con interés legítimo y directo en conocer” su  “contenido”.

“Habiendo sido imputado, detenido, ingresado en prisión y sometido a otras medidas restrictivas de su libertad personal, no le resulta indiferente, irrelevante o baladí, sino, antes al contrario, muy importante para el ejercicio adecuado de sus derechos, las causas de que la instructora” Lucía Barrancos “no se responsabilice de la instrucción del anterior responsable del procedimiento”, señala la defensa de Machín.

En su demanda, también planteó su interés por conocer por qué la jueza Barrancos “se ha sorprendido con lo que se ha encontrado en el mismo, así como tener cabal conocimiento de los motivos por los que aquella se escandaliza con referencia a lo que hizo o dejo de hacer su antecesor, siendo verdaderamente transcendente saber en qué consiste el caos denunciado y la falta de justificación para algunas de las medidas tomadas o dejadas de tomar”.

El Supremo reconoce el "interés legítimo" del imputado por un escrito que critica cómo se llevó el caso Unión

En su sentencia, el Tribunal Supremo reconoce que es “indudable el interés legítimo” de Antonio Machín,  “pues el documento solicitado, (de existir, cuestión sobre la que, insistimos, no nos pronunciamos) puede ser de clara utilidad para la defensa de sus derechos” en el caso Unión “en que se hallaba comprometido”.

El Supremo considera que no debió ser la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial la que negase el escrito de la jueza Barrancos solicitado por la defensa de Antonio Machín, por lo que sentencia que “el órgano competente” del Poder Judicial resuelva sobre la petición de la defensa de Machín.

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