Conflicto en los Centros Turísticos

Intervención señala que "no es posible" pagar lo que piden los trabajadores hasta que se resuelvan sus demandas individuales

Rueda de prensa del comité de huelga. Foto: De la Cruz.
Diario de Lanzarote 4 COMENTARIOS 26/09/2017 - 18:00

El departamento de Intervención del Cabildo de Lanzarote considera en un informe sobre la propuesta negociada entre el comité de huelga de los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT) y los partidos de la oposición que "no es posible ordenar el pago" de las cantidades que reclaman los trabajadores "hasta tanto no se resuelvan las demandas de carácter individual" planteadas por los empleados sobre el incumplimiento que denuncian del convenio colectivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó sentencia el pasado mes de noviembre en el que concluyó que los trabajadores que estaban en la plantilla cuando entró en vigor el convenio colectivo, en el año 2014, tenían derecho a percibir tres pluses salariales (de transporte, disponibilidad y lavado de ropa) también durante el mes de vacaciones.

La dirección del ente público ha interpretado que, con la sentencia en la mano, tiene que pagar los citados pluses los 12 meses en vez de 11, pero descontando esa cantidad del denominado complemento personal, del que disfrutan los empleados que ya estaban en la plantilla en 2014 para no perder poder adquisitivo con el nuevo convenio colectivo.

En cambio, en la propuesta negociada entre el comité de huelga y los partidos de la oposición se especificaba que se abonarían los pluses, como sentenció el TSJC, pero "sin descontar dicha cuantía del complemento personal", así como esa cuantía económica "se continuará percibiendo durante la totalidad de la vigencia del convenio".

En su informe, el departamento de Intervención del Cabildo destaca la "indiscutible vinculación" que existe entre la sentencia del TSJC con los "conflictos individuales" planteados por los trabajadores en los tribunales, pendientes de que se celebren los correspondientes juicios. Los representantes de la plantilla han denunciado que el ente público ha calculado de forma errónea el complemento personal, mientras que la dirección de los Centros sostiene que los errores han afectado a unos "tres trabajadores de 300" y que "ya se han corregido".

El acuerdo negociado entre comité de empresa y oposición para finalizar la huelga, que se prolongó durante 20 días, incluía el abono de 383,24 euros a cada trabajador por el año 2015, 387 euros por el año 2016 y 175,95 euros por el año 2017, en concepto de pluses salariales no percibidos. Además, se dejaría sin efecto el descuento de 35,19 euros cada mes del complemento personal.

El acuerdo "supondría adelantar un pago"

El informe de Intervención, solicitado tras la petición del pleno extraordinario por la oposición el pasado 1 de septiembre, resalta que los trabajadores tienen un "derecho adquirido" por la sentencia del TSJC, que "ha supuesto una variación de la retribución anual" a percibir. Frente a ello, la entidad pública procedió a 'recalcular' el complemento personal para "no provocar un incremento de las retribuciones en su conjunto" que superasen lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

"El criterio de Intervención -subraya en su informe- es el mismo que el del juzgador en el sentido de que debe ser objeto de resolución vía demandas individuales". "Si no", añade, "la propuesta formulada" por los trabajadores "supondría adelantar un pago" por algo que se encuentra pendiente de la Justicia hasta que se resuelvan las demandas de cada empleado. En ese sentido, concluye que "habrá que estar a lo que determinen las sentencias de las demandas individuales".

Por otro lado, Intervención concluye que "cualquier abono" a los trabajadores "superior al establecido en el convenio colectivo supone un aumento del gasto que contraviene la Ley de Presupuestos Generales del Estado".

"No obstante", añade, el propio informe de los servicios jurídicos externos de los Centros Turísticos, el bufete Garrigues, "reconoce que en ejecución de sentencia es posible no aplicar la Ley de Presupuestos". De tal manera que en "en el caso" de que las sentencias de las demandas individuales no suponen un incremento de las retribuciones sino la cuantificación de un derecho, "la propuesta resultaría ajustada a la legalidad" como "interpretación de la aplicación del convenio colectivo".

 

Comentarios

Ja ja la interventor no dice nada, no se quiere mojar, dice que espera lo que diga el juez y el Presidente presumiendo de inforne
Otro numerito del circo del presidente y los lacayos bailandole el agua porque si no ya saben lo que hay. Los castiga en el cuarto de los ratones.
Que la interventora no dice nada ? Ja ja . La interventora dice exactamente lo mismo que vienen diciendo el presidente y el Consjero hace meses. Que hay que esperar por sentencia o nada.
Había una vez!!!! Un circo! !!

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