El estudio económico no estaba firmado

El Supremo anula la ordenanza que regula la tasa por recogida de basura en Yaiza

M. Riveiro 3 COMENTARIOS 01/07/2016 - 12:47

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia anulando la ordenanza que regula la tasa sobre recogida de basura del Ayuntamiento de Yaiza, confirmando la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

El motivo por el que se anula la tasa sobre la recogida de basura en Yaiza es que se aprobó sin contar con un estudio económico y financiero. El Ayuntamiento alegó que sí existía ese estudio pero ni el TSJC ni ahora el Supremo lo tienen en cuenta porque no estaba firmado.

El origen del procedimiento es el recurso interpuesto por Bodegas La Geria contra la liquidación girada por el Ayuntamiento de Yaiza correspondiente al año 2011. El Juzgado de lo contencioso número 5 de Las Palmas estimó de forma parcial el recurso de la empresa contra la liquidación y planteó ante el TSJC una cuestión de ilegalidad sobre la ordenanza.

La sentencia del Juzgado se basaba en que no se justificaba la tasa exigida a la empresa “al  desconocerse si los criterios tenidos en cuenta para fijar la cuantía de la ordenanza se ajustan al coste real o previsible del servicio” de recogida de basura.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó sentencia en marzo del año pasado anulando la ordenanza del Ayuntamiento, que ha estado representado por la letrada Juana Fernández de las Heras, al entender que se había aprobado la tasa sin el correspondiente estudio económico. El TSJC destacó que en una tasa, el importe de lo recaudado “no debe ser superior al coste total del mantenimiento del servicio”, así como que cada usuario “no está obligado a pagar más” que la “parte del coste total que efectivamente provoca”.

“Un escrito sin firma”, dice el TS del estudio económico, “no puede considerarse documento pues no acredita ni su autoría, ni expresa el parecer técnico o voluntad de nadie”

En la sentencia se destaca que el Ayuntamiento sureño mostró “una actitud de completa inactividad” en primera instancia y que en el Supremo aportó un estudio económico elaborado para aprobar la “controvertida” tasa, junto con otro de la tesorería y del técnico que redactó la ordenanza.

“De las alegaciones efectuadas en trámite de apelación por el Ayuntamiento de Yaiza se colige que el indicado informe económico financiero no estaba firmado por su autor”, que luego trató de justificar que el documento sin firma era “copia fiel y auténtica” del que emitió para la elaboración de la ordenanza.

El Supremo subraya que la “omisión de la firma” del informe económico financiero en el expediente municipal “no es una cuestión baladí”. “Un escrito sin firma no puede considerarse documento pues no acredita ni su autoría, ni expresa el parecer técnico o voluntad de nadie”, destaca el tribunal, que añade que resulta “indubitado que en el expediente original no existe un estudio económico financiero que venga rubricado por funcionario público competente”.

Comentarios

Yaiza me acaba de cargar en mi cuenta esa tasa , el pasado 13 de junio, veinte euros y pico ¿ me la devolverán , supongo ? ¿ y las de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 también , supongo ? Espero una respuesta.
Esto es lo que ocurre cuando el equipo de gobierno no tiene ni la EGB de media, y cuando en vez de dotar de letrados y economistas los puestos de funcionariado, cohen a sus votantes para la gestion municipal.
¿Solamente tendrá derecho a devolución de las cuotas atrasadas Bodegas La Geria como demandante?.¿Los demás para tener derecho deberán interponer una denuncia?. Espero que el propio Ayto. que está para el servicio de los vecinos, informe del procedimiento adecuado para que ellos mismos devuelvan los recibos que han cobrado. ¿Cómo será la aplicación de los intereses por el dinero usurpado a los vecinos?. ¿Y quién asumirá políticamente el desfalco realizado a sus administrados?. Y técnicamente, ¿qué funcionario/s será/n sancionado/s por mal hacer, negligencia, o mala fe si procediera, en la tramitación de un procedimiento de forma irregular que repercute en el saqueo de miles de personas a los que, como no, vocacionalmente sirven?. Claro que seguramente recurrirán la sentencia, y alargarán 3 o 4 años los procedimientos. Y mientras ¿seguirán cobrando el impuesto?. ¿Realizarán un nuevo procedimiento para que el cobro sea legal?. Lo moral, si nada menos que el Supremo dice que lo hecho es ilegal sería reconocerlo y subsanarlo. Sin medias tintas, excusas, ni paliativos. Sobre todo, si el Ayuntamiento quiere tener capacidad moral y ética, para administrar a vecinos y empresas del municipio. La honradez implica asumir las consecuencias de serlo. Y no es nada sencillo, por eso es muy meritorio. Y tan difícil de encontrar. Ilustrísimo Ayuntamiento de Yaiza, es momento de dar una lección de ética. Espero que la natural tintura del valor no se debilite con los barnices pálidos de la hipocresía y la indecencia. Han hecho algo muy mal. Arréglenlo y subsanen los daños causados de la única forma que a estas alturas es posible: pidiendo perdón, asumiendo responsabilidades del error, y devolviendo el dinero ilegalmente cobrado. Y ya luego, cada uno que les perdone o no.

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