TERRITORIO

Así sería el órgano ambiental del Cabildo: cinco miembros nombrados por el grupo de gobierno y cinco años de mandato

Una de las causas por la que los miembros podrían ser apartados del órgano es una condena en “firme” por los tribunales

Diario de Lanzarote 1 COMENTARIOS 27/08/2018 - 19:05

El Cabildo está elaborando el reglamento para el funcionamiento del futuro Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote, que es considerado como la 'Cotmact' insular, para la tramitación de los planes, programas y proyectos territoriales, “que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente”. El reglamento se prevé que sea abordado este jueves en un pleno del Cabildo lanzaroteño.

Además, el Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote, que dependerá del Cabildo, también puede tener incidencia en proyectos de ámbito municipal en el caso de que se firmen convenios de cooperación con los ayuntamientos.

El citado órgano, que ya han constituido otros cabildos del Archipiélago, será el responsable de la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos tanto de iniciativa pública como privada, cuya aprobación corresponda al Cabildo o a los ayuntamientos en los casos en en los que las corporaciones municipales deleguen estos trámites.

El reglamento del Órgano de Evaluación Ambiental, que ha sido analizado este lunes en la Comisión de Política Territorial, recoge que estaría compuesto por un presidente, un secretario y cuatro vocales, con sus correspondientes suplentes. Según el reglamento, se podría incrementar el número de vocales “cuando el volumen de asuntos sometidos a su conocimiento lo aconseje”.

Si se aprueba el reglamento tal cual está planteado por la Consejería de Política Territorial, la designación de los miembros del órgano ambiental “se realizará nominalmente por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular, por mayoría simple”, y no por el pleno de la Corporación insular, a propuesta del presidente del Cabildo. El presidente del citado órgano lo designaría el propio presidente del Cabildo.

Además, podrían tener cabida en el Órgano de Evaluación Ambiental empleados públicos “o bien entre personas con reconocida competencia profesional con al menos cinco años de desempeño de actividad profesional, con titulación superior” y “especialización acreditadas en materia jurídica, técnica, territorial” y “medioambiental”. En el caso del secretario y de su suplente sí deberán ser “necesariamente” funcionarios de carrera.

En el caso de que el Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote decidiese, órgano ambiental, de la ordenación estructural de un plan general de ordenación o de sus modificaciones sustanciales, el ayuntamiento podría designar a un empleado público municipal, “con voz pero sin voto”.

Cinco años de mandato

Los miembros del Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote serían nombrados, según el reglamento presentado por Política Territorial, “por un período de cinco años”, pudiendo repetir “por períodos de igual duración”.

En el reglamento se hace hincapié en su “carácter independiente” y en que no podrían ser “removidos” de sus puestos salvo por una serie de causas tasadas. Entre ellas, por cumplirse su mandato, por renunciada aceptada por el Consejo de Gobierno o por “incumplimiento de las obligaciones asumidas”.

Los miembros del Órgano de Evaluación Ambiental de Lanzarote también podrían ser apartados de sus cargos “por condena firme a pena privativa de libertad o de inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por razón de delito”, aunque no si tuviesen solo la condición de investigados en causa judicial, “o por sanción disciplinaria por falta grave o muy grave en el caso de los empleados públicos”.

Comentarios

Entonces no valen las condenas blandas? Es que con tanto martillazo acaba uno con un pitido en los oídos, por eso se pusieron los martillos de goma que son mas blandos, pero eso no quiere decir que la condena sea blanda.

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