Las obras debían finalizar el 21 de diciembre

Tías resuelve el contrato de obra de la sala de gimnasia y la cafetería por “incumplimiento”

Presentación de las obras, el año pasado.
DiariodeLanzarote.com 0 COMENTARIOS 20/10/2016 - 11:06

El Consejo Consultivo de Canarias ha dado el visto bueno a la decisión del Ayuntamiento de Tías de resolver el contrato para la obra del edificio que debe albergar una sala de gimnasia y una cafetería, en el centro deportivo municipal.

El Ayuntamiento de Tías adjudicó a la empresa sevillana Proyectos y Montajes Ingemont las obras en julio del año pasado por 190.926 euros. El plazo de ejecución era de cuatro meses y medio y las obras tendrían que haber concluido el 21 de diciembre.

La empresa solicitó una prórroga, que aceptó el Ayuntamiento, para aplazar al 21 de enero la finalización de los trabajos. Después de esa fecha volvió a solicitar una segunda prórroga, que fue denegada. El Consistorio decidió en abril iniciar el procedimiento para rescatar el contrato por incumplimiento de los plazos.

La citada empresa, que fue la responsable de las obras de la Avenida marítima de Arrecife, que también tuvieron que ser rescatadas, alegó que el retraso se debía a “imprevistos en los suministros” necesarios para ejecutar los trabajos.

En cambio, el responsable técnico del Ayuntamiento recalcó que la obra “estaba perfectamente definida” y que los “fallos” solo se podían atribuir a la empresa “por no tener controlados los suministros”. Además, recalcó que se había producido un “abandono de la obra”, sin personal trabajando en la misma.

“Responsabilidad del contratista”

En su reciente informe, el Consejo Consultivo de Canarias, que se tiene que pronunciar de forma obligatoria para resolver el contrato, considera confirmado que Ingemont “ha incumplido con su parte del contrato” por retrasarse en la ejecución de la obra, cuyo plazo fue precisamente uno de los criterios que tuvo en cuenta, junto con el precio, la Mesa de contratación para la adjudicación.

“La falta de suministro de materiales para la ejecución de la obra”, señala el Consejo Consultivo, “es igualmente responsabilidad del contratista”. El órgano tan solo puntualiza al Ayuntamiento sureño que debe contemplar en la resolución del contrato qué hacer con la garantía de 9.500 euros que tuvo que constituir la empresa. “La indemnización” por daños y perjuicios, precisa el Consultivo, “deberá hacerse efectiva, en primer término, sobre la garantía constituida”.

Añadir nuevo comentario