Denuncia una “difamación continuada”

Pamparacuatro demanda a Chavanel, Canarias7 y Lancelot por una campaña de desprestigio

César Romero Pamparacuatro en unas jornadas sobre Derecho Penal, en 2011..
Saúl García 23 COMENTARIOS 03/09/2015 - 06:18

El magistrado César Romero Pamparacuatro ha interpuesto en los Juzgados de Puerto de la Cruz (Tenerife) una demanda contra varios medios de comunicación por una intromisión en el derecho al honor por la campaña de desprestigio llevada a cabo como consecuencia de su instrucción del caso Unión.

Pamparacuatro denuncia al periodista Francisco J. Chavanel ,director del programa de radio ‘El Espejo canario’ y propietario de la productora El Escorpión de Jade, a la empresa editora de Canarias 7, Inforcasa, por publicar la serie de artículos de Chavanel sobre el caso en su columna 'Los espejos no tienen memoria' y otras informaciones firmadas por Carlos de Inza, a Editorial Lancelot, por publicar esos mismos artículos en la página lancelotdigital.com, y a la empresa propietaria de Radio Faycán, donde se emite el programa de Chavanel. 

En la demanda se afirma que estos medios han hecho “un ejercicio periodístico que ha supuesto una flagrante y premeditada vulneración del derecho al honor (…) como forma de preconstituir un estado de opinión favorable a intereses ajenos a la libertad de información”. “Las informaciones y opiniones publicadas -señala la demanda- se entienden dentro de una campaña de desprestigio, alentada por terceros para deslegitimar el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales”. En la demanda se añade que esta campaña “de difamación continuada en el tiempo” se hizo “para desprestigiar y deslegitimar ante la ciudadanía la investigación de delitos en el ámbito de la corrupción”, y que las informaciones muestran una finalidad “denigratoria inspirada en la defensa procesal de los acusados en aquel procedimiento”.

La indemnización que solicita el magistrado alcanza los 650.000 euros. A Canarias 7 y El Escorpión de Jade les pide 200.000 euros a cada uno, a Lancelot 100.000 euros y a Radio Faycán 150.000 euros. De todas las indemnizaciones debería responder de forma solidaria Chavanel, en caso de ser condenado. También pide que se incluya la sentencia en portada en Canarias 7 a cuatro columnas y que se lea durante cinco días en el programa de radio. 

El juez César Romero Pamparacuatro reclama 650.000 euros a Francisco J. Chavanel, a la editora de Canarias 7, Lancelot y Radio Faycán

Se asegura que desde estos medios se han imputado al juez hechos que no son ciertos pero que resultarían delictivos en caso de serlo, y destacan que “la reiteración en el tiempo de las imputaciones” ha acabado por formar “una verdadera operación de descrédito que produce un agravio innecesario en la dignidad y el prestigio” del juez. La demanda, de 239páginas, describe las vicisitudes por las que pasó la instrucción de Pamparacuatro en el caso Unión, y dedica tres cuartas partes de su extensión a relatar de forma pormenorizada todos los ataques al juez de cada uno de los medios.

En esa campaña de descrédito había una unidad de acción, ya que primero se publicaban “informaciones manipuladas” en Canarias 7 “que servían de cobertura” a los artículos de opinión de Chavanel publicados en el mismo periódico y que después eran leídos y comentados en su programa de radio y repicados en lancelotdigital.com. La “línea editorial” consistía en “deslegitimar la instrucción judicial sobre la existencia de una conspiración político jurídica urdida por altos dirigentes del poder ejecutivo de la nación en aquel momento pertenecientes al PSOE que, junto a sus colaboradores insulares, pusieron en marcha con el exclusivo fin de eliminar rivales políticos de Canarias y lograr así que la presidencia de la comunidad autónoma recayera en el candidato socialista Juan Fernando López Aguilar”, además de contar con la ayuda de la UCO y de la Fiscalía.

Según la demanda, al juez Pamparacuatro se le hace responsable de “la peor imputación que puede recibir un magistrado en ejercicio, actuar con fines ajenos y bastardos a la correcta administración de justicia”. Se destaca que se ha demostrado que esas imputaciones eran falsas, que se vertieron “sin el menor apoyo probatorio” y “causando con ello un desmedido daño tanto a su reputación como a su propia estimación”.

