ACTUALIDAD

La Justicia rechaza que el Consorcio del Agua pague ocho millones a Canal Gestión por pérdidas durante la pandemia

La sentencia desestima la reclamación de la antigua concesionaria para restablecer el equilibrio económico-financiero del contrato, según ha informado el Cabildo

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 19/09/2026 - 12:16

El Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado el recurso presentado por Canal Gestión Lanzarote contra el Consorcio del Agua de Lanzarote, en el que la antigua concesionaria reclamaba 8.081.454 euros por la pérdida de ingresos que aseguraba haber sufrido durante la pandemia de Covid, según ha informado el Cabildo de Lanzarote.

La sentencia, dictada el pasado 15 de septiembre, declara ajustada a Derecho la desestimación de la reclamación de la empresa y rechaza que el Consorcio tenga que afrontar el pago solicitado.

Canal Gestión reclamaba el restablecimiento del equilibrio económico-financiero del contrato por la caída de la actividad turística durante la pandemia y la consiguiente reducción de los ingresos procedentes de la tarifa industrial y turística.

La empresa solicitaba una compensación por las pérdidas que afirmaba haber sufrido entre el 14 de marzo de 2020 y el 9 de mayo de 2021.

Canal Gestión reclamaba 8.081.454 euros por la caída de ingresos que atribuía al descenso de la actividad turística entre marzo de 2020 y mayo de 2021

Según la información facilitada por el Cabildo, el Consorcio del Agua se opuso a la reclamación al considerar, entre otras cuestiones, que el servicio público continuó prestándose durante el estado de alarma y que no se produjo una imposibilidad total o parcial de ejecutar el contrato.

El Consorcio defendió también que la concesionaria había calculado el supuesto desequilibrio atendiendo a los ingresos dejados de percibir, pero sin considerar adecuadamente la reducción de costes asociada al descenso de la producción y del consumo de agua.

La sentencia desestima el recurso de Canal Gestión Lanzarote y declara ajustada a Derecho la actuación del Consorcio del Agua.

La resolución no impone las costas del procedimiento a ninguna de las partes y contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de quince días.

La resolución no impone las costas a ninguna de las partes y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias

El presidente del Consorcio del Agua de Lanzarote, Oswaldo Betancort, destacó el “impecable trabajo realizado por los servicios jurídicos del Cabildo” y valoró la sentencia como “un importante respaldo a la defensa de los intereses públicos realizada por el Consorcio, porque evita que más de ocho millones de euros tengan que salir de las arcas públicas para atender una reclamación que ahora la Justicia considera que no procede”.

Por su parte, el consejero de Aguas del Cabildo de Lanzarote, Domingo Cejas, señaló que “la sentencia es muy clara al considerar que el servicio siguió prestándose durante la pandemia y que una caída temporal de los ingresos no puede equipararse automáticamente a una ruptura del equilibrio económico de una concesión de treinta años”.

Añadir nuevo comentario