TRIBUNALES

El Juzgado vuelve a dar la razón a San Bartolomé con el canon de los parques eólicos

El Ayuntamiento anuncia una segunda sentencia que falla a favor del Ayuntamiento en la aplicación de un tributo por utilizar suelo rústico de titularidad municipal para los aerogeneradores

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 09/07/2018 - 18:44

El Ayuntamiento de San Bartolomé ha anunciado este lunes la recepción de una sentencia favorable para el Consistorio en la aplicación de un tributo por la utilización de suelo rústico de propiedad municipal para la instalación de aerogeneradores.

Entre el Ayuntamiento y el Consorcio del Agua hay un pleito abierto por el pago de en torno a un millón de euros en impuestos. El Consistorio presidido por Dolores Corujo insiste en cobrar el citado tributo, mientras que la mayoría del Consorcio y el Cabildo instan a San Bartolomé a no cobrar ese montante económico para facilitar la instalación de dos parques eólicos públicos.

La sentencia ratifica que la empresa pública Inalsa, propiedad del Consorcio, compuesto por el Cabildo y los ayuntamientos, está obligada a hacer frente al canon urbanístico en relación a dos proyecto de parques eólicos en Montaña Mina por cuantías de 245.678 y 516.977 euros.

Así lo indicó el Ayuntamiento de San Bartolomé, quien ha destacado que el Juzgado, además de pronunciarse a favor de la Corporación municipal, también ha condenado a Inalsa al pago de las costas judiciales derivadas del procedimiento.

“Tan equivocados no estábamos”, recalca el concejal de Hacienda, Antonio Rocío, tras recibir la sentencia del Juzgado de lo contencioso número 4 de Las Palmas, que desestima “el recurso interpuesto por Inalsa contra el canon dando por tanto la razón al Ayuntamiento”.

Para la alcaldesa, Dolores Corujo, “no se trata de una decisión de carácter político, ya que el canon viene establecido” en la Ley del Territorio del año 2000 “y el Ayuntamiento se ha limitado a aplicar la legislación vigente”.

El presidente del Cabildo insistió la semana pasada en que con la actual Ley del Suelo la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de San Bartolomé no tendría cabida legal, y añadió que aunque los parques eólicos no se han instalado, el Consistorio liquidó los tributos cuando recibieron autorización en el año 2016.

“La actitud del presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, demagógica y de falta de respeto total a la vecindad del municipio muestra irresponsabilidad siendo inadmisible que responsabilice al Ayuntamiento de la viabilidad del proyecto” de los parques eólicos, añadió Corujo.

“San Bartolomé no va a renunciar a ingresos que benefician a las arcas municipales y por tanto a la vecindad”, recalcó la alcaldesa, quien dijo que su “obligación es respetar los principios de legalidad e igualdad en el trato”.

En ese sentido, afirmó que el Ayuntamiento ha tratado a la empresa pública de aguas “como a un vecino o vecina más, y una vez más los juzgados nos dan la razón”, por lo que “Inalsa tendrá que ingresar las cuantías que establece la normativa que regula el sector eléctrico canario”.

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