El expediente, iniciado en 2003, ha pasado por varias denegaciones administrativas y sentencias hasta su aprobación en 2026

El Cabildo concede tras 23 años la calificación territorial de una nave en Tías obligado por resoluciones judiciales
El expediente, iniciado en 2003, ha pasado por varias denegaciones administrativas y sentencias hasta su aprobación en 2026
El Cabildo de Lanzarote aprobó este mes de marzo de 2026 el otorgamiento de la calificación territorial para la construcción de una nave en el municipio de Tías, tras un procedimiento administrativo y judicial que se ha prolongado durante 23 años desde la solicitud inicial presentada en 2003.
La petición fue registrada el 21 de enero de 2003 por la mercantil Herederos de Juan Acuña, para la construcción de una nave en las inmediaciones de la carretera entre Arrecife y Yaiza, en el paraje del Barranco de la Mora, dentro de una explotación minera.
En 2009, el pleno del Cabildo acordó acumular dos expedientes vinculados a la solicitud y resolvió denegar la calificación territorial. Frente a esta decisión, la empresa promotora interpuso recurso de reposición y, posteriormente, recurso contencioso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cinco de Las Palmas.
El Tribunal Superior de Justicia ordenó conceder la autorización tras estimar el recurso de la empresa, y un requerimiento judicial en fase de ejecución forzó al Cabildo a resolver
En 2015, dicho juzgado dictó sentencia estimando el recurso y anulando el acto administrativo de denegación. No obstante, en 2017 el Consejo de Gobierno Insular volvió a denegar la calificación territorial solicitada.
Contra esta nueva resolución se interpuso un segundo recurso contencioso, que fue desestimado en 2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Las Palmas.
Posteriormente, la empresa recurrió en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en sentencia de 24 de febrero de 2022 estimó el recurso, revocó la resolución anterior y declaró que la calificación territorial debía ser concedida.
La sentencia consideró acreditado que la nave proyectada era necesaria para la actividad extractiva de la empresa y señaló que se trataba de una instalación vinculada a un uso permitido en suelo rústico de carácter productivo.
Asimismo, indicó que la infraestructura estaba destinada al almacenamiento de maquinaria y a servicios asociados a la explotación, como vestuarios, oficinas o zonas comunes para los trabajadores.
Tras esta resolución, el Cabildo promovió un incidente de imposibilidad legal de ejecución, que fue estimado inicialmente por un auto judicial en 2023. Sin embargo, dicha decisión fue recurrida y posteriormente revocada por el TSJC mediante sentencia firme de 26 de septiembre de 2024, que rechazó la imposibilidad de ejecutar el fallo.
La firmeza de esta última resolución fue declarada en febrero de 2025. Ante la falta de cumplimiento, la parte actora solicitó la ejecución forzosa de la sentencia de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
En este contexto, en febrero de 2026, el juzgado requirió al Cabildo para que ejecutara la sentencia en un plazo de diez días, con apercibimiento de posibles medidas coercitivas en caso de incumplimiento.
Finalmente, el Consejo de Gobierno Insular aprobó el pasado 11 de marzo por unanimidad el otorgamiento de la calificación territorial, en cumplimiento de las resoluciones judiciales.
La nave solicitada por la empresa Herederos de Juan Acuña tendría 1.674 metros cuadrados y se levantaría dentro de una explotación de más de 55.000 metros en el Barranco de la Mora
El acuerdo autoriza la construcción de la nave proyectada en los términos recogidos en el expediente, dentro de una explotación minera previamente autorizada en suelo rústico del municipio de Tías.
Asimismo, se ha acordado notificar la resolución a la empresa promotora, al Ayuntamiento de Tías y a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.
Según la documentación obrante en el expediente, la edificación para la que se solicitaba calificación territorial es una nave de 1.674 metros cuadrados.
La nave tendría dos plantas, con una altura total de 10 metros y pasaría a formar parte de una explotación minera de 55.362 metros cuadrados de superficie.
El pasado 24 de febrero, la magistrada que ejecuta la sentencia, a la vista de que no se había procedido por el Cabildo a “dar cumplimiento a lo acordado” en la resolución judicial, requirió al presidente del Cabildo, Oswaldo Betancort, para que en un plazo de 10 días comunicase al Juzgado “el nombre y apellidos de la autoridad, funcionario o agente responsable de la presente ejecución, haciéndoles saber al mismo, que en caso de no cumplir el requerimiento en el plazo señalado, se le tendrá por responsable de la ejecución de la sentencia”, respecto a la “imposición de multas coercitivas” y deducción del testimonio “para exigir responsabilidades penales”.
















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