En la demanda se afirma que estos medios han hecho “un ejercicio periodístico que ha supuesto una flagrante y premeditada vulneración del derecho al honor”

Las acusaciones se podrían resumir en que la instrucción respondía a una conspiración política, que se conculcaron  los derechos fundamentales de los imputados, que se pincharon los teléfonos sin orden judicial, que el juez usaba “los resortes judiciales de forma injusta y vindicativa, para dar satisfacción a oscuras tramas políticas” y que mantenía interés con terceras personas y adoptaba decisiones para favorecerlos contra derecho, así como que ocultaba sus actuaciones a la Fiscalía “para dar cobertura a sus desmanes judiciales”. La demanda refleja cientos de ejemplos “ultrajantes, humillantes y denigratorios” con el objeto de ridiculizar al magistrado con “chanzas y humillaciones públicas sobre sus apellidos, sobre sus relaciones personales y sobre su lugar de nacimiento”.

Frente a esas acusaciones se opone la primera sentencia del caso Unión, en la que no se anula ninguna actuación y se afirma que las resoluciones del juez no lesionaron derechos fundamentales, que estaban suficientemente motivadas y que son un ejemplo de buena praxis. También se dan por válidas todas las grabaciones, las detenciones, el resto de pruebas, y se subsana la falta de firmas en algunas resoluciones.

También se contesta en la demanda a otras acusaciones recurrentes durante esa campaña de desprestigio.  Sobre el conocido como ‘informe Barrancos’, que elaboró la juez que asumió el caso Unión en 2011, se asegura que en él se ponían de manifiesto determinadas irregularidades en la custodia del caso, pero no en la instrucción, y que la custodia es responsabilidad del secretario y no del juez. Sobre las supuestas detenciones ilegales, se afirma que la Guardia Civil tiene potestad para detener sin orden judicial. También niega que se reuniera con Carlos Espino en La Santa, que Eligio Hernández fuera su abogado o que el ex teniente alcalde de Arrecife, Antón Herrnández, fuera su casero, como llega a afirmar Chavanel.  


Francisco Chavanel / Foto: Canarias Ahora.

Destaca que el objetivo de los medios de comunicación demandados era “preconstituir un estado de opinión favorable a intereses ajenos a la libertad de información”

Otra de las afirmaciones de esa campaña fue informar de que el juez Pamparacuatro estaba a punto de ser expulsado de la carrera judicial por la apertura de un expediente. Sin embargo, con la demanda se adjunta un certificado de la Comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que demuestra que al juez nunca se le abrió ningún expediente por el caso Unión, pero tampoco por otros casos, como certifica el 3 de junio de este año María Elena Cornejo Pérez, letrada de la sección de expedientes disciplinarios del CGPJ.

“Si el caso Unión -señala la demanda- tiene como único fundamento una conspiración política que allane el camino para eliminar rivales políticos, no se entiende cómo se han podido pronunciar los tribunales de justicia declarando como probados hechos delictivos y condenando por los mismos a personas concretas en unos casos, u ordenando seguir adelante con el procedimiento penal contra quince imputados de momento en otros”.

Según la demanda, al juez Pamparacuatro se le hace responsable de “la peor imputación que puede recibir un magistrado en ejercicio, actuar con fines ajenos y bastardos”

Sostiene la demanda que se han utilizado “expresiones, canciones y todo tipo de comentarios que en ningún caso eran imprescindibles para difundir las opiniones vertidas a la opinión pública”. Se hablaba del juez poniendo de fondo el Cara al Sol, llamando al caso Unión como caso Pamparacuatro, tildándolo de inútil o calificándolo como pistolero. “En suma, las informaciones publicadas y las opiniones difundidas no dejan de formular hipótesis no demostradas cuyo carácter hipotético no puede justificar tan graves descalificaciones”, se señala en la demanda.

“Pero para los demandados, como se ve la Ley no era lo importante. Lo que realmente importaba era hacer creer a la opinión pública que determinados funcionarios públicos, al servicio de una conspiración política, pueden conculcar los derechos de los ciudadanos sin  sufrir consecuencia alguna, como forma de deslegitimar un procedimiento en obsceno beneficio de sus acusados”, concluye.

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