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San Bartolomé promueve la inclusión e introducirá en las solicitudes mención al “nombre sentido”

El alcalde, Alexis Tejera, destaca que el fin es “promover la inclusión de las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido, en sus trámites con esta administración”

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 23/01/2020 - 08:40

En el pleno celebrado en la tarde del miércoles en San Bartolomé se ha acordado por unanimidad en el punto sexto iniciar el procedimiento para la adopción de medidas tendentes a la mención al nombre del género sentido (nombre sentido) de forma complementaria al nombre oficial, en los trámites a realizar en este Ayuntamiento por las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido, y realizar las notificaciones y demás comunicaciones que reciban los solicitantes con el nombre sentido.

Así, las personas trans y las personas intersexuales podrán ser tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con que se identifican, facilitando el cambio del nombre legal por el nombre del género sentido en todos los documentos y recursos que utilizan sin implicaciones jurídicas.

Esta medida repercutirá de manera positiva ya que contribuirá a reducir la discriminación y promover la inclusión de las personas trans, intersexuales y otras cuyo nombre legal no coincida con el sentido. Además, promoverá la visibilización de la diversidad afectivo sexual y de género en la población general de isla, contribuyendo a la sensibilización y concienciación. Habría, pues, un efecto preventivo de la discriminación y los delitos de odio.

La inclusión del "nombre sentido" es una manera de promover prácticas institucionales a nivel local comprometidas con el respeto a la diversidad identitaria, corporal y afectivo sexual, y por lo tanto, generadoras de bienestar social, respondiendo así a demandas explícitas por parte de las asociaciones, entidades y colectivos LGTBIQ de Canarias. Las personas trans y las personas intersexuales podrán ser tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con que se identifican junto a su nombre legal, siempre que dicha mención tenga naturaleza complementaria y no excluyente del nombre legal.

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