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El Tribunal Militar avala la sanción a un guardia civil por desatender el servicio en Lanzarote para transportar azulejos en vehículo oficial

La Sala considera grave la conducta al implicar un uso indebido del vehículo, abandono del área de patrullaje y desatención del servicio de vigilancia de carreteras

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 10/10/2025 - 12:38

El Tribunal Militar Central ha desestimado el recurso interpuesto por un guardia civil contra la sanción impuesta por la Dirección General de la Guardia Civil, que le castigó con cinco días de suspensión de funciones y pérdida de haberes por una falta grave de desatención del servicio.

Los hechos ocurrieron el 28 de julio de 2022, cuando, según declaró probado la resolución, el agente fue observado descargando una caja de azulejos del interior de un vehículo oficial en el patio del destacamento de Tráfico de Arrecife, mientras su compañero permanecía dentro del vehículo.

Ambos se encontraban de servicio de Atestados en horario de 06:00 a 14:00 horas y no habían solicitado ni recibido autorización alguna para realizar dicha gestión.

En el fundamento jurídico segundo, la Sala destaca que el agente abandonó su zona de patrullaje -las carreteras del sur de Lanzarote- para desplazarse a Playa Honda, donde recogió dos cajas de azulejos de su domicilio. Posteriormente, usó el vehículo oficial para transportarlas hasta el acuartelamiento en Arrecife, donde las descargó y subió a su pabellón de residencia.

El tribunal subraya que no se trataba de una gestión urgente, que no se solicitó permiso para realizarla y que, además, se implicó en ella al jefe de pareja, desviando recursos oficiales de su función.

Confirmada la sanción disciplinaria de cinco días de suspensión de funciones y pérdida de haberes impuesta a un guardia civil destinado en Arrecife

“La conducta justifica la sanción grave que se ha impuesto al recurrente”, concluye la Sala, que considera incompatible con el deber de servicio el uso del tiempo y medios públicos para fines privados, y advierte de que estas prácticas no pueden verse como tolerables.

El recurso fue rechazado al considerar el tribunal que los hechos no constituyen una falta leve, como sostenía la defensa del agente, sino una infracción grave conforme a la Ley Orgánica 12/2007, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.