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El TSJC anula la reestructuración de la Policía Local de Arrecife

Diario de Lanzarote 2 COMENTARIOS 01/08/2018 - 10:30

El concejal de Vecinos Unidos, Andrés Medina, ha comunicado que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha "anulado" la reestructuración y el sistema de trabajo de la Policía Local y la Unidad de Seguridad Ciudadana e Intervención ordenada por el jefe del cuerpo. “Con el agravante de que la representación del Ayuntamiento no acudió al juicio”, explica el edil.

Vecinos Unidos recuerda que en julio de 2017, el actual jefe de la Policía Local de Arrecife emitió un comunicado oficial poniendo en funcionamiento la USCI (con unas condiciones de trabajo diferenciadas del convenio firmado) alegando que “por razones de operatividad y eficiencia y para mejorar los parámetros de eficacia en el servicio, se procederá a realizar una reestructuración de la plantilla”. Posteriormente, el 21 de agosto de 2017, en un nuevo comunicado “asignó en algunos casos, turnos de mañana y tarde y, sólo de forma excepcional, la realización de turnos de noche”, pero “varió, en algunos supuestos, la regla habitual de 6 días de trabajo efectivo y 4 días de descanso e indicó, en otros, que el horario de trabajo sería posteriormente comunicado por los mandos encargados de la coordinación”.

Dicha circunstancia ya fue impugnada por Intersindical Canaria y posteriormente denunciada en los tribunales de Justicia porque “no es conforme a derecho, pues se ha omitido la obligación de previa negociación colectiva en la mesa sectorial correspondiente, se ha dictado por órgano incompetente y ha modificado el acuerdo laboral vigente sobre jornada y horario de trabajo”.

El pasado 16 de abril de 2018, Intersindical Canaria aportó ante la autoridad judicial como prueba de las “irregularidades” cometidas por el subcomisario de Policía, el acuerdo del Ayuntamiento de Arrecife, en cuyo apartado 7.1 se establece que “los servicios de los distintos grupos operativos se presentarán en turnos de 8 horas efectivas diarias de acuerdo con la consiguiente distribución:2 turnos de mañana, 2 turnos de tarde, 2 turnos de noche, 1 día de descanso por saliente de servicio de noche y 3 días de descanso consecutivos”.

Un acuerdo, según la citada sentencia, “cuya vigencia actual no ha sido negada por la administración pública demandada”.

El Ayuntamiento no comparece

“Más grave aún es que durante el juicio, el Ayuntamiento no haya comparecido en sala, pese a que fue notificada, con fecha de 12 de febrero de 2018, en la sede de la corporación municipal”, reprocha Andrés Medina.

La sentencia advierte además “el horario de la jornada laboral previamente fijado y a las condiciones de trabajo de los empleados públicos, su modificación no sólo requiere la previa negociación colectiva exigida por el artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015… sino además su aprobación por el órgano competente de la corporación municipal”.

El TSJC declara “no conforme a Derecho el acto administrativo impugnado, por lo que debo anularlo y lo anulo”; ordenando “la retroacción de actuaciones a fin de dar cumplimiento a la obligación en la mesa sectorial correspondiente”.

Vecinos Unidos añade que a pesar de que la sentencia se hizo oficial el pasado 6 de junio de 2018, “el grupo de gobierno ha hecho gala de un mutismo total, dando a entender que no se ha presentado recurso alguno”.

 

Comentarios

Verano calentito, que dice el sr Concejal que la volvió a sacar a la calle, a sabiendas de Su Ilegalidad, tendrá que dimitir, eso espero.
Por qué no se persono el Ayuntamiento?...Sr. Medina por qué no le interesa preguntar eso?.. Está muy bien que facilite la información, pero no le resulta curioso que el Ayuntamiento recurra sentencias, y que en otros asuntos ni se molesté en presentarse?...

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