EL PASEO | 'Apuntes' por Saúl García |
El Juzgado considera que los exconsejeros Meca y Ramírez no estaban legitimados para ejercer la acusación popular y absuelve a los acusados al pedirlo la Fiscalía

La jueza no entra en el fondo de la incautación de la desaladora y absuelve a San Ginés
El Juzgado considera que los exconsejeros Meca y Ramírez no estaban legitimados para ejercer la acusación popular y absuelve a los acusados al pedirlo la Fiscalía
El expresidente del Cabildo de Lanzarote Pedro San Ginés (CC) ha resultado absuelto en el caso de la incautación de la planta desaladora de la empresa Club Lanzarote, promotora de la urbanización Montaña Roja. El Juzgado de lo Penal número tres no ha entrado a valorar el fondo del caso al considerar que la acusación popular no estaba legitimada.
San Ginés fue acusado de un presunto delito de prevaricación, al igual que el exsecretario del Cabildo, Francisco Perdomo, y del exgerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín.
En la fase de conclusiones del juicio, la Fiscalía solicitó la absolución de los acusados, al igual que había hecho al calificar provisionalmente los hechos, si bien siempre se mostró favorable a que se celebrase la vista oral.
La empresa Club Lanzarote, que inició el procedimiento penal con la interposición de una querella tras la incautación de la planta desaladora en septiembre de 2014, con posterioridad se apartó de la causa, tras llegar a un acuerdo para seguir desalando y facturando a través del Consorcio de Aguas.
Por su parte, la acusación popular, ejercida por los exconsejeros Carlos Meca y Pablo Ramírez, que representaron a Podemos en el pasado mandato en la Corporación insular, pidió una pena de inhabilitación de ocho años.
El Juzgado de lo Penal número tres de Arrecife ha condenado en costas a la acusación al considerar que no estaba legitimada y ha evitado valorar tanto los hechos que da por probados en la propia sentencia como las pruebas practicadas en el juicio.
En la sentencia, el Juzgado considera que se personaron en la causa los entonces consejeros Carlos Meca, Pablo Ramírez y Plácida Martín en representación del grupo Podemos en el Cabildo de Lanzarote.
Sin embargo, la representación de la acusación popular esgrimió que habían actuado en todo momento como personas físicas de forma individual.
Cuestiones previas aceptadas
La jueza María Luisa Moreno señala que, si se interpreta que Meca y Ramírez representaban a Podemos dejaron de hacerlo cuando perdieron la condición de consejeros al finalizar el pasado mandato.
Y, en el caso de interpretar que ejercían la acusación popular como personas físicas, “para ello debían haber presentado querella y fianza o bien escrito de adhesión a alguna acusación personada antes del juicio oral”, añade la sentencia.
Con estos argumentos, la jueza aceptó la cuestión previa planteada por las defensas de los acusados al inicio de la vista oral, evitando entrar en el fondo del asunto y en la presunta prevaricación denunciada por la incautación de la planta desaladora de la urbanización Montaña Roja.
La representación de Meca y Ramírez, que se mantuvieron hasta el final del procedimiento penal, recalcó que su personación a título individual estaba avalada por el juez instructor de la causa y que no fue rechazada tampoco por la Audiencia Provincial ni por la Fiscalía.
Contra la sentencia, en la que la jueza aprecia una “temeridad o mala fe en la actuación” de los exconsejeros de Podemos y les impone las costas del procedimiento, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Comentarios
1 Meca go Mar, 21/06/2022 - 09:44
2 Jota Mar, 21/06/2022 - 10:29
3 Anónimo Mar, 21/06/2022 - 10:32
4 Libra Mar, 21/06/2022 - 11:36
5 Ginesteando Mar, 21/06/2022 - 12:03
6 Federico Mar, 21/06/2022 - 13:19
7 adivinanza Mar, 21/06/2022 - 13:59
8 Amor Mar, 21/06/2022 - 14:02
9 La realidad. Mar, 21/06/2022 - 19:50
10 Mario Mar, 21/06/2022 - 19:57
11 Risco Mié, 22/06/2022 - 00:16
12 Ahul Mié, 22/06/2022 - 13:00
13 Seifijo Mié, 22/06/2022 - 18:20
14 Martín Fernández Lun, 27/06/2022 - 14:33
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