TRIBUNALES

La sentencia de Unión destaca el “plan urdido” por Dimas Martín y los ediles del PIL para “menoscabar los fondos públicos”

No había control en los contratos, que se daban a aquellos empresarios que accedían “a la entrega de una comisión consistente en un porcentaje del precio de adjudicación”

Dimas Martín, en una de las sesiones del juicio. Foto: Manolo de la Hoz.
Diario de Lanzarote 3 COMENTARIOS 21/09/2019 - 20:47

La sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial relacionada con la pieza de Unión en la que se investigó el cobro de comisiones ilegales en el Ayuntamiento de Arrecife y la financiación ilegal del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) confirma la existencia de un “plan urdido” de forma conjunta por Dimas Martín y varios concejales del PIL para “menoscabar los fondos públicos” del Consistorio capitalino.

En esa estrategia delictiva, la Audiencia involucra al fundador del PIL y a los concejales José Miguel Rodríguez (fallecido), Ubaldo Becerra y Antonio Machín. Los dos primeros ediles confesaron haber cobrado comisiones ilegales, mientras que el tercero defendió su inocencia y ha sido condenado a ocho años y un día de prisión.

La sentencia señala que también se concertaron con el que era interventor del Ayuntamiento, Carlos Sáenz, y los empresarios Antonio Gómez Ruiz, Manuel Gregorio Reina Fabre, Jesús Manuel Martín Brito y Samuel Lemes. Así, provocaron un quebranto a las arcas municipales, “guiados” por “la finalidad de obtener un lucro personal” y para el PIL.

[Noticia relacionada: Dimas Martín, condenado a siete años y cinco meses de cárcel en el caso Unión]

El modus operandi que describe la sentencia, de 243 páginas, incluía eludir “cualquier tipo de control en la adjudicación de los contratos” para dárselos de forma directa “a aquellos empresarios que accedieran a la entrega de una comisión consistente en un porcentaje del precio de adjudicación”.

Las comisiones ilegales “se solicitaba bien como requisito previo a la adjudicación, bien como requisito para el abono de los servicios prestados, abono que se efectuaba con cargo a fondos públicos”, detalla la resolución judicial.

Dimas Martín, condenado a siete años y cinco meses en esta pieza del caso Unión, ejercía entre 2007 y 2009 “una ascendencia total y absoluta sobre los concejales del PIL” y sobre quien fue su mano derecha, Matías Curbelo, que también estuvo acusado pero falleció durante la instrucción. Curbelo fue el tesorero del PIL y el administrador del partido en las campañas electorales.

El fundador del PIL, a pesar de estar inhabilitado para empleo y cargo público, “adoptó decisiones concretas sobre asuntos de índole administrativa” mediante “instrucciones precisas hacía llegar a los concejales” en el Ayuntamiento de Arrecife, “bien por carta, conversación telefónica o en reuniones personales realizadas con frecuencia en distintos establecimientos de la Isla”.

“Afán de lucro personal”

Dimas Martín “no podía intervenir” en la toma de decisiones en el Ayuntamiento por “carecer de cargo en el PIL” o en el Consistorio “y, sobre todo, por estar cumpliendo una pena (entre otras) e inhabilitación absoluta” para empleo o cargo público. A pesar de ello, los concejales del PIL “siguieron las órdenes recibidas” de Dimas, unas “directrices que tenían única finalidad lograr beneficios bien económicos, bien de otra índole, así como conseguir una irregular fuente de ingresos para el PIL”.

Ese “afán de lucro personal”, añade la sentencia, “igualmente guiaba la actuación” de los concejales José Miguel Rodríguez y Ubaldo Becerra, así como la de Matías Curbelo. Los cuatro acusados citados “se confabularon para solicitar comisiones a distintos empresarios, a los que se suponía afines al PIL, bien para que les fueran adjudicadas obras, bien para el cobro de los servicios ya ejecutados”, logrando así “beneficios para sí mismos y para el partido” al que pertenecían.

