ACTUALIDAD

El fiscal considera “sospechosa” a Dolores Corujo en el caso de los cobros de Sosa y remite la investigación a la Fiscalía del Tribunal Supremo

La Fiscalía aprecia “indicios compatibles” con la prevaricación y no descarta la conexión con otros delitos como malversación, falsedad documental y fraude a la Administración

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 03/07/2026 - 12:31

La Fiscalía de Arrecife ha acordado remitir a la Fiscalía del Tribunal Supremo las diligencias de investigación abiertas sobre la situación administrativa y retributiva del exconsejero Juan Manuel Sosa en el Cabildo presidido por la socialista María Dolores Corujo, que ahora se encuentra aforada.

La resolución del Ministerio Fiscal aprecia "indicios racionales de posible participación” de Dolores Corujo “en los hechos investigados”. Al ser en la actualidad diputada del PSOE en el Congreso es competente para la investigación la Fiscalía del Tribunal Supremo.

El fiscal le atribuye, "a los solos efectos de determinar la competencia para la continuación de la investigación", la condición de "persona sospechosa" en relación con los hechos investigados.

Precisamente sobre los hechos objeto de la investigación, el fiscal señala que “presentan indicios compatibles” con “un eventual delito de prevaricación administrativa”, que sanciona a la autoridad o funcionario que, a sabiendas de su injusticia, dicta una resolución arbitraria.

El fiscal identifica en su resolución a esa autoridad pública con Dolores Corujo, cita un decreto de 2021 de la entonces presidenta sobre la dedicación y retribuciones de Sosa y señala como “posible arbitrariedad” que el acto “habría reconocido o confirmado una situación de dedicación exclusiva con efectos retroactivos pese a la inexistencia de acuerdo plenario”.

Añade también que el decreto de Corujo se dictó “pese a la pérdida del requisito esencial de la portavocía” de Juan Manuel Sosa, que había dejado de ostentar del grupo de CC al pasarse al equipo de gobierno, y “pese a advertencias y reparos incorporados al expediente”.

La investigación se eleva a la Fiscalía del Supremo por la condición de aforada de Corujo y en el acuerdo se apunta a “indicios racionales” de su “posible participación” en los hechos

El fiscal destaca que el decreto permitió efectos jurídicos y económicos favorables a Juan Manuel Sosa y añade que la posterior incoación, en la actual legislatura, de un expediente de reintegro por un importe de 297.150 euros "refuerza la relevancia económica de los hechos investigados".

Sobre el “conocimiento de la injusticia” del decreto firmado por Corujo, el fiscal apunta que “puede inferirse”, en esta fase de la investigación, por su “condición institucional” como presidenta del Cabildo y del “conocimiento formal” de que Sosa ya no era portavoz de CC, “de las advertencias dirigidas a la Presidencia” o “de los reparos de Intervención”.

Acto seguido, el fiscal aclara: “No se afirma con ello la existencia de responsabilidad penal, sino la concurrencia de indicios racionales suficientes para considerar que los hechos deben ser investigados por el órgano competente”.

Prevaricación y otros delitos

No obstante, también subraya que aunque la presunta prevaricación “se aprecia con mayor nitidez” en esta fase de la investigación, “no puede descartarse”, a medida que avance, los hechos pudieran “presentar conexión con otros tipos penales”, como “malversación de caudales públicos, en la medida en que la resolución investigada pudo permitir el mantenimiento de percepciones económicas indebidas con cargo a fondos públicos”.

Sobre el “conocimiento de la injusticia” del decreto firmado por Corujo, el fiscal apunta que “puede inferirse” por su “condición institucional” y las “advertencias dirigidas a Presidencia”

El fiscal también se refiere a una presunta “falsedad documental, si se acreditara que el decreto [de Dolores Corujo] incorporó como antecedentes informes inexistentes, incompletos o no emitidos en los términos reflejados en la resolución”.

Y, por último, alude a un presunto “fraude a la Administración, si se acreditara una actuación concertada para mantener artificiosamente una situación administrativa carente de cobertura legal”.

