Contra la sentencia cabe recurso ante el TSJC

Un “error” del Ayuntamiento anula el convenio de la UA-12 y obliga a contestar alegaciones

DiariodeLanzarote.com 1 COMENTARIOS 18/07/2016 - 13:48

El Juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Las Palmas ha anulado la aprobación por el pleno del Ayuntamiento de Arrecife del convenio del nuevo polígono industrial y comercial de Argana porque el Consistorio no contestó unas alegaciones, que ahora el Juzgado obliga a que se les dé respuesta.

La sentencia señala que el Ayuntamiento debe volver al “momento en que las alegaciones presentadas” por una particular, que luego presentó la demanda en el Juzgado, “sean objeto de la debida contestación, entrando en el fondo de las mismas”.

En octubre de 2013 se aprobó por el pleno municipal el convenio urbanístico para el desarrollo del polígono denominado UA-12, en Argana, donde con posterioridad se ha implantado la cadena de alimentación Mercadona o McDonald’s.

Antes del citado acuerdo del pleno municipal, se presentaron unas alegaciones que no se contestaron. Según indica la sentencia, en diciembre de 2012, la técnico Lidia Sánchez señaló que todas las alegaciones serían contestadas en el informe previo a la aprobación definitiva del convenio.

En agosto de 2013, la técnico Sheila Betancourt consideró que no podían ser tenidas en cuenta por “extemporáneas”, puesto que se presentaron a raíz de un periodo de información pública que se abrió “por error”, añade la resolución judicial.

El Ayuntamiento consideró "extemporáneas" unas alegaciones que el Juzgado señala en su sentencia que deben ser contestadas

El Juzgado señala que el propio Ayuntamiento emitió una “certificación” en la que admite que las alegaciones “se interpusieron dentro de plazo” y que, si el Consistorio abrió de forma “indebida” un periodo de información pública, debería haberlo anulado.

En una sentencia dictada el pasado 22 de junio, el Juzgado señala que el Ayuntamiento debe proceder a la “retroacción de las actuaciones” para que las alegaciones sean contestadas, imponiendo al Consistorio el pago de las costas del procedimiento, hasta un máximo de 3.500 euros.

No obstante, contra la sentencia del Juzgado de lo contencioso número 5 de Las Palmas cabe recurso de apelación, que se dirimirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Comentarios

¿Pero Alternativa Ciudadana estaba gobernando en ese momento con Coalición Canaria y permitió eso? ahora Barreto y MaryPaz se dedican a hacerle favores a Rosa???

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