TRIBUNALES

La Audiencia Provincial cierra la puerta a que Marina Rubicón pueda recurrir la sentencia del caso Yate que lo declara ilegal

En un auto, recuerda que tuvo “más de 10 años” para personarse y que conocía la causa al haber estado imputado su consejero delegado, Rafael Lasso

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 06/07/2018 - 06:59

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado el intento de la empresa propietaria del puerto deportivo Marina Rubicón de recurrir la sentencia del caso Yate, dictada en abril del año pasado, que declaró ilegal y anuló la licencia concedida por el entonces alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes.

El exalcalde fue condenado a seis años de cárcel por prevaricación, malversación, cohecho, blanqueo de capitales y negociaciones prohibidas para funcionarios públicos. La sentencia del caso Yate, que se inició por una querella del socialista Carlos Espino, anuló más de 40 licencias otorgadas por Reyes, entre ellas la del citado puerto deportivo.

La sentencia del caso Yate, que es firme, además de considerar que Reyes había prevaricado con la concesión de la licencia de Marina Rubicón, tiene en cuenta que el exalcalde confesó haber recibido “dádivas” valoradas en “más 60.000 euros” de los propietarios del puerto deportivo.

La empresa propietaria del Marina Rubicón se dirigió en julio del año pasado a la Audiencia Provincial para que se le notificase la sentencia del caso Yate y luego planteó un recurso de casación, que ahora ha sido rechazado de plano por la Audiencia. A los promotores solo les queda plantear un recurso de queja ante el Tribunal Supremo.

En un auto dictado este lunes, la Audiencia señala que el intento de personación de la empresa del puerto deportivo en el caso Yate, que ya está en fase de ejecución de las condenas, para recurrir en casación la sentencia, no tiene fundamento legal.

Así, la Audiencia destaca que la notificación “no le faculta a interponer el recurso de casación que pretende” y subraya que la empresa no fue “parte” en el procedimiento penal ni se personó durante los “más de 10 años” que duró la causa.

De hecho, la Audiencia recalca que desconoce “en qué concepto se pretende personar” ahora el puerto deportivo Marina Rubicón y deja claro que “no existe precepto alguno que posibilite interponer recurso de casación al que no ha sido parte en el procedimiento”.

El fiscal señaló que quien representaba a la empresa, Rafael Lasso, que era el consejero delegado y quien solicitó la licencia para la construcción del puerto deportivo, declarada nula en el caso Yate, declaró como imputado en noviembre de 2011. Su declaración versó sobre la licencia, “cuyo otorgamiento obedeció a la comisión de un delito de prevaricación urbanística, reconocido por el alcalde que la concedió”.

Por lo tanto, subraya la Audiencia, la empresa del puerto deportivo era “conocedora de la existencia del procedimiento”, al haber estado imputado su consejero delegado hasta julio de 2012. Ahora, la empresa pretendía solicitar que el procedimiento retrocediera y se interrumpiera la ejecución de la sentencia.

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