TRIBUNALES

La Audiencia Provincial expulsa a la polémica asociación Jiménez de Asúa del caso Montecarlo

El tribunal advierte la "inexistencia de un interés legítimo y concreto" en la causa del colectivo, que se querelló contra Pamparacuatro, trató de apartar a la jueza Silvia Muñoz de Unión y pretendió, sin éxito, la disolución de Transparencia

Saúl García 2 COMENTARIOS 10/09/2018 - 11:07

La sección primera de la Audiencia Provincial de Las palmas ha decidido que la polémica asociación de juristas Jiménez de Asúa no podrá ejercer la acusación popular en el caso Montecarlo. El Juzgado de instrucción número 4 de Arrecife ya le había negado esta posibilidad, que confirma ahora la Audiencia.

Señala la Audiencia que no es aceptable la acción popular como garante del proceder de la actuación de la Fiscalía o de la propia Administración de Justicia porque "no puede erigirse en mecanismo de control sobre el poder judicial".

Y más cuando se trata, añade la Audiencia, de personarse en causas cuya instrucción ya ha comenzado "para evitar tener que formalizar fianzas con las que responder de las resultas del proceso, pero condicionando luego sobremanera su marcha instando la práctica de diligencias que necesariamente han de alargar la causa y lo que resulta más sustancial, formalizando pretensiones acusatorias al margen de cuál sea el criterio de la acusación pública".

También destaca sobre la acción penal que se trata de que la ejerzan entidades que ostentan un funcionamiento real encaminadas a la defensa de un interés específico y con carácter transversal, "de modo que no estamos ante asociaciones o personas jurídicas que nacen sin más vocación que la de instar acciones ante los tribunales sino que desarrollan actuaciones en otros ámbitos, como el político, social o administrativo" y pone de ejemplo a asociaciones de víctimas o de afectados por la colza.

Señala el auto que en este caso concreto basta con leer los fines de los Estatutos de la asociación Jiménez de Asúa para advertir la "inexistencia de un interés legítimo y concreto en esta causa", porque se definen unos objetivos genéricos que no dejan de ser una declaración programática "y se erige en una especie de garante de la limpieza de los procesos judiciales y el cumplimiento de las garantías procesales en donde pudiere haber actuaciones judiciales irregulares o que no respeten las garantías constitucionales".

"Asociación meramente instrumental"

Jiménez de Asúa es, para la Audiencia, "una asociación meramente instrumental con un ideario genérico que no posibilita un encuadre objetivo en el marco de esta causa penal". Así, la Audiencia señala que Jiménez de Asúa no defiende bienes jurídicos específicos como lo hacen las asociaciones ecologistas, "con estructuras de funcionamiento real y transversal".

Además, en su resolución judicial señala que la acción popular no es un derecho fundamental sino que está limitado y "permite conjurar el riesgo de accionantes como el presente que se limitan a un ideario genérico que bien pueden esconder intereses diversos a la pura defensa de lo que se proclama en un ámbito tan sensible como es el procedimiento penal".

"Mala fe"

Esta asociación se creó en Gran Canaria en 2015 para personarse en casos de corrupción en Lanzarote. En lugar de acusar, se querelló contra el juez Pamparacuatro y contra el secretario judicial y los agentes de la UCO que investigaron el caso e intentó apartar a la juez Silvia Muñoz del caso Unión. La querella se archivó por el Tribunal Superior de Justicia y la Audiencia Provincial rechazó por "mala fe" la recusación.

En varias piezas pidió que se anulara el auto de apertura de juicio oral y también pidieron la disolución de Transparencia Urbanística. No han tenido éxito en ninguno de estos casos.

Comentarios

A esa asociación se le conoce en los ámbitos judiciales por el descriptivo nombre de "La Rosa Nostra" ... aunque también hay quien le encuentra semejanzas con la "flor de Lis" ... hasta el punto de que otros ven en ella un injerto de ambas flores, de las que nacen ese tipo de capullos !!!
colgaos

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