TRIBUNALES

En libertad los presuntos violadores de la patera de Lanzarote: La Fiscalía pide una reforma legal

Un juez de Violencia contra la Mujer de Arrecife ha puesto en libertad a los tres inmigrantes a los que una compañera de patera acusaba de haberla violado en alta mar

EFE 0 COMENTARIOS 26/09/2026 - 11:27

La Fiscalía de Canarias ha solicitado a las Cortes Generales una reforma legal que le permita perseguir determinados delitos cometidos en las pateras con destino a España aunque ocurran en aguas internacionales, tras verse obligada a recomendar la libertad de tres presuntos violadores.

Según adelanta la Voz de Lanzarote y han confirmado a EFE fuentes judiciales, un juez de Violencia contra la Mujer de Arrecife (Lanzarote) ha puesto en libertad a los tres inmigrantes a los que una compañera de patera acusaba de haberla violado en alta mar, durante su travesía desde Tan-Tan (Marruecos) a la isla canaria.

La denuncia de la mujer contaba con el apoyo de otro de los pasajeros de la embarcación, que corroboró los hechos como testigo.

Los sospechosos son dos ciudadanos malienses y uno burkinés de 21, 25 y 30 años rescatados por Salvamento Marítimo en la madrugada del 16 de septiembre, en una neumática al nordeste de Lanzarote. Para los tres, el juez de guardia había dictado prisión provisional.

Sin embargo, la propia nota de prensa de la Policía que confirmaba las detenciones precisaba que los hechos habían ocurrido en "aguas internacionales". Y la posición del rescate facilitada por Salvamento Marítimo situaba su barca a 131 kilómetros de Canarias.

Todo ello ha sido clave para que la propia Fiscalía haya recomendado al Tribunal de Instancia de Lanzarote (plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer) que ponga en libertad a los sospechosos, porque considera que España no es competente para juzgarlos y para perseguir el delito que supuestamente cometieron.

La Fiscalía recomienda una reforma legal que permita a España juzgar también tipo de delitos cometidos en una patera o en un cayuco si se entiende que se dirige a sus costas

Con carácter general, los tribunales españoles solo tienen competencia para juzgar los delitos cometidos en España, incluidas sus aguas territoriales. Si el ilícito ha ocurrido fuera de sus fronteras, también pueden perseguirlo si el autor o la víctima son españoles o los hechos sucedieron en un barco o avión español.

En los delitos de violencia sexual, el Convenio de Estambul permite extender esa competencia a casos con autor o víctima extranjera, pero que tenga residencia habitual en España. Ninguna de esas circunstancias se daba en este caso denunciado en Lanzarote: ocurrido en aguas internacionales, en una embarcación sin bandera y con víctima y sospechosos extranjeros, sin residencia en España.

Una fiscal directamente implicada en el caso ha confesado a EFE lo "impotentes" que se sienten como representantes del Ministerio Público y como mujeres en supuestos como este, en el que la violación denunciada por una mujer cuenta incluso con testigos que la corroboran, pero no pueden actuar por falta de jurisdicción.

En el recurso que la Fiscalía presentó ante el Tribunal de Instancia de Lanzarote para pedir la liberación de los detenidos, el Ministerio Público advierte a los legisladores de este 'agujero' en la normativa y les aconseja que emprendan una reforma legislativa.

Recuerdan, al respecto, que tras la crisis de los cayucos de 2006, el Congreso reformó la ley a propuesta de la Fiscalía de Las Palmas para poder sentar en el banquillo a los patrones de las embarcaciones que traían inmigrantes irregulares a España, aunque su delito se hubiera cometido en aguas internacionales.

Pide utilizar la misma presunción legal que se adoptó en 2007 para perseguir a los patrones de las embarcaciones

Desde 2007, esa reforma legal atribuye a España competencia sobre esos hechos porque presume que la embarcación se dirige a sus costas, lo que le permite perseguir tanto el mero acto de gobernar o dirigir la patera (delito contra los ciudadanos extranjeros), como los hechos que se deriven directamente de él, como una muerte por naufragio o sed (catalogados como homicidio por imprudencia).

Sin embargo, quedan fuera del alcance de los tribunales españoles otros casos que se han denunciado en algunas ocasiones al llegar las pateras a los puertos canarios: como asesinatos cometidos por personas que no eran los patrones o agresiones sexuales.

Tras este caso de Lanzarote, la Fiscalía recomienda una reforma legal que permita a España juzgar también tipo de delitos cometidos en una patera o en un cayuco si se entiende que se dirige a sus costas, con la misma presunción legal que se adoptó en 2007 para perseguir a los patrones de las embarcaciones.

Añadir nuevo comentario