POLICÍA LOCAL DE ARRECIFE

Los tribunales decidirán si el policía despedido tras resultar herido se puede reincorporar

El Ayuntamiento de Arrecife, a pesar de los informes jurídicos a favor del policía y de un acuerdo plenario, no ha readmitido al agente, cuyo juicio se tenía que haber celebrado a comienzos de octubre

Saúl García 0 COMENTARIOS 09/10/2018 - 07:49

Al final tendrá que ser el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria el que decida si el policía local de Arrecife Jonathan Rodríguez Llorca se puede reincorporar de nuevo a la plantilla en segunda actividad o no.

Jonathan pertenecía a la Unidad de seguridad ciudadana e intervención y en el año 2015 se lesionó de gravedad en el hombro derecho en acto de servicio, en medio de una pelea cuando intentaba reducir a una persona que portaba un cuchillo.

En este tiempo le han realizado tres operaciones, la Seguridad Social le reconoció una minusvalía del 33 por ciento, le otorgó la incapacidad permanente total y se convirtió en pensionista con 37 años a pesar de que quería seguir trabajando. Pidió su pase a segunda actividad pero el Ayuntamiento, sin tener en cuenta esa petición y sin emitir respuesta alguna, optó por despedirle.

El pasado mes de mayo, Coalición Canaria llevó al pleno del Ayuntamiento una iniciativa que se aprobó con los votos favorables de 14 concejales, el voto en contra de Vecinos Unidos y la abstención del grupo de gobierno y de Ciudadanos, aunque se ausentaron el entonces concejal Víctor Duque y el edil de la Policía Local, David Duarte.

El acuerdo que se tomó fue el de elevar “de manera urgente al pleno el expediente de segunda actividad”, pero ha llegado la fecha del juicio y no se ha elevado el expediente. Fuentes municipales señalan que ya hay jefe de Recursos Humanos en el Ayuntamiento y que se espera poder agilizar el trámite porque hay que redactar y llevar a pleno el reglamento de segunda actividad.

La vista estaba fijada para el 2 de octubre pero se suspendió por cuestiones médicas. La alcaldesa de Arrecife, Eva de Anta, podía haber optado por no decretar el cese de este agente ya que hay un informe del subcomisario de la Policía Local que propone su pase a segunda actividad y detalla las tareas que Rodríguez Llorca podría desempeñar.

Entre esas funciones cita trabajos administrativos y de gestión de expedientes, de información, atención telefónica, videovigilancia, mantenimiento de equipos informáticos y el estudio y redacción de protocolos de actuación.

El agente también es mediador de conflictos civiles, es estudiante de Informática y está capacitado por el Instituto Nacional de Ciberseguridad como miembro del programa Cibercooperantes para impartir charlas de concienciación en ciberseguridad dirigidas a menores, padres y madres y educadores.

Después de su despido, el Comité de seguridad y salud del Ayuntamiento acordó que se elaborara un informe sobre si es viable que Jonathan compatibilice su situación de incapacidad con otras funciones.

Jonathan se lesionó de gravedad en acto de servicio, cuando intentaba reducir a una persona que portaba un cuchillo

De Anta lo pidió al departamento de asistencia a municipios del Cabildo de Lanzarote y ese informe jurídico, elaborado por Leopoldo Díaz, señala que es posible que el agente, a pesar de estar jubilado, se reincorpore y pase a trabajar en segunda actividad, y añade que el hecho de que Arrecife no tenga Reglamento de organización ni tenga publicada su Relación de puestos de trabajo de 2008 no es obstáculo.

Es más, afirma que, en realidad, como el Ayuntamiento no contestó en el plazo de tres meses, el solicitante ya tenía reconocido por silencio administrativo positivo su pase a la segunda actividad, aunque debería haber una resolución expresa posterior que lo dictara y otra dejando sin efecto el decreto de cese.

El informe concluye que la segunda actividad es compatible con la incapacidad permanente total ya que la legislación prevé esa posibilidad cuando haya disminución de la capacidad física de los policías, sin concretar el grado de incapacidad.

Esa compatibilidad ha sido declarada por diversas sentencias de tribunales superiores de justicia y de la jurisdicción de lo social, incluso con grados de incapacidad permanente más graves que la total, como son la absoluta y la gran invalidez.

El informe señala una cuestión que se debería resolver previamente. El agente o el Ayuntamiento deberían dirigirse al Instituto Nacional de la Seguridad Social para que aclarase, no el pase a segunda actividad, sino si el policía podría cobrar la pensión y el sueldo como trabajador municipal. En caso de que no fuera así, tendría que renunciar a la pensión.

También haría falta un informe de Recursos Humanos que aclarase si el agente cumple los requisitos para pasar a segunda actividad, aunque todo indica que sería así ya que solo se puede acceder por edad, con más de 57 años, pero también “por una disminución de su capacidad para cumplir el servicio ordinario dentro de la función policial”, que sí cumpliría ya que tiene reconocida una incapacidad.