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Antes había rechazado todos los recursos de los encarcelados

La Audiencia dejó en libertad a Déniz y Machín en contra del criterio que sostenía en la 'operación Unión'

El auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial que dejó en libertad a la ex alcaldesa de Arrecife, Isabel Déniz, sentó un precedente y ahora la Sección Sexta también ha decidido dejar en libertad a Antonio Machín, en contra del criterio que había mantenido en la primera fase de la 'operación Unión', donde no aceptó ninguno de los recursos de los siete encarcelados.

Saúl García (ACN)
[Jueves, 3 de junio de 2010] [17.05]

La Audiencia Provincial ha aceptado el recurso presentado por la defensa de Antonio Machín, concejal del Partido de Independientes de Lanzarote en Arrecife, que será puesto en libertad este mismo jueves por la tarde. Ha tardado dos semanas más en resolver este recurso que el de Isabel Déniz, hermana de la viceconsejera de Justicia del Gobierno canario, a pesar de que llegaron el mismo día a la Audiencia.

La Audiencia, en una auto cuyo ponente es Emilio Moya, que también fue Viceconsejero de Justicia antes que Carolina Déniz, considera que “los indicios racionales de la comisión de delitos no son contundentes sin perjuicio de lo que conste en el sumario declarado secreto”.

Señala que no existen indicios de riesgo de fuga y considera que el acusado no puede interferir en las pruebas ni en otros testigos que tengan que declarar en el procedimiento.

También dice que “en cuanto a la reiteración delictiva, desde luego, a la vista de la repercusión mediática que ha tenido este procedimiento en la isla conejera, no parece que se le ocurra ni al imputado pedir o aceptar, ni a un empresario ofrecer o pagar comisión alguna, por lo que no se considera que exista temor de que el imputado vuelva a cometer este delito de cohecho”.

Cambio de criterio

Con este auto y con el de Déniz, la Audiencia cambia de criterio en la misma operación policial. Seis de los siete encarcelados por Unión recurrieron y a ninguno se le aceptó el recurso a pesar de que la gravedad de los delitos, los argumentos del juez instructor y las circunstancias que concurrían eran las mismas que en estos dos últimos casos.

En el caso de Déniz, la Audiencia señaló que no hay riesgo de reincidencia porque Déniz habría cometió sus delitos en el ámbito local y ahora realiza sus funciones en el ámbito autonómico. La reincidencia, según fuentes jurídicas consultadas, se observa ente delitos de la misma naturaleza y el cohecho es único, sin distinción por el ámbito en que se realiza.

Señala igualmente que ya ha pasado un tiempo prudencial para la práctica de las diligencias de averiguación de los delitos. Déniz fue puesta en libertad el 21 de mayo, diecinueve días después de que terminaran dos semanas de detenciones y toma de declaraciones a veinticinco detenidos.

La ley permite seis meses de prisión provisional para hacer esas averiguaciones. En este caso, además, acaba de sumarse la Fiscalía Anticorrupción a su investigación por la complejidad de las tramas que se investigan.

Déniz

En el caso de Déniz, reconoce la propia Audiencia que debido a la gravedad de los delitos (al menos dos de cohecho que podrían sumar doce años de cárcel) puede haber riesgo de fuga pero consideran que ese no el motivo determinante que tiene el juez para dictar prisión, a pesar de que el auto del juez no distingue entre cuál es el motivo principal y el accesorio.

Machín y Déniz se encuentran acusados de cohecho, el mismo delito que la mayoría de los encarcelados en al primera fase, con al misma gravedad y las mismas posibilidades de reincidir, de ocultar fuentes de prueba o de influir en testigos.

Por ejemplo, Machín está en el mismo caso que Ubaldo Becerra y José Miguel Rodríguez, que pasaron cinco meses en prisión y que eran concejales del grupo de gobierno, al igual que Machín.

En la 'operación Unión' se investiga la pertenencia de los imputados a una asociación ilícita y se solicita la pena de prisión provisional para poder hacer las averiguaciones oportunas sin riesgo de que los imputados puedan destruir pruebas o influir en las declaraciones de otros imputados o testigos, así como para evitar que reincidan o que se fuguen.

 

 

 

 

redaccion@diariodelanzarote.com

 

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