Los tentáculos de la trama abarcó ámbitos como la contratación del equipo redactor del Plan General de Ordenación, la adjudicación de concursos públicos mediante la “ficción” de un expediente para justificar una decisión ya adoptada, llegando a fraccionar los contratos para “impedir la libre concurrencia de empresas”, eludiendo así el “debido control administrativo”.

Además, se procedió a la contratación irregular de trabajadores en el Ayuntamiento o al “bloqueo y desbloqueo de pagos legítimamente debidos por el Ayuntamiento a los empresarios”. La sentencia considera probado que, “siguiendo las órdenes” de Dimas, los concejales José Miguel Rodríguez y Ubaldo Becerra, así como Matías Curbelo, quien llevaba una “contabilidad paralela del PIL”, se encargaron de “la recaudación del metálico proviniente de las comisiones” que entregaban los empresarios “previa negociación con los concejales”.

Falta de control

La sentencia de la Audiencia Provincial relata que “en muchos casos” se fraccionaban “de forma artificial e indebida” las adjudicaciones, generando de forma irregular contratos menores, “evitando de esta manera la tramitación ordinaria del expediente de contratación, impidiéndose de esta manera la correcta fiscalización de los pagos indebidamente efectuados y la consiguiente contratación pública”.

De esta forma, agrega la sentencia, se enmascaraba “la adjudicación de los contratos a las empresarios dispuestos al abono de comisiones, y sin que en ningún concurrieran otras empresas distintas a las adjudicatarias, llegándose incluso a producirse supuestos de doble facturación o al abono, con cargo a los fondos públicos, de servicios ya prestados”.

En la sentencia se detallan decenas de obras adjudicadas de forma ilegal a las compañías de los empresarios condenados: Manuel Gregorio Reina Fabre, Jesús Manuel Martín Brito, Samuel Lemes y Antonio Gómez Ruiz. En los pagos a sus empresas “no contaban ni la aprobación del gasto, ni presupuesto de obras, ni el proyecto de las obras, ni tan siquiera se identificaba la tramitación llevada a cabo por el Departamento de Compras, dependiente del Departamento de Intervención”.

Los ediles condenados “elegían las empresas a las que se invitaba a la contratación sin que fuera llamada ninguna otra, procediéndose a la adjudicación sin ningún tipo de control o fiscalización por parte del interventor”, faltando tanto el funcionario como los cargos públicos al deber de “lealtad en la gestión de los recursos públicos que por sus cargos les correspondía”. Se llegó a utilizar a personal auxiliar del Ayuntamiento para que “estamparan su firma como si fueran técnicos” para “avalar” la “ilícita adjudicación” de contratos.

Indemnizaciones al Ayuntamiento de Arrecife

La sentencia establece una serie de indemnizaciones al Ayuntamiento de Arrecife: 33.065 euros que deben abonar en partes iguales Dimas Martín, Ubaldo Becerra, Carlos Sáenz y el empresario Antonio Gómez Ruiz, y 9.639 euros por los mismos cargos y trabajadores públicos pero con el empresario Manuel Gregorio Reina Fabre.

En cuanto a la indemnización de 79.406 euros relacionada con el empresario Jesús Manuel Martín Brito, también deben pagar Dimas Martín, Antonio Machín y Carlos Sáenz. Por último, otra indemnización de 7.875 euros debe ser abonada por el empresario Samuel Lemes, Dimas Martín, Ubaldo Becerra y Carlos Sáenz.

Comentarios

Y ¿el resto de los concejales no sabían nada , sino que lo único que hacen en ese ayuntamiento es medrar?
Al hilo de la consulta de "Pregunta". ¿Y qué funcionarios y concejales intervinieron en la concesión de las licencias de segregación y de obra de La Bufona? Lo propietarios de las casas tienen derecho a conocer quiénes son los responsables de la situación de sus viviendas.
¿Por qué no están presos: Manuel Gregorio Reina Fabre, Jesús Manuel Martín Brito, Samuel Lemes y Antonio Gómez Ruiz?, este último en República Dominicana en plena libertad.

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