Tribunales

El Juzgado archiva provisionalmente la pieza de Unión sobre el patrimonio de Dimas Martín

Saúl García 0 COMENTARIOS 26/10/2018 - 10:24

El magistrado Ricardo Fiestras, del Juzgado de Instrucción 4 de Arrecife, ha archivado de forma provisional la pieza del caso Unión que investigaba el patrimonio de Dimas Martín y un posible delito de alzamiento de bienes o insolvencia punible. Según el auto del juez, "de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa".

Esa pieza se inició a raíz de las primeras detenciones de mayo de 2009. La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil realizó un informe sobre el patrimonio de Dimas Martín en el que concluía que el político lanzaroteño utilizó a varias personas de su confianza para ocultar un patrimonio que aglutinaría hasta 48 propiedades para así no hacer frente a la multa de más de cinco millones que debía pagar por la condena del Complejo agroindustrial que era de 5,7 millones de euros.

En esa pieza estaban acusados Dimas Martín, su hija Susana, José Ramón Vizcaíno, Samuel Lemes , José María Rossell y José Gonzalo Gil Acosta (empresarios de Hoteles Playa) y el trabajador del Ayuntaminro de teguise Carlos Matías Curbelo. A través de análisis de los documentos de Dimas Martín, la UCO llegó a la conclusión de que era el propietario de esos inmuebles y fincas aunque no estaban a su nombre y que los ocultaba para no hacer frente a su responsabilidad patrimonial.

En el auto, adelantado por Lancelot, se señala que se pidió un informe aclaratorio a la UCO "para que determinasen la dinámica de la comisión delictiva a través de dichos entramados empresariales y familiares del delito de alzamiento apuntado". El magistrado destaca que la UCO tardó cinco años en explicarse de forma personal con comparecencia dentro de la causa.

El Juzgado considera que la adquisición de bienes y operaciones mercantiles entre Dimas y los empresarios de Almería Rossell y Gil Acosta son previas, y tienen que ver con la adquisición de participaciones de Televolcán. El juez llega a calificar como "aparatosa detención" la del empresario Rossell, que iba a ser detenido en Almería pero no se le pudo localizar y se presentó al día siguiente en Lanzarote para declarar. Dice el juez sobre este empresario que "no habría desarrollado mayor actuación que la de mero acreedor frustrado de los créditos legítimos, preexistentes y ajenos a la actuación del señor Martín que desembocó en la referida sentencia penal".

Destaca en el auto que hay un informe de la defensa que afirma que las operaciones denunciadas "no eran más que el mero intento de saldar cuentas ente los mismos respecto a los créditos nacidos muchos años antes de las mismas" y considera que no se ocultaron los bienes sino que se trató de intentar pagar por el deudor a quien legítimamente como acreedor le reclama el pago de su deuda".

"No obstante, -señala el auto- comprendemos que, aun siendo perfectamente lícita, la adquisición de sociedad para ceder bienes de garantía y a su vez ceder al acreedor paquete de participaciones mayoritario para asegurar el control de dichos bienes mientras se cumplía con el paralelo cobro de la deuda por efectos mercantiles pudo confundir a los agentes citados".

Señala el magistrado que "habría que acreditar, aunque sea someramente, que dicha persona situó dichos bienes en esa contradicción jurídico formal de poseedor no titular con carácter previo y a sabiendas de que le podrían condenar por delitos que llevasen aparejada el pago de responsabilidad civil", y con la lista de bienes que hay no se puede llegar a esa conclusión. Dice finalmente que las operaciones sobre las fincas fueron reales, "con sentido económico y jurídicamente válidas" y que si se hicieron simuladamente y con carácter previo para evitar el cumplimiento del entonces hipotético fallo judicial resulta "imposible de demostrar".

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