Dos años y nueve meses para Dimas y Batllori

El Supremo rechaza la nulidad del caso Unión pero reduce las penas en la ‘pieza Batllori’

DiariodeLanzarote.com 9 COMENTARIOS 28/04/2016 - 18:44

El Tribunal Supremo ha revisado la sentencia de la Audiencia Provincial en la ‘pieza Batllori’ del caso Unión reduciendo las penas para los condenados pero rechazando la nulidad de las actuaciones que reclamaban sus defensas, que pretendieron cuestionar diligencias de investigación como los ‘pinchazos’ telefónicos.

La Audiencia Provincial condenó a Dimas Martín, fundador del PIL, a cinco años y medio de prisión, y al abogado y ex viceconsejero de Justicia, Francisco Rodríguez Batllori, a más de siete años de prisión, por su contratación irregular y cobros por servicios no prestados en el Ayuntamiento de Arrecife y en la empresa pública de aguas Inalsa.

A Dimas Martín y a Rodríguez Batllori la Audiencia les condenó por malversación de caudales públicos y prevaricación en el Ayuntamiento de Arrecife y en Inalsa. En el caso del abogado, la Audiencia añadió el delito de falsificación en documento mercantil.

En cambio, el Tribunal Supremo reducen las condenas de ambos a dos años y nueve meses de prisión. El Supremo considera que ni Martín ni Rodríguez Batllori cometieron malversación en Inalsa, aunque sí en el Ayuntamiento de Arrecife, según precisa Canarias7. Con respecto al abogado, el Supremo no aprecia el delito de falsedad en documento mercantil.

El resto de condenados en la citada pieza del caso Unión fueron la ex consejera delegada de Inalsa, Plácida Guerra; el ex gerente de la empresa pública, Rafael Elorrieta; la ex concejal Luisa Blanca; y el ex edil de Hacienda, José Miguel Rodríguez, que reconoció en el juicio haber cometido los delitos de los que se le acusaba.

La Audiencia impuso cuatro años y seis meses de prisión a Luisa Blanco por malversación y prevaricación, a Plácida Guerra cinco años de prisión por los mismos delitos, igual que a Rafael Elorrieta. A José Miguel Rodríguez se le condenó a un año de prisión.

El Tribunal Supremo considera que ni Blanco, ni Guerra ni Elorrieta incurrieron en malversación de caudales públicos, la primera en el Ayuntamiento y los otros en Inalsa. El Supremo sí les condena a ocho años y medio de inhabilitación por prevaricación.

Comentarios

Vaya varapalo a la fiscalia y a la audiencia que les mete el supremo Menudo fracaso, han desinflado el caso Lo han dejado en nada como era de esperar y mas que lo tenisn que hsber rebajado pero a la sala del supremo le ha debido dar verguenza cargarse el fallo entero que no habia por dinde cojerlo, Un asunto administrativo y poquito mas y al final como diempre todos los palos a dimas Vergonzoso
tic tac tic tac betancoll
A ver qué moto vende hoy el de la radio. Años diciendo que el caso Union era una chapuza, que la instrucción era mala, que pamparacuatro y Stampa eran unos paquetes, que se había vulnerado derechos fundamentales, informe barrancos, la UCO, el club Santa, guardaespaldas de Zapatero... Y llega el Supremo y Zasca en to la boca! NO ANULAN PRUEBA ALGUNA, CONDENAN A TODOS Y DIMAS Y BATLLORI A PRISION.
Qué alegría porque con esta sentencia los que quedan van a caer como moscas!!!! Que vayan desfilando por prision los corruptos
José Miguel el más listo, se ha salvado de 4 años de prision porque al ser concejal se jugaba mínimo 4 años. ¿Qué pensarán Dimas y BATLLORI al ver sus condenas de 2 años y 9 meses cuando entren en prision y José miguel este libre por su buena defensa? Condenados todos y no anulan nada
Todos condenados y se han escapado de un delito que llevaba corcel porque los jueces han omitido en la sentencia una frase. Tanto meterse con pamparacuatro y al final son otros los que por un error evitan que vayan a prision los condenados Los que quedan no se salvarán de la prision.
Jajajja varapalo dice...cuéntaselo a BATLLORI y a Dimas cuando estén en prision Y si te lees la sentencia verás que el fallo es porque en los hechos probados los jueces omiten un requisito no porque sea un asunto administrativo. No te engañes a ti mismo. Condenados todos por prevaricación fuera de la vida pública si ese delito no lleva carcel no es varapalo. Seguro que estabas deseando que anularan algo, debe ser frustrante ver como desestiman uno a uno los motivos de casación, y que por un fallo de los jueces que no mérito de las defensas, escapen de una mayor condena.
No sé qué sentencia habrá leído el señor que dice Varapalo La que he leído yo condena a todos los acusados por prevaricación Condena por malversación y envía a la carcel a Dimas y BATLLORI No anula prueba alguna y valida toda la instrucción desestimando uno a uno los motivos de las defensas Evita enviar a la carcel por la MALVERSACION de inalsa al no redactar bien los hechos probados los jueces, cierto, pero eso no quiere decir que el asunto sea administrativo o que no halla por donde cogerlo.
Sigan, que nos va a dar la risa.

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