“La determinación definitiva de tales extremos excede de las posibilidades de esta Fiscalía de Área desde el momento en que los indicios afectan a persona aforada”, recalca el fiscal de Arrecife.

Origen de la investigación

La investigación tiene su origen en una denuncia presentada por el director insular de Presidencia del Cabildo de Lanzarote, David Monte, sobre la situación de Sosa después de dejar de ser portavoz de Coalición Canaria en el Cabildo, en diciembre de 2019, e incorporarse al grupo de gobierno que formaban PSOE y PP.

No se descarta malversación, “en la medida en que la resolución investigada pudo permitir el mantenimiento de percepciones económicas indebidas con cargo a fondos públicos”

Tal y como destaca la Fiscalía, Sosa accedió a la situación administrativa de servicios especiales, cobrando su sueldo como médico del Servicio Canario de Salud (SCS), por su condición de portavoz del grupo político de Coalición en el Cabildo.

Posteriormente, renunció a esa condición de portavoz mediante escrito de 2 de diciembre de 2019, circunstancia de la que tomó conocimiento el pleno insular el 13 de diciembre de ese mismo año. Pese a ello, Juan Manuel Sosa continuó manteniéndose la situación administrativa de servicios especiales, percibiendo su sueldo como médico.

“Indicios racionales”

El decreto sobre el que pivota la investigación lo suscribió la entonces presidenta del Cabildo el 5 de noviembre de 2021 y mediante el mismo se confirmó el nombramiento de Sosa como consejero con áreas delegadas dentro del grupo de gobierno y se le reconoció, con efectos retroactivos desde el 30 de diciembre de 2019, una situación de dedicación exclusiva y un determinado régimen retributivo.

Se refiere a “falsedad documental, si se acreditara” que el decreto de Corujo incorporó informes “inexistentes, incompletos o no emitidos en los términos reflejados”

“Del examen conjunto de las diligencias practicadas hasta el momento no resulta únicamente acreditada la intervención formal” de Dolores Corujo “como firmante” del citado decreto, “sino que concurren diversos elementos objetivos que, valorados de forma conjunta, permiten apreciar indicios racionales suficientes de su posible participación en los hechos objeto de investigación”.

El fiscal señala que la Ley de la Función Pública Canaria permite acceder a la situación de servicios especiales si se dan determinados requisitos, entre ellos ser portavoz de un grupo institucional insular o el único consejero electo de una candidatura”. Ese “presupuesto jurídico necesario” no se daba en el caso de Sosa después de acceder al gobierno de Corujo.

Una vez perdida esa condición, desapareció "el requisito habilitante" para mantener la situación administrativa reconocida. El fiscal rechaza que los hechos respondan únicamente a una discrepancia interpretativa administrativa y señala que la cuestión penal consiste en determinar si el mantenimiento de esa situación obedeció a un error administrativo o a una actuación consciente de quienes conocían la desaparición del requisito.

Dolores Corujo y Juan Manuel Sosa, en el pasado mandato en el Cabildo.

“Especial relevancia”

En las diligencias en Fiscalía se tomó declaración a la coordinadora de Recursos Humanos del Cabildo, que “efectuó manifestaciones de especial relevancia”, subraya la Fiscalía. Así, que en su departamento “no constaba acuerdo plenario previo reconociendo la dedicación exclusiva” de Sosa.

También se alude a un presunto “fraude a la Administración” si se demuestra “una actuación concertada” para mantener “una situación administrativa carente de cobertura legal”

También aseguró que Recursos Humanos “no habría emitido un informe favorable en los términos posteriormente reflejados en el decreto de Presidencia” emitido por Dolores Corujo en 2021. Y resaltó que “durante la tramitación existieron observaciones e informes de la Intervención General cuestionando la solución finalmente adoptada” por la entonces presidenta del Cabildo.

“Estas manifestaciones resultan coherentes con la documentación administrativa obrante en las actuaciones y constituyen un relevante elemento indiciario a los efectos de valorar la intervención de las distintas personas que participaron en la tramitación y resolución del expediente”, apunta el fiscal.

Añadir nuevo comentario