Tras la sentencia absolutoria del Juzgado

La Policía Local multa con 500 euros y seis puntos del carné a los conductores del ‘caballito’

Saúl García 0 COMENTARIOS 11/01/2016 - 14:03

La Policía Local de Arrecife ha denunciado a las dos protagonistas del 'vídeo de caballito' en la circunvalación de Arrecife, el conductor del coche y el de la motocicleta, por una infracción muy grave al artículo 3.1 del Reglamento general de circulación, por conducción temeraria. La Policía propone una sanción de 500 euros para cada uno y la pérdida de seis puntos en el carné de conducir.

La denuncia se produce una vez que la sentencia absolutoria del Juzgado de lo penal número 1 es firme, ya que la Fiscalía no ha recurrido el fallo del Juzgado. Se trata de una denuncia administrativa, y no penal, como era el caso del juicio que se celebró el pasado mes de noviembre. La Policía debía esperar a que se cerrara la vía penal para abrir la vía administrativa.

En la sentencia se absolvía a ambos conductores, no porque no se les identificara como los autores de los hechos, como se informó erróneamente en este mismo periódico, ya que el fallo dice que "el elemento de la autoría de los hechos queda perfectamente determinado en las personas de ambos acusados", sino porque el juez considera que no había existido una situación de peligro concreto que hubiera puesto en riesgo la vida de terceras personas.

En el fallo se decía, sobre Oriol Suárez, el conductor del coche, que "tuvo que rebasar a un vehículo que le precedía, sin que haya quedado acreditado que esa maniobra fuera una maniobra de evasión ante una colisión inminente provocada por la desatención en la conducción, y que además hubiera supuesto una situación de riesgo próximo para la vida o integridad física de terceros". No había volantazo, frenazo ni maniobra brusca. Lo mismo se señalaba sobre la maniobra realizada por el conductor de la moto, Manuel Salces.

La Fiscalía no recurre la sentencia absolutoria y deja paso a la vía administrativa

"El rechazo que la conducción de los acusados genera a este juzgador -decía el juez en su sentencia - como usuario de esta misma vía de circulación, no puede impedir en todo caso que esta resolución, como plasmación del cumplimiento de las funciones jurisdiccionales que me son encomendadas, se ajuste a la más estricta aplicación del principio de legalidad".

El juez también señalaba en la sentencia que dictaba ese fallo, "al margen de otras consideraciones, opiniones y hecha abstracción del foco de interés público depositado en este asunto debido a la difusión del elocuente vídeo de la maniobra, a través de las redes sociales".