
Mario Alberto Perdomo
[Martes, 14 de julio de 2009]
Demoler un edificio protegido nunca ha sido tarea fácil. A no ser que se el inmueble se encuentre en Arrecife. Entonces, lo más probable es que se haya venido al piso, con o sin ayudita. Sin: de mero viejo y ruinoso. Con: desapuntalándolo con nocturnidad.
Derribar un edificio catalogado por razones históricas o artísticas requiere transitar un proceso lento y complejo. No basta con que el Ayuntamiento de turno esté de acuerdo, aunque el edificio se encuentre en ruina inminente, asunto que, por cierto, precisa de un estudio en profundidad que lo demuestre. Dice la Ley que, cuando se abre un expediente de ruina, el Cabildo debe ser notificado, debiendo emitir una autorización expresa para su demolición. Más todavía. También debe pronunciarse favorablemente el Consejo del Patrimonio Histórico de Canarias. Éste organismo sólo se autoriza el derribo si se demuestra que es imposible estabilizar el inmueble, o cuando es muy elevado el coste de las obras de intervención.
Quizá por lo antedicho ha escapado, loco, el edificio que albergó el antiguo Hotel Oriental. Por los pelos. De hecho, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a los inquilinos del inmueble quienes, en 2006, se opusieron a la orden de desalojo cursada por el Ayuntamiento a instancias del propietario del edificio, que pretendía que se lo declarasen en ruina inminente. La construcción data del siglo XIX, se encuentra en el número 37 de la calle Real de Arrecife y forma parte del Catálogo Arquitectónico municipal.
La cosa fue así. En otoño de 2006, la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Arrecife emitió un decreto ordenando el desalojo de los locales de la planta baja del antiguo Hotel Oriental. Les dio cuatro días de plazo. Asimismo ordenaba el apuntalamiento del inmueble y el vallado de la vía pública, por razones de seguridad para los viandantes. El Ayuntamiento actuó a petición de la propiedad, que meses antes y alegando idénticos motivos, consiguió autorización para demoler otro inmueble del siglo del XIX, situado en el número 33 de la misma calle. Así las cosas, el Consistorio deberá extraer las oportunas enseñanzas hacia el futuro para que no se repitan tamaños infortunios.
En la ciudad, muchas muestras arquitectónicas han desaparecido debido a laxas e irregulares interpretaciones de las leyes y, sobre todo, porque no se ha garantizado la protección de los edificios históricos catalogados. Deber de protección a la que sus propietarios están obligados. Pero tampoco se ha ayudado a estos mismos propietarios a rehabilitarlos, conservarlos y mantenerlos, generando desánimo y enfado. Un callejón sin salida y un limbo administrativo. Las leyes también obligan a los propietarios de cualquier edificio, protegido o no, a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro. Es decir, a enfoscar y pintar. Qué menos. Y tampoco parece que en Arrecife brillen el ornato y el decoro. Todo el mundo a su bola.
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