TRIBUNALES

El TSJC anula la oferta de empleo que derivó en nueve plazas de la Policía Local de Arrecife

El Ayuntamiento lleva desde 2008 sin relación de puestos de trabajo, un instrumento imprescindible para convocar oposiciones, según la sentencia

Incorporación de agentes de la Policía, en agosto del año pasado.
M.R. 7 COMENTARIOS 23/02/2021 - 07:18

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Arrecife correspondiente al año 2019, que se concretó en nueve plazas en la Policía Local: ocho de agente y una de subcomisario.

El sindicato Asipal-CSL impugnó el decreto, dictado en mayo de 2019 por la entonces alcaldesa, Eva de Anta, a través del que se aprobó la citada oferta pública de empleo. El Ayuntamiento rechazó el recurso del sindicato y la impugnación terminó en los tribunales.

La organización sindical alegó que se tenía que anular la oferta pública de empleo al no existir relación de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Arrecife y, por tanto, “por carecer de la base esencial exigida”. Además, argumentó que no se había producido una “negociación colectiva”, entre la institución y la plantilla.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Diario de Lanzarote, el Ayuntamiento reconoce que, tras su anulación en el año 2008, la institución municipal no ha aprobado una nueva relación de puestos de trabajo.

La defensa del Consistorio sostuvo sin éxito que las ofertas públicas de empleo no están vinculadas a la relación de puestos de trabajo “sino a las necesidades y a la plantilla presupuestaria” de la institución.

También trató de que no se tuviera en cuenta el recurso contencioso del sindicato con el argumento de que no se habían impugnado otras ofertas públicas de empleo o, incluso, que la organización de trabajadores no estaba legitimada para alegar “un argumento de legalidad ordinaria” sino solo invocar problemas laborales de los trabajadores.

Sin embargo, el TSJC recalca que las relaciones de puestos de trabajo constituyen el instrumento técnico a través del cual se realiza por la administración, tanto la estatal como la autonómica y la local, la ordenación de su personal de acuerdo con las necesidades de los servicios y los “requisitos exigidos para su desempeño”.

“Ante la inexistencia” de una relación de puestos de trabajo, el Ayuntamiento entregó al tribunal la plantilla con la relación de trabajadores que venía incorporada en los presupuestos del año 2017, que fueron prorrogados en 2018 y 2019.

“Dicha plantilla no cumple con los requisitos” del Estatuto Básico del Empleado Público, “pues no determina las características esenciales del puesto, los requisitos para su ocupación, ni las retribuciones complementarias”, señala el tribunal.

En ese sentido, la sentencia apuna que la documentación entregada por el Ayuntamiento tiene como finalidad, básicamente, la ordenación presupuestaria de la institución, por lo que el listado no puede ser considerado como un “instrumento similar” a la relación de puestos de trabajo ni para justificar la oferta de empleo público.

"Inactividad" del Ayuntamiento desde 2008

Al sindicato, señala la sentencia, tampoco se le puede “reprochar inactividad alguna por no haber promovido la aprobación de una relación de puestos de trabajo”, como llegó a alegar el Consistorio, una “inactividad que, en cambio, sí es imputable al Ayuntamiento”.

Así, “pese al tiempo transcurrido” desde que en 2008 se anuló judicialmente el catálogo de puestos laborales de la institución, el Ayuntamiento “no ha sido capaz de aprobar un nuevo instrumento técnico para la ordenación de su personal, incumpliendo con ello la obligación legal establecida”.

El TSJC indica que la anulación de la oferta pública de empleo no se hace extensiva a las convocatorias que se hayan podido efectuar al amparo de la misma, tal y como instó al final el letrado del sindicato, “pues dichas convocatorias no son objeto” del procedimiento y “no fue solicitado” en la demanda de forma expresa.

Comentarios

Que ya está bien de más enchufados y puestos para vagos....
Muy bien me alegro muchisimooooo que se haga justicia que hay mucha gente preparada que se ha quedado fuera un aplauso y los enchufes no deben existir en una administración pública.
Si previamente no han sido porteros de discoteca o peleadores clandestinos de boxeo a puño descubierto no nos sirven.
Me alegra mucho leer este tipo de noticias a ver si se acaban los enchufes de una vez en la administraciones.
Que alegria¡¡¡¡¡ me encanta esta noticia¡¡¡
ESTOY FELIZ MUY FELIZZZ HOY POR ESTA NOTICIA.
LA VERDAD QUE TIENE QUE HABER MAS CONTROL EN EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO.

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