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El alcalde de Arrecife nombró oficial de la Policía a su hermano en mayo y se abstiene ahora

De León se acaba de dirigir a la secretaría del Ayuntamiento para la “valoración jurídica” del nombramiento efectuado meses atrás

Saúl García 2 COMENTARIOS 20/10/2026 - 10:47

El alcalde de Arrecife, Yonathan de León, nombró mediante decreto el pasado 14 de mayo a su hermano Juan José de León como oficial de la Policía Local en comisión de servicios durante un periodo de seis meses.

En diciembre de 2025 se convocaron siete plazas de la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, grupo C, subgrupo C1, en un procedimiento de selección de personal, porque se encontraban vacantes. Una de ellas se otorgó a su hermano.

En un escrito dirigido a la secretaría general del Ayuntamiento el pasado sábado 17 de octubre, el alcalde pide ahora que se valore jurídicamente su actuación, el alcance de su intervención, sus posibles efectos sobre los actos realizados y las actuaciones que, en su caso, resulten necesarias.

“Al examinar el nombramiento y su posible incidencia en El deber de abstención, advierto que entre las personas nombradas figura Juan José de León Machín, con quien me une una relación de parentesco de segundo grado de consanguinidad”, dice el escrito.

El primer edil manifiesta ahora que se abstendrá de “intervenir en las actuaciones posteriores del expediente” que afecten a su familiar

“Pongo expresamente esta circunstancia en conocimiento de la secretaría general para su constancia y valoración jurídica”, añade, advirtiendo que esa relación puede quedar comprendida entre las  causas de abstención recogidas por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

“Manifiesto mi abstención de intervenir en las actuaciones posteriores del expediente que afecten al familiar identificado, incluida la decisión sobre la revisión o regularización de su nombramiento, sin perjuicio de la delimitación del alcance de la abstención que legalmente proceda”, señala.

“Eventual necesidad de revisión”

De León pide un informe sobre una “eventual necesidad de revisión, retroacción o nueva resolución” por una autoridad que no se tenga que abstener

Asimismo, pide un informe jurídico de la secretaría sobre la concurrencia de la causa de abstención, su alcance y el régimen de sustitución aplicable, así como sobre la incidencia de su intervención en los actos ya dictados. El informe deberá valorar específicamente si su intervención fue determinante.

También solicita que el informe determine el procedimiento legalmente adecuado para corregir, si procede, las actuaciones afectadas, “incluida la eventual necesidad de revisión, retroacción o nueva resolución por la autoridad competente no incursa en causa de abstención”.

Comentarios

Pues eso mismo es lo que han denunciado otros partidos. Que las abstenciones se hacen antes, no después de firmar. Este se creerá que todo vale y que con un escrito y una disculpa todo se soluciona.
Otra irregularidad más y sumando. A estas alturas,¿quién te cree ya?.

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